Al torneo Clausura todavía le quedan cuestiones por resolver. En ese sentido, en la última fecha, que arranca este miércoles 29 de noviembre, se resolverá al último equipo descendido de Primera División a la Intermedia 2024.
Guaireña depende de sí mismo para permanecer en la categoría superior, ya que ganando se salvará sin considerar el resultado de Tacuary, incluso empatando o perdiendo, siempre que Tacuary no triunfe ante Libertad.
Para que Tacuary evite el temido descenso, debe ganarle a Libertad y esperar que Guaireña pierda, o empate ante Trinidense.
En cuanto a los últimos cupos internacionales, Luqueño y General Caballero pugnan por meterse a la Fase preliminar de la Copa Sudamericana 2024.
Por clasificar a la fase dos de la Copa Libertadores 2024, pelean Guaraní, Nacional y Trinidense, este último club ya está clasificado a Fase uno por ser finalista de la Copa Paraguay, pero tiene posibilidades de meterse a Fase dos.
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ANR ratifica internas del 7 de junio y avala controles a máquinas
El jefe de gabinete de la Asociación Nacional Republicana (ANR), Eduardo González, confirmó que desde la presidencia del partido manifestaron estar completamente de acuerdo en realizar todas las auditorías y controles adicionales a las máquinas de votación que el sector disidente (Fuerza Republicana) considere necesarios. Remarcó que la línea institucional, es de un rechazo tajante a cualquier propuesta de suspender o prorrogar la fecha de las elecciones internas previstas para el 7 de junio.
En conversación con el programa “Tarde de Perros” que se emite por Universo 970 AM/Nación Media señaló que la conducción partidaria acompañó todo el proceso de verificación de máquinas que se solicitaba como partido. Indicó que llevó un mes ese proceso en la cual también tuvieron participación los representantes del sector disidente y se tuvo una dura pelea con la gente de la oposición en muchas cuestiones que se fueron verificando y en ningún momento hubo un reclamo por parte de nadie del partido.
“Nosotros tenemos que proteger y cuidar los intereses del partido como es lo que estamos haciendo y no hay otra fecha más que el 7 de junio para realizar las elecciones porque no podemos arriesgar eventualmente a quedarnos sin candidatos. Entonces, estamos de acuerdo, sí, que se hagan los controles y auditorías lo que se quiere realizar, no hay inconveniente”, expresó.
González argumentó que en materia electoral los plazos son perentorios e improrrogables. Por lo que calificó de llamativa esta maniobra, que es interpretada como una “operación política de desesperación” y un intento de “abrir el paraguas” ante la falta de números favorables en las encuestas internas de cara al 7 de junio.
También criticó que se pretendan desacreditar las mismas máquinas de votación con las cuales ellos mismos resultaron electos para el Congreso en los periodos anteriores. “No acompañamos prórroga alguna de extensión de otra fecha de las elecciones que no sea el 7 de junio, dentro del movimiento de Honor Colorado y sí estamos de acuerdo con controles y auditoría, lo que quieran hacer”, acotó.
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JE adjudicó al consorcio Comitia – MSA el alquiler de las máquinas de votación
La Justicia Electoral informó este viernes la adjudicación de alquileres de las máquinas de votación electrónica para las elecciones internas y generales, municipales del 2026, al consorcio Comitia – MSA.
La resolución fue publicada por la máxima instancia electoral, reafirmando el compromiso “con una gestión eficiente, responsable y orientada a garantizar el correcto desarrollo del proceso electoral”.
Dicha resolución señala que se aprueba el informe de evaluación de oferta presentado por el Cité de Evaluación, en fecha 3 de diciembre del 2025, y se procede a la adjudicación de arrendamiento vía contratación internacional.
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De acuerdo a la descripción de la resolución, el costo total del arrendamiento de alrededor de 28.000 máquinas será de USD 34.986.500, las mismas son de procedencia argentina. Asimismo, se menciona en el documento que tanto la empresa como las máquinas cumplen con todos los requisitos establecidos en la licitación pública.
