• Carlos Fleitas
  • Embajador
  • Fotos: Gentileza

¿Por qué una ciudad del Chaco paraguayo lleva el nombre de un presidente de los Estados Unidos? Durante años se llamó Villa Occidental y estuvo en el centro de una disputa territorial entre Paraguay y Argentina.

Tras el fallo favorable pronunciado por el presidente de EE. UU. Rutherford B. Hayes el 12 de noviembre de 1878, el Congreso paraguayo la rebautizó como Villa Hayes en el año 1879. Desde entonces, su nombre conserva la memoria de un laudo arbitral que permitió al Paraguay recuperar un territorio legítimo reclamado en uno de los momentos más difíciles de nuestra historia.

El laudo Hayes fue el primero de los tres arbitrajes relevantes en la historia fronteriza del Paraguay. En 1938, después de la guerra del Chaco, otro fallo arbitral estableció la línea divisoria entre Paraguay y Bolivia.

Posteriormente, en 1969, un nuevo arbitraje resolvió la controversia sobre la ubicación del Hito VIII, en la zona del cerro Chovoreca. Cada uno tuvo un objeto y un contexto histórico diferente. El de 1878 se produjo cuando el Paraguay aún enfrentaba las profundas consecuencias políticas, económicas y territoriales de la guerra contra la Triple Alianza, donde necesitábamos con urgencia afianzar nuestra autoestima y nuestra soberanía nacional.

Debemos recordar que los arbitrajes pueden ser de derecho, cuando se estudian los justos títulos sobre la titularidad del territorio en cuestión, como lo fue el laudo Hayes, y el arbitraje de equidad (o ex aequo et bono) que es un método alternativo de resolución de conflictos, en el que el árbitro toma su decisión basándose en su leal saber y entender, buscando una alternativa sobre las mínimas aspiraciones de los litigantes, de tal manera que la resolución sea aceptable para todas las partes, como lo fue el laudo del 10 de octubre de 1938.

OCUPACIÓN ARGENTINA

Al finalizar la Guerra Grande, las fuerzas argentinas habían ocupado Villa Occidental, asentamiento ubicado frente a Asunción, mientras continuaban las negociaciones destinadas a establecer definitivamente los límites entre ambos países. Precisamente, uno de los principales puntos de desacuerdo era el territorio situado al oeste del río Paraguay.

El Tratado de Límites Machaín-Irigoyen, firmado el 3 de febrero de 1876 por Facundo Machaín y Bernardo de Irigoyen, reconoció como argentino el territorio situado al sur del brazo principal del río Pilcomayo. Pero el dominio del área comprendida entre ese río y el río Verde, incluida Villa Occidental, quedó sometido a un arbitraje.

Ambos países acordaron que el árbitro sería el presidente de los Estados Unidos y cada parte debía presentar los argumentos y antecedentes que considerara necesarios para justificar sus derechos sobre el territorio. La controversia dejaba así el terreno de la ocupación militar y pasaba al ámbito de la diplomacia y del derecho internacional.

En representación del Paraguay tuvo una actuación destacada Benjamín Aceval, enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en Washington, y José Falcón, quien colaboró en la recopilación de las informaciones, con mapas y testimonios relacionados con la presencia paraguaya en la región.

El historiador Hipólito Sánchez Quell destacó la colaboración entre Falcón y Aceval y recordó que, durante el homenaje ofrecido al diplomático a su regreso al país, este reconoció públicamente la contribución de Falcón al resultado del arbitraje.

Debemos recordar que este había sido encargado del Archivo de nuestro país, que fuera saqueado por fuerzas brasileñas en Piribebuy en agosto de 1869. No obstante, conocía de memoria todos los documentos obrantes en el mismo.

El 27 de marzo de 1878, Aceval presentó ante el secretario de Estado estadounidense William M. Evarts la memoria paraguaya destinada al presidente Hayes. La defensa se apoyó en antecedentes históricos, jurídicos y territoriales reunidos en el Paraguay. Argentina siguió el mismo procedimiento y presentó sus propios argumentos para sostener su reclamación.

PRESENTACIONES

Debemos mencionar que la Argentina presentó sus alegatos dos días antes de la finalización del plazo, publicando los mismos, por lo cual el delegado paraguayo tuvo tiempo de leerlo y rebatir punto por punto sus afirmaciones. La documentación fue presentada el último día del plazo establecido, siendo impecable la misma, pues presentaba los títulos que el Paraguay ostentaba para reclamar la titularidad del territorio y el rechazo de las alegaciones argentinas sobre el tema.

Debemos resaltar que el doctor Benjamín Aceval pudo obtener parte de la documentación que hace referencia a los derechos de nuestro país sobre ese territorio, que se hallaba en posesión del Brasil, y también los títulos obrantes en el Archivo de Indias en el Reino de España, gracias a una profunda investigación del tema.

