En el estadio Florencio Sola, el argentino Defensa y Justicia ganó 2 a 1 (global 3-2) al brasileño Botafogo y avanzó a las semifinales de la Copa Sudamericana, beneficiado del empate 1-1 registrado en el juego de ida y espera rival, que se define hoy del duelo que sostendrán en la otra llave el brasileño São Paulo y el ecuatoriano Liga Deportiva Universitaria de Quito.
Nicolás Fernández (15′) abrió la cuenta para el local con golpe de cabeza y amplió por la misma vía en el segundo tiempo (72′). Botafogo alineó de titular al arquero paraguayo Roberto “Gatito” Fernández, mientras el también compatriota Matías Segovia, ex Guaraní, estuvo en la banca de suplentes e ingresó en el segundo tiempo.
El Botafogo llegó a la paridad con un gol de Enrique Bologna (45+3′), luego de un rebote en el arquero, el palo y tras un rechazo de un jugador de Defensa y Justicia, el VAR intervino para confirmar el tanto de la paridad cuando se cerraba el primer tiempo.
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Justicia realizó transferencia de G. 25.000 millones y USD 11 millones a la Senabico que fueron comisados a RDG
El Juzgado de Ejecución Penal Especializado en Crimen Organizado y Delitos Económicos N.º 1 de la Capital, a cargo de la jueza Sandra Kirchhofer, realizó este viernes 30 de octubre la entrega de certificados de depósito de ahorro (CDA) correspondientes a dos entidades bancarias, en el marco de la causa por lavado de dinero que involucra a Ramón González Daher y a su hijo. Como parte de esta actuación, la magistrada confirmó la transferencia de fondos a la cuenta de la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico).
La jueza precisó que la transferencia de fondos comprendió G. 25.000 millones y USD 11 millones. Detalló que, en relación con la suma en moneda nacional, se entregaron seis certificados de depósito como parte de las medidas de ejecución patrimonial dispuestas por el juzgado.
Kirchhofer calificó esta actuación como histórica para la Justicia paraguaya por la magnitud de los recursos involucrados y su vinculación con una causa emblemática en materia de lavado de dinero. Asimismo, señaló que el caso figura en los registros del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (Gafilat).
Al referirse al alcance de la ejecución del comiso, la jueza manifestó: “Esta es una muestra de que la Justicia no solo impone sanciones de penas privativas de libertad, sino que también privamos de los beneficios del delito, tanto económicos como patrimoniales, a las personas que fueron condenadas por determinados hechos punibles”.
La magistrada destacó que la entrega de los certificados no constituyó únicamente un acto protocolar, sino el resultado de varios años de trabajo del juzgado a su cargo para dar cumplimiento a las decisiones judiciales relacionadas con la recuperación de bienes.
En ese sentido, expresó su expectativa de que estos recursos sean administrados por el Estado de manera responsable, transparente y eficiente, en beneficio de la sociedad. Finalmente, informó que aún quedan 15 certificados de depósito pendientes de transferencia y presentación ante el juzgado en el marco de la misma causa.
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ARP pide garantías para la propiedad privada tras avance judicial en el caso Pindó
A más de 14 años del inicio del conflicto, la Justicia elevó a juicio oral y público la causa por la ocupación de tierras de Agroganadera Pindó, una decisión que la Asociación Rural del Paraguay (ARP) calificó como un “avance significativo”.
El proceso penal afecta directamente a Jorge Mercado Méndez, imputado como uno de los principales dirigentes de la invasión de inmuebles de la firma agroganadera en el departamento de Canindeyú.
A través de un comunicado que dieron a conocer por redes sociales en la fecha, el gremio rural celebró la resolución del Juzgado de Garantías de Curuguaty que, tras un largo proceso de investigación iniciado en 2012, rechazó los incidentes planteados por la defensa y dispuso la elevación de la causa a juicio oral y público.