“Ateniendo al criterio de evaluación basado únicamente en el precio y al sistema de adjudicación por el total establecido en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas, por haber cumplido con el suministro de la documentación básica de carácter, sustancial, con la capacidad legal, con la contestación de solicitudes de aclaraciones, con la experiencia, con la capacidad técnica y financiera, con las especificaciones técnicas y los requerimientos del protocolo de pruebas de funcionalidad de las pruebas presentadas, conforme a lo requerido en el pliego de bases y condiciones”, y los demás dictámenes a favor, se procedió a la adjudicación.
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Para disminuir mora, Corte resuelve plazos para que jueces presenten informes sobre expedientes
Desde el Poder Judicial informaron que, con la intención de disminuir una eventual mora judicial, durante la plenaria de ayer de la Corte Suprema de Justicia, el ministro Dr. Alberto Martínez Simón, presentó un proyecto actualizado de acordada que establece que los jueces de Paz y de Primera Instancia, así como los Tribunales de Apelación, de todos los fueros y circunscripciones del país, y el Tribunal de Cuentas deberán presentar el primer informe cuatrimestral sobre los expedientes que se encuentren en estado de autos para sentencia y autos para resolver.
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Estos informes deberán ser presentados de forma digital en las siguientes fechas:
- Viernes 25 de abril de 2025
- Viernes 29 de agosto de 2025
- Viernes 19 de diciembre de 2025
Control
La información indica que los informes deberán detallar los expedientes en ese estado (de “autos para sentencia” y “autos para resolver”), así como el cumplimiento de los plazos legales para el dictado de dichas providencias, de modo tal a controlar que los órganos de Justicia no se demoren en el llamamiento de “autos”.
A continuación agrega que también se dispuso que la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia realice sorteos aleatorios para seleccionar juzgados y tribunales en todo el país. Estos serán inspeccionados por la Dirección de Auditoría de Gestión Jurisdiccional para verificar la veracidad de la información proporcionada en los informes.
Transmisión en vivo
Las autoridades aclararon que los actos de sorteo serán transmitidos en directo y ampliamente difundidos por los medios de comunicación de la Corte Suprema de Justicia, garantizando la transparencia del proceso.
“Estas medidas buscan agilizar los procesos judiciales y garantizar que los ciudadanos reciban una respuesta oportuna a sus casos”, finaliza el informe.
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¿Hasta cuándo se puede pagar el aguinaldo?
El inicio del último mes del año avanza con mucha expectativa ante el cobro del decimotercer salario y desde el Viceministerio de Trabajo recuerdan las condiciones en las que se debe percibir y cómo actuar en caso de no recibirlo en diciembre.
“El aguinaldo debe ser abonado antes del 31 de diciembre de cada año, es decir, hasta el 30 tiene tiempo la patronal de abonarle al trabajador el decimotercer sueldo”, expresó a la 650 AM el viceministro de Trabajo, César Segovia.
Explicó que este plus que reciben los trabajadores cada fin de año está constituido por todo lo percibido por el trabajador durante este periodo, dividido los doce meses para efectuar este salario número trece. No hace falta que el trabajador tenga un año de antigüedad, igual tiene derecho a percibir el aguinaldo, dijo.
Qué incluye y qué no
Segovia aclaró que se excluye lo percibido en concepto de bonificación familiar y viáticos, pero que todo lo demás es válido para el cómputo del anhelado aguinaldo. Parte de la remuneración debe computarse en lo percibido en concepto de horas extras, comisiones y cualquier otro beneficio que hubiese dado la patronal al trabajador durante todo el año.
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Otro punto siempre controversial o que genera dudas, es que no se puede deducir ningún tipo de gastos, compromisos, deudas o incluso la prestación alimentaria, ya que el aguinaldo es inembargable, y el trabajador debe percibirlo en su totalidad, remarcó el viceministro.
Hay que mencionar que el aguinaldo es un beneficio que está establecido en el Código Laboral, según el artículo 243 para los trabajadores en relación de dependencia. En caso de liquidación también se debe computar de manera proporcional los meses trabajados.
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