El dictamen técnico que sostiene una parte de la imputación fiscal a 6 personas por el derrumbe fatal en Encarnación, entre ellas al intendente de esta ciudad, Luis Yd, refiere una serie de fallas y anomalías en una obra que, pese a su envergadura, obvió olímpicamente normas fundamentales de la construcción.
- Por Rossana Escobar M.
- rossana.escobar@nacionmedia.com
Después de casi 3 meses de aquel derrumbe fatal de un edificio en la ciudad de Encarnación, el intendente de esta ciudad, Luis Yd, fue imputado junto con su director de obras, René Orlando Miglio, y otras 4 personas involucradas en el proyecto de construcción.
La Fiscalía dejó ver en el acta de imputación una temeraria negligencia, corrupción y un desinterés total del jefe comunal al punto de autorizar más pisos en el edificio con un plano estructural que no cumple uno de los requisitos fundamentales que es la firma de un profesional que avale la obra. Es así que el ingeniero responsable del cálculo estructural pasó a ser un verdadero fantasma, según puede entenderse con lo expuesto en el acta de imputación fiscal.
Si bien la investigación se enfoca principalmente en el proyectista, todavía quedan serias dudas sobre las responsabilidades que involucra a la empresa del diputado Carlos Pereira Rieve que proveyó el hormigón en zapatas, losas, vigas, tabiques de piscina, tanque superior, pero que hasta ahora queda al margen del proceso.
DESIDIA E INDIFERENCIA
Esta situación de desidia e indiferencia del intendente hacia sus obligaciones básicas, sin embargo, equivale a las falencias administrativas que propiciaron el descuido que llevó a la consecuencia fatal en la que una joven y su abuela sacrificaron sus vidas. Es así que preocupa a la ciudadanía, principalmente encarnacena, el lado operativo del caso que se torna cada vez más oscuro ya que si bien la dueña del edificio Ramona Teresa Bogado está imputada junto con los arquitectos a su servicio Roberto Ramírez y Mario Bruno, hasta el sereno del edificio, queda en el tintero la responsabilidad de la empresa concretera nada menos que de un diputado de la Nación, en este caso Carlos Pereira Rieve, miembro del clan Pereira de Itapúa que maneja los hilos del poder en esa zona sur del país.
En este contexto, no es menos relevante que la empresa de Pereira Rieve, Mega Concret SA fue la proveedora del hormigón en las zapatas, losas y vigas, y tabiques de piscina, tanque superior que se distribuyeron en la estructura de la fallida construcción. Un informe técnico elaborado por los ingenieros Tomás Almeida y Arturo Román exponen datos que generan dejan picando dudas sobre las responsabilidades corporativas del parlamentario con relación al edificio desplomado.
TRAS DERRUMBE, APURO POR CONFERENCIA
Pereira había apurado una conferencia, apenas ocurrido el desplome para decir, “nosotros hemos cargado las estructuras de losas y vigas, todo lo que significa el soporte de estas estructuras lo ha hecho el profesional Roberto Ramírez con su equipo”.
Lo dudoso es si la empresa del diputado estaba habilitada a una provisión a ciegas que exima por ejemplo de adolecer del conocimiento que debiera tener del plano de zapatas, que, según el informe, no contiene el detalle de todas las bases indicadas en el plano, ya que presentan medidas diferentes y el detalle presentado en el plano estructural es de tipo (es decir que todas las bases tienen el mismo tamaño y comportamiento estructural) o que tampoco se presenten los datos técnicos fck (resistencia característica a la compresión del hormigón).
RIESGO DE CORROSIÓN
Entre otras observaciones que se hizo notar y que pudieron incidir en el comportamiento estructural que detonó en colapso se cita que: “Se ha identificado que la viga presenta varillas de acero de refuerzo expuestas. Esta condición representa un riesgo de corrosión, ya que las varillas quedan sin la protección del hormigón que las recubre; no verifica a punzonamiento: la viga no posee la capacidad suficiente para resistir los esfuerzos de punzonamiento que se generan en la zona de apoyo sobre la columna”.
Así también, el “comportamiento a compresión, es decir, la viga no posee la capacidad suficiente para resistir los esfuerzos de compresión que se generan en su interior. Esta deficiencia podría ocasionar la flexión excesiva de la viga, la formación de fisuras y, en casos extremos, el fallo por compresión de la misma. Comportamiento a punzonamiento: la viga no tiene la capacidad suficiente para resistir los esfuerzos de punzonamiento que se generan en la zona de apoyo sobre los soportes”, etc.