Ante la negativa de la Superintendencia de Bancos, dependiente del Banco Central del Paraguay (BCP), amparándose en el secreto bancario para evitar un allanamiento, se procedió a recurrir a una ley especial que avala al Ministerio Público a acceder a documentaciones relacionadas al caso que se investiga, un supuesto lavado de dinero entre Nicolás Leoz y el banco Atlas.
La orden para acceder a los documentos, solicitada por el Ministerio Público, fue firmada por el juez de Delitos Económicos y Crimen Organizado Humberto Otazú, quien realizó este procedimiento ante la negativa de la institución que supervisa el sector bancario.
Otazú señaló para el canal GEN y Universo 970 AM que la postura de la Superintendencia de Bancos pone en alto riesgo para el Paraguay, teniendo en cuenta la evaluación del Gafilat que será próximamente. “Ese fue el argumento que utilizó el Ministerio Público y se constituye en un razonamiento lógico, jurídico y podría ser político, en cuanto al efecto país. Estamos a puertas de una evaluación de Gafilat. Realmente me sorprendió, por el buen trabajo que se viene realizando con la Seprelad, el BCP y la misma superintendencia”, mencionó.
El juez explicó que existe una ley especial y que permite a ciertas instituciones usarla de herramienta válida para acceder a documentos que son focos de investigaciones y entre los entes que pueden utilizar esta ley se encuentran el Poder Judicial, la Fiscalía y sus agentes fiscales. “Supongo que pudo no haber existido algún asesoramiento correcto con respecto a lo que dice esta ley especial. Esa circunstancia tendría ese contexto. Hubo un mal entendimiento y mal asesoramiento, no se evaluaron las circunstancias y la solicitud”, dijo Otazú.
El juez de Delitos Económicos y Crimen Organizado agregó que cuando el secreto bancario se levanta por ley, se debe dar fiel cumplimiento a la petición. Señaló que el funcionario responsable de la Superintendencia de Bancos podría tener un proceso penal en el caso de que hubiese existido perjuicio o retraso en la información.
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Destacan rol de Superintendencia de Salud en el control del sistema sanitario
La tarea ejercida por organismos de control en el sistema sanitario de un país es fundamental a la hora de una entrega de calidad de los servicios médicos que reciben los pacientes.
Por ello, es crucial entender el rol de la Superintendencia de Salud, organismo responsable del control y regulación de todo el sistema sanitario nacional, ya sea público, privado o mixto.
En efecto, el superintendente de Salud, Dr. Roberto Carlos Melgarejo Palacios, explicó que la institución supervisa desde clínicas, sanatorios y centros especializados, hasta empresas de medicina prepaga, más conocidas como seguros médicos.
“Este es el eje de la Superintendencia”, afirmó, destacando la importancia del registro y la fiscalización como herramientas clave para asegurar servicios médicos seguros y profesionales habilitados.
Según el procedimiento establecido por ley, toda institución de salud debe ser primero habilitada por el Ministerio de Salud Pública, como dicta el Código Sanitario y, posteriormente, registrada ante la Superintendencia.
Este registro incluye información sobre el establecimiento y el plantel médico, permitiendo verificar si los profesionales están realmente habilitados para ejercer.
“Así podemos saber quién es el regente y si el sanatorio o clínica cumple con las condiciones y quiénes son los médicos que van a atender allí”, explicó Melgarejo.
El funcionario explicó que la labor no se detiene ahí. Luego del registro, la Superintendencia realiza un proceso de categorización, que define el nivel de complejidad de cada institución en función de su infraestructura y la experiencia de su personal. “No es lo mismo una clínica pequeña que un centro especializado. Para eso contamos con equipos fiscalizadores que aplican los manuales vigentes para determinar su categoría”, añadió el superintendente.
El tercer y más ambicioso paso es la acreditación, un proceso que evalúa la calidad del servicio médico, tanto en términos de infraestructura como de atención al paciente.
“La Superintendencia tiene 25 años de funcionamiento, y en todos estos años, no se realizó nunca un proceso de acreditación, no tenemos registrado ninguna acreditación aún en el Paraguay. Estamos terminando un proceso largo de elaboración de un nuevo manual de acreditación, también de categorización, pero la acreditación lo queremos realizar y terminar por primera vez en la historia, por lo menos a fin de año, y acreditar unas 10 a 50 instituciones”, refirió el superintendente.
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La entidad de control tiene la facultad de realizar auditorías médicas, contables y jurídicas, ya sea de oficio o a partir de denuncias. Estas auditorías se realizan en instituciones públicas y privadas para asegurar que se cumplan las normativas y estándares establecidos.
