La Fiscalía imputó a directivos de la empresa Insumos Médicos SA (Imedic) y a un despachante de Aduanas, en la investigación abierta por la presunta compra irregular de medicamentos en el marco de la lucha contra el covid-19 y facturas falsificadas. Los fiscales Marcelo Pecci y Sussy Riquelme imputaron a Patricia Beatriz Ferreira Pascottini, presidenta de Imedic, hija del empresario Justo Ferreira, cabeza del clan familiar; a Nidia Godoy Ojeda, directora titular de la empresa y al despachante de Aduanas, Néstor Domingo Ramírez Giménez.
Se les atribuyen los hechos punibles de asociación criminal, producción y uso de documentos no auténticos y comercialización no autorizada de medicamentos. Además, los agentes del Ministerio Público dictaron orden de detención contra los imputados, con requerimiento de prisión preventiva. En la tarde de ayer, la jueza penal de Garantías, Lici Sánchez, admitió la imputación y fijó para el próximo 19 de junio la audiencia de imposición de medidas. La denuncia había sido presentada por la multinacional farmacéutica brasileña Eurofarma; también fue agregada una denuncia realizada por un grupo de legisladores.
De acuerdo con la investigación, Imedic habría utilizado facturas falsificadas de la multinacional, a fin de ocultar el verdadero origen de medicamentos, obtener permisos para importar y comercializar, sin ningún tipo de control. Estas facturas serían de los años 2018 y 2019. Vale señalar que Eurofarma amplió su denuncia inicial, tras la aparición de nuevas facturas falsificadas. Los fiscales habían sido recusados por la defensa de los ahora imputados, pero fueron confirmados por la fiscala general Sandra Quiñónez.
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Celeste Amarilla pide “prudencia” y no generar alarmas tras informe del BCP
La senadora liberal Celeste Amarilla fue contundente al solicitar prudencia y no generar alarmas, ante la presentación de las respuestas por parte del Banco Central del Paraguay, a los cinco pedidos de informes que ha solicitado la Cámara de Senadores y que guarda relación a la situación financiera de los bancos de plaza.
Luego de recibir copia de las 31 fojas que contenía el sobre remitido por el BCP a la presidencia de la Cámara Alta, indicó que el informe es muy técnico y que es probable que ni la mitad de sus colegas, incluido ella, comprenda a profundidad su contenido.
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No obstante, señaló en conversación con medios de prensa, que la estará analizando con sus asesores para que le ayuden a comprender y, sobre todo, estar preparada para la reunión de la Mesa Directiva que se llevará a cabo este viernes 9 de octubre a las 10:00 en la que estarán recibiendo al titular del BCP Carlos Carvallo Spalding y su equipo técnico.
En ese sentido, la parlamentaria opositora abogó por no generar más incertidumbre sobre el tema. “Prudencia, prudencia, prudencia, no es solamente que se filtre nada. Prudencia en el sentido de que no le asustemos a la gente. No pasa nada, es un pedido de informe más, como cientos de pedidos que se hacen todos los días”, remarcó.
La legisladora reconoció que fue muy una situación muy irresponsable el hecho de haberle dado tanta prensa y tanto interés mediático a un “mero pedido de informe, a uno más de tantos de los que se hace”, concluyó.
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Maradona sufrió muerte súbita y no se puede descartar covid-19, dice testigo en juicio
La muerte de Diego Maradona fue algo “súbito” y “fulminante”, dijo este martes un perito oficial convocado por la defensa, lo que contradice la teoría de la acusación en el juicio por el deceso del astro argentino del fútbol en 2020.
Siete profesionales de la salud son acusados de homicidio con dolo eventual por la muerte del astro en una internación domiciliaria cuya pertinencia y condiciones son cuestionadas.
La acusación sostiene que los imputados ignoraron los síntomas de una supuesta agonía de hasta 12 horas durante la internación domiciliaria de Maradona, que había sido sometida a una neurocirugía. El ‘Diez’ murió mientras convalecía a causa de un paro cardiorrespiratorio y un edema pulmonar.
Pero el perito oficial Pablo Ferrari, que realizó un análisis en 2024 de la muerte de Maradona, discrepó con la acusación y dijo que incluso podría deberse al virus del covid-19.
“El período agónico fue de pocos minutos a escasas horas, (...) cortito, no puedo sostener académicamente que haya tenido largas horas de agonía, fue súbito”, dijo el médico legista en el tribunal de San Isidro, al norte de Buenos Aires.
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Ferrari, que cierra la lista de testigos del juicio, señaló que el edema pulmonar ahogó a Maradona, por lo cual el exfutbolista debería haber tenido signos de “lucha”.
“El paciente que se ahoga se desespera, acá no había ninguna lesión de lucha, tuvo que haber sido de pocos minutos su agonía”, dijo. “Fue una muerte fulminante”, añadió.
