En Cerro Porteño sigue el culebrón con el caso del arquero brasileño Jean Fernandes, más todavía ahora que fue expulsado con tarjeta roja directa en el superclásico Miguel Martínez y no podrá estar en los siguientes juegos.
Ariel Martínez, vicepresidente del Ciclón, confirmó que hubo indisciplina de parte de quien fuera golero titular y fue separado por el entrenador Víctor Bernay de los partidos frente a Resistencia (triunfo 5-2) y Olimpia (empate sin goles).
“Jean salió de la concentración sin tener autorización de la directiva, ni del entrenador, ni del mánager. Fue una violación a las normas del club cuando todos sus compañeros se quedaron”, dijo Ariel Martínez, vicepresidente de Cerro, en declaraciones a Versus Radio Nación Media.
“Todo está en manos del Departamento Jurídico. Jean es empleado del club y está a disposición del técnico”, agregó el alto directivo.
CONTRA EL ARBITRAJE
En Cerro Porteño hay disconformidad con la labor arbitral y el descontento sube con el correr de las fechas.
“Teníamos mucha esperanza (en Éber Aquino), pero lastimosamente sigue todo igual”, acusó Martínez, al ser preguntado sobre el desempeño del arbitraje paraguayo.
No obstante, el dirigente reconoció que ha sido un año malo y el club realizó pobre campaña en todos los torneos en los que le cupo participar a nivel local e internacional.
Dejanos tu comentario
Caso Thirza: anulan condena y disponen nuevo juicio oral para acusados
La Cámara de Apelaciones anuló las sentencias condenatorias impuestas a tres personas acusadas por la muerte de la niña Thirza Portillo, quien falleció durante una intervención odontológica en una clínica que no estaba habilitada para operar.
Asimismo, el tribunal de apelación ratificó la responsabilidad penal de la odontóloga Sandra Obertino y del anestesista Adrián García por homicidio doloso eventual, por lo que el nuevo juicio se realizará únicamente para determinar las penas que deberán cumplir.
Mientras tanto, respecto al endodoncista Vicente Godoy, condenado inicialmente por homicidio culposo, se ordenó la realización de un nuevo juicio oral desde cero.
Las sentencias anuladas correspondían a 8 años de prisión para Sandra Obertino, 7 años para Adrián García y 4 años y 8 meses para Vicente Godoy.
En relación con Obertino, el Tribunal sostuvo que existió una incongruencia en la fundamentación de la pena impuesta. El fallo señala que, aunque se argumentó una alta energía criminal, máxima gravedad en el hecho y un elevado número de puntos en contra, la pena aplicada estuvo cerca del mínimo legal.
Respecto a García, la Cámara consideró que el Tribunal de Sentencia debió valorar adecuadamente el alto grado de reprochabilidad y las circunstancias en las que actuó al momento de individualizar la pena.
En cuanto a Godoy, los camaristas concluyeron que la sentencia presentaba inconsistencias en la fundamentación sobre la tipificación de su conducta como homicidio culposo, por lo que dispusieron un nuevo juzgamiento.
Por otra parte, el Tribunal de Apelación confirmó la absolución de los acusados por el hecho punible de comercialización de medicamentos no autorizados, al considerar que dicho delito no fue acreditado durante el juicio oral y público.
Dejanos tu comentario
Senad provoca pérdida de más de USD 1,5 millones al narcotráfico eliminando 10 t de cannabis en Amambay
Agentes especiales Senad del Departamento Regional N° 1 de Pedro Juan Caballero, en coordinación con el Ministerio Público, ejecutaron un allanamiento en un inmueble rural ubicado en la ciudad de Cerro Corá, departamento de Amambay, donde lograron desmantelar una importante infraestructura utilizada para la producción y acopio de cannabis.
La magnitud de la logística instalada evidenciaba el nivel de organización de quienes operaban en la zona. Además de los campamentos distribuidos dentro del bosque, los intervinientes hallaron incluso una piscina de material construida en medio de la vegetación, una muestra de las condiciones creadas para sostener de forma permanente las actividades vinculadas a la producción y procesamiento de drogas en el lugar.
Te puede interesar: Denuncian intento de secuestro de empresario chino en Luque
Durante la intervención fueron destruidos 5 campamentos, una parcela de cannabis de 2 hectáreas en etapa de cosecha y diversos elementos empleados para el procesamiento de la droga, entre ellos motosierras, zarandas y placas de hierro utilizadas en prensas rústicas.
