Ante la negativa de la Superintendencia de Bancos, dependiente del Banco Central del Paraguay (BCP), amparándose en el secreto bancario para evitar un allanamiento, se procedió a recurrir a una ley especial que avala al Ministerio Público a acceder a documentaciones relacionadas al caso que se investiga, un supuesto lavado de dinero entre Nicolás Leoz y el banco Atlas.
La orden para acceder a los documentos, solicitada por el Ministerio Público, fue firmada por el juez de Delitos Económicos y Crimen Organizado Humberto Otazú, quien realizó este procedimiento ante la negativa de la institución que supervisa el sector bancario.
Otazú señaló para el canal GEN y Universo 970 AM que la postura de la Superintendencia de Bancos pone en alto riesgo para el Paraguay, teniendo en cuenta la evaluación del Gafilat que será próximamente. “Ese fue el argumento que utilizó el Ministerio Público y se constituye en un razonamiento lógico, jurídico y podría ser político, en cuanto al efecto país. Estamos a puertas de una evaluación de Gafilat. Realmente me sorprendió, por el buen trabajo que se viene realizando con la Seprelad, el BCP y la misma superintendencia”, mencionó.
El juez explicó que existe una ley especial y que permite a ciertas instituciones usarla de herramienta válida para acceder a documentos que son focos de investigaciones y entre los entes que pueden utilizar esta ley se encuentran el Poder Judicial, la Fiscalía y sus agentes fiscales. “Supongo que pudo no haber existido algún asesoramiento correcto con respecto a lo que dice esta ley especial. Esa circunstancia tendría ese contexto. Hubo un mal entendimiento y mal asesoramiento, no se evaluaron las circunstancias y la solicitud”, dijo Otazú.
El juez de Delitos Económicos y Crimen Organizado agregó que cuando el secreto bancario se levanta por ley, se debe dar fiel cumplimiento a la petición. Señaló que el funcionario responsable de la Superintendencia de Bancos podría tener un proceso penal en el caso de que hubiese existido perjuicio o retraso en la información.
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Bancarización: cuentas básicas se triplican en tres años y ascienden a 2,76 millones
La recuperación económica luego de la dura pandemia se puede ver en diferentes indicadores y se puede decir que uno de los más notables corresponde a las cuentas básicas de ahorro (CBA), que presentaron una expansión muy importante en los últimos tres años, triplicando la cantidad.
Básicamente, estas cuentas tienen requisitos más laxos que otras y permiten permear mucho más rápido, siendo una poderosa herramienta de bancarización. Su reglamentación se hizo efectiva en 2014, con lo que comenzó a implementarse a nivel local.
Según el último Informe de Estabilidad Financiera del Banco Central del Paraguay (BCP), en los últimos años se disparó la cantidad de aperturas, llegando a 2,76 millones, al cierre de 2025. Tomando ese punto, 10 años atrás, había apenas 90.000, cifra que fue creciendo gradualmente hasta 2022, el año de inflexión, quizás, considerando que posteriormente se presentó una expansión de gran consideración, de más del millón, al cierre de 2023. (ver los datos en la infografía de abajo)
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Según el informe, se hace referencia a las posibles causas del crecimiento al impacto de las nuevas funcionalidades incorporadas en el SIPAP y a la digitalización del ecosistema de pagos. “Estas cuentas han contribuido a ampliar el acceso de la población a los servicios financieros formales, en tanto la expansión de las transferencias instantáneas y de los pagos electrónicos pudo haber fortalecido el uso cotidiano de estas cuentas”, indica.
En pocas palabras, las personas comenzaron a darse de alta en bancos para obtener la herramienta de transacción, que es simple y práctica, tanto para pagar, como para recibir dinero.
Características
De acuerdo con lo informado por la Superintendencia de Bancos (SIB) del BCP a La Nación/Nación Media, las características de las cuentas básicas de ahorro son las siguientes:
- No requieren monto mínimo de apertura ni saldo promedio mínimo de mantenimiento.
- La apertura puede realizarse en forma presencial o remota.
- Son de uso exclusivo en moneda local, pero pueden recibir remesas provenientes del exterior que se acreditarán en moneda local.
- No pueden cobrarse comisiones por su apertura, su mantenimiento, movimiento de fondos y consulta de saldos, salvo las que tengan limitaciones establecidas en la norma.
- Límite de acreditación mensual equivalente a 3 (tres) salarios mínimos legales vigente.
- Posibilidad de tener una cuenta básica en cada entidad financiera.
- Cierre de la cuenta en caso de que la misma registre saldo cero y haya estado sin movimiento alguno en los últimos 12 (doce) meses.
- Los depósitos constituidos en estas cuentas están garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos.
En cuanto a los requisitos de apertura, solo se requiere la presentación del documento de identidad y la provisión de datos básicos del solicitante. Este proceso puede llevarse a cabo en forma presencial, en casa matriz, sucursales o a través de Corresponsales No Bancarios (CNB) o en forma remota a través de los canales digitales habilitados por la entidad.