Policía sanitaria es inviable
Mientras se discuten nuevas propuestas legislativas sobre la creación de una “policía sanitaria”, el superintendente de Salud, Dr. Roberto Melgarejo, advierte sobre los riesgos de duplicar funciones y crear estructuras estatales paralelas que podrían resultar inviables y costosas para el país.
“Yo estuve leyendo el proyecto de ley presentado, y hay una superposición de funciones no solo con la Superintendencia, sino también con otras instituciones como el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el CONES, e incluso con atribuciones que corresponden a la Contraloría General de la República, para mi es inviable”, señaló Melgarejo. Desde su experiencia, considera que antes de agrandar el Estado, deberíamos fortalecer las instituciones ya existentes, como la Superintendencia.
“La ciudadanía se queja de que el Estado no funciona, entonces, ¿por qué crear otra institución? Fortalezcamos la que tenemos. No creamos un Ministerio Público paralelo porque el actual tenga deficiencias”, sostuvo el profesional.
El Dr. Melgarejo reconoce que la Superintendencia no está exenta de limitaciones importantes, tanto presupuestarias como de recursos humanos. “Tenemos una gran falencia en personal. Actualmente, más del 20 % de nuestra capacidad está desplegada en Misiones e Itapúa para fiscalizar establecimientos de salud. Eso representa un gran esfuerzo para nuestro pequeño equipo”.
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Medida cautelar protege software de itti ante uso por terceros
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 15.º Turno de la Capital, a cargo de la magistrada Rossana Frutos Olguín, a través del AI 994 del 26 de junio de 2025, otorgó la medida cautelar de urgencia y decretó la prohibición de innovar en relación al contrato de licencia de uso del software “IT Gestión Financiera” (ITGF) y todos sus anexos, celebrado entre itti y el banco Atlas S. A. en febrero de 2004.
En comunicación en “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media, el abogado de la empresa itti, Ricardo Preda, explicó que la jueza prohíbe que Atlas y terceros utilicen el core bancario sin autorización. “Se inició un proceso de arbitraje, aún no se confirmó el Tribunal”, dijo, estimando que el proceso arbitral podría durar un año como mínimo.
De acuerdo con Preda, si la entidad bancaria, actualmente en proceso de fusión con otra firma, incurriese en ceder la utilización del software, se trataría de un incumplimiento a una orden judicial.
“Acá no es solamente que banco ya no lo utilice tras la fusión, independientemente de que no lo utilicen aún, hay información y partes de los módulos del software que seguramente van a ser utilizados en ese proceso, aunque sea para migrar los datos a otro software. Pero esto es ajeno a otras infracciones ya cometidas por Atlas en cuanto al software”, sostuvo.
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Protección de derechos autorales
El abogado aclaró que la medida cautelar no actúa como una suerte de bloqueo al proceso de fusión de las entidades bancarias involucradas, sino que precautela su utilización en el proceso de unificación de datos. Además, recordó que una vez que la fusión se concrete, el nuevo banco no podrá utilizar el software en cuestión.
“itti no está en contra de ninguna fusión, lo que quiere precautelar es que su derecho de autor no sea violado nuevamente a través de la utilización de su software por parte de otras personas a quienes no se ha licenciado en su momento y, aparte también, por el propio Atlas, que no podría utilizar este software una vez realizada la fusión”, afirmó.
Preda relató que se notificó al respecto al Banco Central del Paraguay (BCP) y al Banco Familiar, considerando los procesos de la fusión que podrían implicar una utilización del software no licenciada por la firma itti.
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Justicia prohíbe al banco Atlas uso del software de la firma itti
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del 15.º Turno de la Capital, a cargo de la Dra. Rossana Frutos Olguín, a través del AI 994 del 26 de junio de 2025, otorgó la medida cautelar de urgencia y decretó la prohibición de innovar en relación al contrato de licencia de uso del software “IT Gestión Financiera” (ITGF) y todos sus anexos, celebrado entre itti y el banco Atlas SA en febrero de 2004.
En su parte resolutiva más importante destaca la prohibición expresa al citado banco “o la entidad que surja a partir de su fusión con banco Familiar SAECA, así como cualquier tercero ajeno al referido contrato (…), se abstengan de usar el mencionado software al amparo de dicho contrato con posterioridad al perfeccionamiento del proceso de fusión en el que se encuentra, salvo expresa autorización de su titular de derechos, en base a lo expuesto en el exordio de la presente resolución”.
Esta decisión judicial echa un manto de duda sobre la fusión de Atlas y Familiar, ya que la columna vertebral del banco (el core bancario) no podrá ser utilizado, lo cual entorpece sumamente y vuelve compleja la futura fusión.
Resta determinar las implicancias legales y regulatorias a partir de esta medida cautelar, pues no están dadas las condiciones operativas ni tecnológicas para que prospere la fusión entre ambos bancos. Esto está determinado porque el primero se encuentra inmerso en un proceso judicial en virtud del cual un juez competente le impide que se utilice el software madre.