La operación permitió sacar de circulación un total de 10.600 kilogramos de cannabis, entre cultivos en etapa de cosecha, droga picada, ramas secas y semillas, evitando que esta carga ingresara a los circuitos del narcotráfico.
El volumen eliminado representa un perjuicio económico estimado en 1.590.000 dólares para las organizaciones criminales que operan en la zona fronteriza.
El procedimiento fue acompañado por la Agente Fiscal Rossana Coronel, de la Unidad Especializada en la Lucha contra el Narcotráfico de Pedro Juan Caballero. Por disposición fiscal y judicial, todas las evidencias fueron destruidas en el lugar.
Dejanos tu comentario
Caso da inesperado giro
El asalto con toma de rehén en Concepción dio un giro al aparecer notas de despedida que revelan un tinte pasional.
La Fiscalía informó ayer que a medida que avanzan las investigaciones sobre la toma de rehén en el departamento de Concepción todo apunta a que el móvil del hecho tendría un tinte pasional, ya que se encontró una especie de testamento del hombre. Ayer de madrugada se confirmó la muerte del hombre que hirió a la mujer.
Según la fiscal Carolina Quevedo, los elementos con que se cuentan indican que Aníbal Cayetano Ramírez Ortiz, de 45 años, fue movido por sus sentimientos y que atacó a la mujer del que estaría enamorado, pero que no era correspondido. Además, el Ministerio Público cuenta con varias evidencias, entre las que se encuentran un cuaderno con un escrito de despedida por parte del captor.
“Desde un comienzo al ingresar al local nunca dijo que era un asalto o que quería obtener algún dinero fue directamente a la cajera. De acuerdo a lo que dice en el cuaderno hace prácticamente un testamento y una despedida”, expresó Quevedo, en entrevista con “Dos en la Ciudad” de canal GEN y Universo 970/Nación Media.
Afirmó que en el mismo cuaderno dejó mensajes para varias personas, entre ellos a su papá, por lo que presumen era una despedida.
“La carta es con fecha 8 de junio, que es el día anterior al hecho podemos decir. Lo que no sabemos es si en esa fecha fue o no al copetín porque siempre iba como cliente y vendía ropa a las chicas”, indicó. Agregó que en el marco de las investigaciones ya incautaron el DVR del local donde ocurrió el hecho, el cuaderno que estaban en la motocicleta del hombre y el arma blanca que portaba. La víctima identificada como Liz Cañete sigue internada en terapia intensiva porque presenta una herida a la altura del pulmón.
Dejanos tu comentario
Dictamen jurídico ratifica legalidad de terna del síndico confirmado en el cargo
El Consejo de la Magistratura, a través del dictamen jurídico N° 851/2025, dejó claro que Bernardino Caballero, síndico de Quiebras confirmado por la propia Corte Suprema de Justicia, reúne todos los requisitos para integrar la terna y ser confirmado en el cargo que ocupa hace varios años en el sistema de justicia. El documento fue remitido a la máxima instancia judicial para respaldar la continuidad del agente síndico en sus funciones.
Asimismo, la asesoría del Consejo de la Magistratura señala que, para el cargo de Agente Síndico, no se requiere única y exclusivamente un título de grado en ciencias contables y administrativas. Esto surge del análisis literal del artículo 4° de la Ley N° 4870, que expresa textualmente: “Los Síndicos Adjuntos y Agentes Síndicos deberán ser de nacionalidad paraguaya, haber cumplido treinta años de edad, poseer título de abogado y un título que acredite su conocimiento de las ciencias contables y administrativas; y haber ejercido la profesión o la magistratura judicial por cinco años como mínimo. Durarán cinco años en sus funciones y podrán ser reelectos.
En este contexto, al definir el término “título”, se acude a lo establecido en el artículo 71 de la Ley 4995, que lo define como el reconocimiento académico otorgado a una persona al culminar un programa o carrera en una Institución de Educación Superior.
Inicialmente surgieron cuestionamientos sobre la formación de Caballero en áreas contables. Sin embargo, dicha controversia ha quedado desestimada, ya que el Consejo reconoció que el profesional posee los conocimientos técnicos requeridos. Esto se acredita mediante sus especializaciones en Gestión Administrativa y Contable, expedidas por un Instituto Superior de Enseñanza, lo cual queda acreditado que el mismo reúne como dice la norma para integrar la terna y por ende ser confirmado en el cargo como ya fue decido en el pleno de la Corte.