Diferencia con otro tipo de cuentas
La principal diferencia respecto a las cuentas convencionales, sean estas de ahorro o cuentas corrientes, es que las cuentas básicas de ahorro fueron diseñadas con el propósito de facilitar el acceso de personas no bancarizadas a través de la oferta de productos de ahorro de trámite simplificado, reduciendo barreras de acceso al sistema financiero formal y facilitar incursionar en la utilización de otros servicios financieros.
A través de estas cuentas es posible acceder a servicios financieros, como tarjeta de débito, línea de crédito, préstamos, seguros, saldo de interés sobre salto de cuenta, aclarando que debe ser “siempre sujetos a la aceptación expresa de los clientes”.
Herramientas clave
Como herramienta para permear en la población, desde la SIB señalaron que “las CBA constituyen una de las herramientas clave para la bancarización de las personas, ya que permite que ciudadanos que anteriormente se manejaban exclusivamente con dinero en efectivo puedan acceder a una cuenta dentro del sistema financiero formal”.
Sobre lo mencionado, aclararon que es importante diferenciar entre bancarización e inclusión financiera. “La bancarización se relaciona con el acceso a productos financieros como lo es una cuenta básica de ahorro y, por otro lado, la inclusión financiera abarca un concepto mucho más amplio que implica no solo el acceso a productos financieros, sino también la calidad, el uso efectivo de estos y su impacto en la calidad de vida de las personas”, explicaron.
Para mipymes
Desde la SIB también destacaron la puesta en marcha de las Cuentas Básicas de Ahorro Mipymes a través de una reglamentación para el efecto. Están destinadas a micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) sean estas personas físicas o jurídicas, que incorpora al sistema a unidades productivas que tradicionalmente han enfrentado dificultades para acceder a servicios financieros formales.
Para acceder al mecanismo el solicitante debe contar con Cédula Mipymes y no debe poseer cuentas de depósito convencionales en el sistema. En caso de contar con una CBA personal, esta se limita a 2 cuentas en el sistema.
Con esta cuenta, mipymes podrán contar con un historial, el cual les permitirá posteriormente acceder a herramientas financieras para expandir el negocio y ganar en sostenibilidad.
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El embargo a Atlas es un “indicador más ante sospecha de lavado”, señala abogado
El abogado Claudio Lovera, representante legal de la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol), se refirió a la decisión del juez en Delitos Económicos, Humberto Otazú, de ordenar un embargo preventivo por USD 718.570 sobre los fondos del banco Atlas en el marco de la causa judicial por presunto lavado de dinero que salpica a su presidente Miguel “Miki” Ángel Zaldívar.
“La Fiscalía pidió el embargo de determinados montos sobre lo que es el patrimonio del banco Atlas a los efectos de asegurar el comicio especial o privación de beneficios en materia de lavado de activos a partir de la acusación de la Fiscalía que atribuyó concretamente que el banco Atlas tuvo beneficios ilícitos a través de estas operaciones y el Código Penal obliga a privar de esos beneficios ilícitos”, afirmó Lovera en una nota emitida por “Dos en la ciudad” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
La Conmebol apunta a recuperar al menos USD 15 millones que el empresario y dirigente deportivo Nicolás Leoz, fallecido en agosto de 2019, desvió del ente deportivo a dicha institución financiera, propiedad de la familia Zuccolillo. De acuerdo con el acta de imputación, Leoz realizó en el 2013 varios depósitos de dinero en dólares y guaraníes, así como firmó contratos de fideicomisos por valor de USD 5.100.000, más G. 16.000 millones, y otros contratos de USD 2 millones y G. 22.000 millones.
En la denuncia impulsada por la Conmebol se mencionan publicaciones periodísticas, documentos de agencias de cumplimiento de la ley y órganos judiciales de los Estados Unidos sobre procedimientos relacionados con la posible comisión de hechos punibles de carácter económico, patrimonial y de lavado de dinero en el caso denominado FIFA-Gate.
“Esto es un indicador más de que estamos ante un caso de sospecha concreta de lavado de activos y que se están aplicando las herramientas que prevé la legislación a los efectos de que no solamente discutir en un juicio la sanción penal a las personas físicas", explicó Lovera.
El abogado agregó que “actualmente el caso se encuentra en la sala penal a partir de una recusación que promovió una de las defensas, cuando esta sea resuelta el tribunal de apelación podrá proseguir con la resolución de los recursos que están pendientes y una vez que eso ocurra en primera instancia avanzar en la audiencia preliminar”.
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Caso Conmebol: Justicia habilitó cuenta para embargar bienes del Banco Atlas
El juez penal de Garantías, especializado en Delitos Económicos, Humberto Otazú, dispuso la apertura de una cuenta judicial en el Banco Nacional de Fomento (BNF) con el objetivo de ejecutar un embargo preventivo sobre fondos de Banco Atlas, en el marco de la investigación de la causa Nº 06/2021 “Miguel Ángel Zaldívar y otros por presunto lavado de dinero ligado al caso Conmebol.