El experto también mencionó que no se puede “descartar que haya muerto de Covid-19” y tildó de “error metodológico no haberle hecho” un hisopado para evaluar la presencia de la enfermedad.
El ídolo argentino murió el 25 de noviembre de 2020, año en que explotó la pandemia de coronavirus.
Ferrari también contradijo a la junta médica que analizó la muerte de Maradona en cuyo informe sostiene que el desenlace fatal tuvo como ingredientes problemas hepáticos, renales y cardíacos.
Dentro de los estudios de laboratorio que analizaron, el perito no encontró “indicadores de disfunción renal” ni “la observación más mínima de un problema cardíaco”.
Sí encontró deterioros en indicadores hepáticos entre 2018 y 2020 aunque “dentro de un margen de tolerancia de no abordaje de emergencia médica”.
Con esta declaración concluyó la etapa testimonial del extenso debate oral iniciado en abril. El próximo 8 de octubre comenzarán los alegatos finales de las 13 partes involucradas y se espera un veredicto en noviembre.
- Fuente: AFP
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Jonathan Fabbro solicita ser trasladado a Paraguay para cumplir el resto de su condena
El exjugador de fútbol Jonathan Fabbro, condenado en Argentina a 16 años de cárcel, solicitó a la Justicia de Paraguay ser trasladado a nuestro país para cumplir el resto de su condena. Sobre dicha petición, la jueza de Ejecución Penal, Sandra Silveira, ya remitió varios oficios a fin de evaluar el planteamiento del condenado.
La defensa de Fabbro realizó la solicitud argumentando que el caso se encuadra, en principio, dentro del ámbito de aplicación del Acuerdo sobre Traslado de Personas Condenadas entre los Estados Partes del Mercosur (aprobado por la Ley N° 3536/2008). El objeto de este tratado es posibilitar que los reclusos que reúnan las condiciones previstas puedan continuar con el cumplimiento de su pena en el Estado del cual son nacionales o donde tengan residencia legal y permanente.
En ese sentido, la recepción de la solicitud no implica la aprobación automática del traslado. Esta etapa inicial corresponde a la prosecución del trámite y a la verificación de los requisitos necesarios para que la magistratura pueda emitir oportunamente una decisión dentro del ámbito de sus competencias.
Al tratarse de un ciudadano argentino nacionalizado paraguayo, la jueza Silveira determinó que resulta pertinente contar con información actualizada respecto a su situación personal y jurídica en el país. Asimismo, se busca verificar la eventual existencia de procesos penales pendientes en territorio nacional, sin perjuicio de los demás antecedentes contemplados en el instrumento internacional.
Como primeras medidas, la magistrada solicitó a la Comandancia de la Policía Nacional el prontuario policial de Fabbro, además de la planilla de antecedentes penales actualizada. Igualmente, requirió a la Dirección General de Migraciones las constancias de entrada y salida del territorio nacional, y solicitó al Juzgado Penal de Garantías N° 6 de la Capital un informe actualizado sobre el estado procesal de la causa caratulada “Jonathan Fabbro sobre abuso sexual en niños y otros”.
Una vez que se reúnan estos informes primarios, la jueza estudiará si corresponde dar trámite definitivo al pedido realizado por el condenado.
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Defensa de Óscar Boidanich solicitó ratificar su absolución
La defensa del extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, solicitó al Tribunal de Apelación ratificar íntegramente su absolución de culpa y pena. Boidanich había sido juzgado por el supuesto delito de frustración de la persecución penal en el caso del empresario Dario Messer. Los abogados defensores, Claudio Lovera y César Alfonso, contestaron la apelación presentada por los agentes fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Verónica Mayor y Fernando Meyer, quienes habían recurrido ante el tribunal de alzada la determinación adoptada inicialmente por un Tribunal de Sentencia.
La defensa de Boidanich sostiene que la decisión de primera instancia debe ser confirmada porque nunca se configuró el delito de frustración de la persecución penal, argumentando que los bienes del cambista Darío Messer finalmente fueron decomisados en nuestro país y a eso se le agrega que dicho fallo ya está firme en la Corte.
Del mismo modo, la defensa de Boidanich sostiene que el Ministerio Público pretende de manera irregular que la Cámara de Apelación revalore pruebas testimoniales y documentales, algo prohibido por la norma y más en segunda instancia.
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Absolución de culpa
Un Tribunal de Sentencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresario Darío Messer.
Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el colegiado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresario fue imputado y sus activos fueron incautados.
Los magistrados explicaron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acusación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces evidenciaron que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación para perjudicar al Boidanich.
Durante el juicio oral, funcionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener ningún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad correspondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sustentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.
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