El arbitraje enfrentó, por tanto, dos interpretaciones jurídicas e históricas acerca de la soberanía sobre un mismo territorio. Por un lado, la Argentina, que basaba su alegación en la pertenencia de este territorio en la Provincia del Río de la Plata y la del Paraguay, que demostraba títulos de posesión efectiva de dichas tierras como la colonización efectuada en la antigua Villa Burdeos, luego Villa Occidental, y los documentos de titularidad del territorio de la Provincia del Paraguay y que, en un tratado anterior de límites firmado con la Argentina en 1852, esta había aceptado que pertenecía al Paraguay.

La cuestión sometida al arbitraje no debía resolver la soberanía sobre todo el Chaco Boreal. Su competencia se limitaba a la zona comprendida entre el río Verde y el brazo principal del Pilcomayo.

“LEGAL Y JUSTO TÍTULO”

Después de examinar los argumentos presentados por las partes, Hayes emitió su decisión en Washington el 12 de noviembre de 1878. En ella declaró que la República del Paraguay tenía “legal y justo título” sobre el territorio en disputa y le adjudicó el área situada en la margen occidental del río Paraguay, entre el río Verde y el brazo principal del Pilcomayo.

El Paraguay, debilitado por la guerra y sometido todavía a fuertes presiones externas, obtuvo por medio de la diplomacia el reconocimiento de sus derechos sobre un territorio estratégico. Además, la decisión permitió además avanzar hacia el retiro de las fuerzas argentinas y la recuperación efectiva de Villa Occidental.

Meses después, en mayo de 1879, el Congreso paraguayo aprobó la ley que cambió el nombre de Villa Occidental por el de Villa Hayes. Posteriormente, el Gobierno tomó posesión de la localidad y se labró el acta correspondiente.

El cambio de nombre constituyó una expresión de gratitud hacia el presidente estadounidense. Al denominar Villa Hayes a la antigua Villa Occidental, el Estado vinculó de manera permanente la identidad de la ciudad con el acontecimiento que hizo posible su recuperación.

IMPORTANCIA DEL FALLO

La importancia del fallo se comprende al considerar que, después de la guerra contra la Triple Alianza, el país ya había cedido otros territorios a la Argentina y al Brasil. Esto evitó una nueva pérdida territorial e impidió que la jurisdicción argentina avanzara al norte del Pilcomayo y consolidó la soberanía paraguaya sobre ese sector del Chaco Boreal.

La importancia del laudo Hayes no radica solamente en la extensión del territorio reconocido legítimamente al Paraguay, sino que debe comprenderse dentro del difícil proceso de reconstrucción nacional iniciado después de la guerra contra la Triple Alianza. En un escenario marcado por la ocupación extranjera y la fragilidad institucional, el país consiguió defender sus derechos.

Así, el 12 de noviembre de 1878, el laudo demostró que, incluso en condiciones profundamente adversas, la diplomacia paraguaya podía convertirse en un instrumento eficaz para la defensa de la soberanía. Más de un siglo después, el nombre de Villa Hayes continúa recordando aquel episodio y a quienes participaron en la defensa de los derechos del Paraguay sobre el Chaco Boreal como lo fueron el doctor Benjamín Aceval y don José Falcón.

Debemos destacar que el arbitraje internacional nace como un método de resolución de conflictos alternativo a la administración de justicia, en el cual las partes acuerdan someter libremente la resolución de una disputa a una o varias personas imparciales, denominadas árbitros, facultadas a dictaminar sobre la misma una decisión definitiva y obligatoria para las partes (denominada laudo arbitral), con carácter de cosa juzgada y fuerza ejecutoria.

GRAN VICTORIA DIPLOMÁTICA

Este laudo arbitral constituye la primera gran victoria de la diplomacia paraguaya en la posguerra de la Triple Alianza, la cual reafirmó el sentimiento de identidad nacional y pertenencia a nuestro suelo patrio, constituyendo uno de los sólidos argumentos jurídicos esgrimidos posteriormente en nuestro conflicto con Bolivia sobre la titularidad del Chaco Boreal.

Para finalizar, deseo señalar que la patria es espíritu y sentimiento. Ello significa que el ser de la patria se funda en una acumulación de valores propios, con los que se enlaza a los hijos de un territorio con el suelo que habitan, por lo cual la gran victoria del laudo Hayes constituye la victoria de un pueblo que jamás se rindió, pese a las circunstancias adversas de la historia, y siguió sosteniendo las banderas de la defensa de la integridad territorial, llegando incluso nuevamente a derramar la sangre de sus hijos en una nueva guerra internacional, esta vez con Bolivia, en defensa de su sagrado suelo patrio.

Dejanos tu comentario