La disposición judicial surgió días después de que el banco Atlas anunciara públicamente la solicitud de la apertura de una cuenta judicial con el depósito de USD 718.570, monto que el Ministerio Público reclama en decomiso dentro del proceso abierto por presunto lavado de dinero vinculado a recursos ilícitos manejados durante la gestión del fallecido dirigente deportivo Nicolás Leoz; quien a su vez estuvo involucrado en investigaciones internacionales por corrupción en el fútbol sudamericano.
De acuerdo a la investigación realizada por el Ministerio Público, el monto inicial superaría los USD 718.000 y corresponde, según la acusación, a beneficios obtenidos por el banco Atlas mediante operaciones relacionadas con lavado de activos. Lovera sostuvo que la Fiscalía considera esas ganancias como ilícitas y, por tanto, sujetas a privación conforme a las disposiciones del Código Penal.
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El abogado querellante de la Conmebol, Claudio Lovera advirtió que el monto podría incrementarse durante el juicio oral y público si se detectan ganancias mayores derivadas de las operaciones investigadas. “Un tribunal de sentencia perfectamente podría ampliar el comiso por montos superiores”, afirmó.
Lovera, explicó que la apertura de la cuenta judicial constituye un paso previo necesario para concretar el embargo de los recursos reclamados por la Fiscalía.“Cuando se trata de embargo de fondos, esos recursos deben ser administrados en cuentas judiciales para garantizar su disponibilidad dentro del sistema”, señaló el representante legal de la Conmebol.
El abogado querellante señaló que el ofrecimiento realizado días atrás por el banco Atlas de depositar voluntariamente el dinero reclamado en una cuenta propia demuestra que la entidad reconoce que el objeto del proceso está relacionado con operaciones desarrolladas dentro del banco.
“Aquí no existe otro tipo de persecución que no sean actividades relacionadas con el interior del banco. Esta presentación significa que el banco tiene presente que se trata de un caso de lavado de activos a partir de operaciones realizadas por la entidad”, manifestó.
Para la Fiscalía considera que el banco habría obtenido ganancias derivadas de operaciones realizadas con fondos de origen ilícito. Por ello se presentó la acusación el pasado 30 de abril, a cargo de los fiscales Jorge Arce Rolandi, Francisco Cabrera Sanabria y Verónica Valdez Rivas.
Los fiscales de la causa consideran que existen suficientes evidencias de que los acusados cometieron el hecho punible de “lavado de dinero” con los recursos ilícitos de Nicolás Leoz. Es por eso que, además de la acusación, solicitaron elevar el proceso a juicio oral y público y aplicar medidas para los acusados como la prohibición de salida del país además del pago de fianzas como medidas alternativas a la prisión.
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Atlas abrió cuenta a Leoz sin debida diligencia y pese a alertas
El Banco Atlas habilitó una cuenta en dólares al expresidente de la Conmebol, Nicolás Leoz, y no realizó la debida diligencia respecto a los depósitos, a pesar de que este no reunía el perfil para hacerlo. Así lo revela la acusación de la querella adhesiva presentada por el abogado Claudio Lovera, representante legal de la Confederación Sudamericana de Fútbol, en el proceso penal que enfrenta el presidente del Banco Atlas, Miguel Ángel Zaldívar, y demás directivos del citado ente bancario.
La acusación de la querella adhesiva indica que “Nicolás Leoz fue titular de una caja de ahorro en guaraníes y una cuenta corriente en dólares americanos en el Banco Atlas. De forma previa a la apertura de la cuenta en dólares, en fecha 14 de enero de 2010, el mencionado banco permitió a Leoz Almirón la apertura de un CDA por la suma de USD 500.000. En esa fecha, el Límite Operativo Autorizado (LOA) o perfil transaccional era de G. 180 millones”. El depósito de Leoz se hizo a través de un cheque del Banco do Brasil.
Ante esta situación, el 17 de diciembre de 2015 y el 20 de mayo de 2016, el oficial de cumplimiento del Banco Atlas, José Páez, informó a la Intendencia de Riesgo de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo que la operación citada generó alertas por operaciones fuera de límite o excesos, luego justificadas con la presentación de origen de fondos.
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Asimismo, en fecha 20 de mayo de 2016 especificó que se solicitó al cliente la justificación del monto y que el mismo presentó una copia de liquidación de ventas de ganado vacuno que originaron montos depositados en otro banco donde, a su vez, realizó operaciones de cambio a moneda extranjera.
Ante el informe del funcionario del banco, la querella sostiene que faltó a la verdad y señaló que “contrariamente a las afirmaciones del oficial de cuenta del Banco Atlas, la carpeta del cliente Nicolás Leoz refleja una liquidación y documentos que indican operaciones realizadas a partir del mes de mayo de 2010. Estas operaciones no pueden justificar el origen de fondos utilizados para aperturar un CDA en USD el 14 de enero de 2010”.
La querella menciona que “en el año 2011, Nicolás Leoz habilita en el Banco Atlas la cuenta corriente en USD y deposita USD 400.000 en efectivo. También apertura el CDA con un monto de capital por USD 100.000 mediante un depósito en efectivo. En los depósitos citados no se realizó la debida diligencia respecto al origen de los fondos”.
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