Ante esto, se volvería inviable que el Banco Central del Paraguay (BCP) autorice la fusión entre ambos bancos, ya que el requisito fundamental (viabilidad operativa-tecnológica) no puede ser cumplido.
INCUMPLIÓ CONTRATO
Según la firma itti, el banco Atlas no cumplió con el contrato firmado hace más de 20 años, introduciendo modificaciones que no contemplaba el vínculo acordado. La mala práctica de Atlas con respecto a los derechos de propiedad intelectual le sitúan hoy en una enredada coyuntura que frena por ahora la posibilidad de que ambos bancos puedan fusionarse.
Itti es titular del software denominado “IT Gestión Financiera” (ITGF), herramienta informática registrada ante la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual, y que fue objeto de una licencia de uso limitada, intransferible y exclusiva para uso interno del banco Atlas, sin posibilidad de cesión a terceros sin autorización expresa.
En la actualidad, Atlas se encuentra en proceso de fusión con otra entidad financiera de plaza –el banco Familiar SAECA– y que dicha situación podría implicar el acceso o utilización no autorizada del software por parte de una entidad ajena al contrato de licencia.
Entidad fusionada no podrá operar software
Banco Atlas tiene prohibido utilizar la solución informática de la firma itti por no poseer la licencia.
El proceso de fusión entre las entidades bancarias Atlas y Familiar corre serio riesgo, ya que el software IT Gestión Financiera (ITGF), de la compañía itti, no puede formar parte del patrimonio de la entidad fusionada. En la práctica, sin este core el banco Atlas no es operable, por lo que al ordenársele que no añada el software a su fusión lo que se producirá es que la entidad fusionada tampoco será operable.
La decisión judicial determina básicamente que el contrato de licencia prohíbe que Atlas comparta el software en ningún formato.
Pese a que las irregularidades se detectaron en una revisión conjunta, la entidad bancaria no buscó el acuerdo de la proveedora de software. Según datos de la compañía tecnológica que provee el sotfware a la mayoría de las entidades bancarias del país, Atlas ni siquiera avisó o notificó su intención de fusionarse, cuando que rige un contrato y el software pasaría a ser parte de la fusión. La medida judicial busca evitar que dicha fusión de los bancos se produzca el traslado apócrifo del software.
La empresa itti Saeca ratifica que la violación del contrato por parte del banco del grupo empresarial de la familia Zuccolillo se registró en los últimos 4 años. Tras denunciar la irregularidad de la entidad bancaria en el uso del software de itti para sus operaciones, la firma de tecnología financiera empezó a recibir ataques mediáticos de dicho grupo, pese a que la postura en el conflicto judicial apuesta por una conciliación.
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Conmebol reclama lentitud en proceso de desvío de dinero que involucra a banco
El abogado Claudio Lovera, representante legal de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), cuestionó que hasta la fecha no existe un avance por parte del Ministerio Público en las investigaciones que apuntan a un desvío de dinero de la entidad deportiva, en el conocido caso Nicolás Leoz y el banco Atlas.
“La denuncia es del año 2021, a la fecha el Ministerio Público no ha tomado una postura, una decisión respecto a los hechos y como Conmebol vemos con preocupación este aspecto. Si bien los no se encuentran prescriptos, van avanzando plazos. A la fecha. la fiscalía, según nos manifiestan, está analizando información recopilada. Ha transcurrido mucho tiempo y estamos a la expectativa de alguna decisión”, refirió el abogado, este lunes, en entrevista al programa “Arriba hoy” de GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Respecto al requerimiento de fiscales paraguayos a la justicia de los Estados Unidos, comentó: “La información que tenemos es que aún no hay respuesta por parte del Departamento de Justicia en cuanto a contenido. Existiría la voluntad de colaborar por parte de ellos y procesaron el pedido, pasó el requisito de admisibilidad, pero en cuanto a contenido de información, a la fecha no hay respuesta”.
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De acuerdo al abogado, este sería uno de los motivos por el cual no avanza el caso, sin embargo, insiste que la Fiscalía ya debería avanzar en la investigación, ya que en Paraguay existe mucha información disponible, y lo que pueda ser remitido por los Estados Unidos, solo podría reforzar lo que ya existe.
“La Fiscalía tiene que responder si efectivamente Nicolás Leoz depositó o no los 5.100 dólares en efectivo, los extractos indican que se depositó ese monto, y también los extractos indican que en los primeros depósitos fueron cobradas comisiones por depósito en efectivo. La Fiscalía tiene que responder este aspecto, tiene elementos en Paraguay. El caso está demorado por parte del Ministerio Público”, cuestionó Lovera a través de pantallas de Nación Media.
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