“Esta decisión constituye un avance significativo en una causa iniciada en el año 2012, cuya prolongación durante más de 14 años evidencia la necesidad de fortalecer la protección efectiva de los derechos constitucionales”, remarca el comunicado.
Legalidad sobre la ocupación
Así también, la ARP instó a las autoridades a responder a las problemáticas sociales vía políticas públicas legítimas y no al margen de la ley. En el documento se señala que el artículo 109 de la Constitución Nacional establece categóricamente que “la propiedad privada es inviolable”.
Remarca que su respeto constituye “una garantía esencial del Estado de Derecho y una condición indispensable para la inversión, el trabajo y el desarrollo de la producción nacional”.
“Las reivindicaciones sociales deben encontrar respuestas mediante políticas públicas y procedimientos legítimos, sin que la ocupación de inmuebles o la comisión de hechos punibles puedan convertirse en mecanismos para adquirir o legalizar derechos de propiedad al margen de la Constitución y las leyes”, manifiesta una parte del escrito.
Asimismo, refiere que la seguridad jurídica exige mucho más que el reconocimiento formal de los derechos. “Requiere una actuación oportuna y eficaz de las instituciones del Estado, la prevención de hechos ilícitos y el cumplimiento de las resoluciones judiciales. La agricultura, la ganadería y la agroindustria necesitan estabilidad, previsibilidad y garantías para desarrollar inversiones que generan empleo, riqueza y oportunidades para el Paraguay”, expresa en su pronunciamiento.
En juicio se establecerán responsabilidades
Resalta además que, la apertura a juicio oral constituye un avance procesal y no una declaración de culpabilidad; teniendo en cuenta que las responsabilidades deberán determinarse con pleno respeto al debido proceso.
De esa manera el gremio señala que es fundamental el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico nacional, sin excepciones ni actuaciones al margen de la ley, con pleno respeto a la Constitución Nacional, los tratados internacionales ratificados, el Código Civil, el Código Penal y demás disposiciones legales aplicables, conforme al orden de prelación establecido en el artículo 137 de la Constitución Nacional.
“En esencia, no se solicita un trato particular ni una intervención política, sino que el Poder Judicial cumpla con sus funciones constitucionales, garantizando la independencia judicial, el debido proceso, la igualdad ante la ley y la correcta administración de justicia”, remarca el comunicado.
Finalmente, exhorta a los poderes del Estado a garantizar la protección efectiva de la propiedad privada, fortalecer la seguridad jurídica y asegurar que las actividades productivas puedan desarrollarse dentro de un marco de legalidad y paz social.
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Viceministro renuncia por ética al confirmarse que su hermano defiende a un preso VIP
El viceministro de Política Criminal y Penitenciaria, Daniel Rubén Maciel Guerreño, presentó su renuncia indeclinable tras conocerse que su hermano defiende a un recluso que estaba en una “celda diferenciada” de la cárcel “Martín Mendoza” de Emboscada.
El Ministerio de Justicia implementará una reorganización y revisión de los procesos internos a raíz de este conflicto de intereses.
En conferencia de prensa, Maciel, confirmó que tomó conocimiento recién en la fecha de hoy sobre la ubicación de una persona privada de libertad en la planta alta del módulo 7 de la penitenciaría cuya defensa está a cargo de su hermano. Sostuvo que su decisión responde a su compromiso con la legalidad y el fortalecimiento de la confianza en las instituciones.
“Hasta el día de hoy desconocía esa circunstancia, dado que no intervengo en los asuntos profesionales de mi hermano ni mantengo conversaciones con él sobre los casos que lleva adelante. Una vez que tomé conocimiento de los hechos, consideré necesario actuar con la máxima responsabilidad y adoptar la decisión que hoy formalizo. Mi renuncia constituye una decisión prudente”, indicó.
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Reconoció que, al ser consultado por la prensa, negó conocer la situación sin haber verificado previamente la información. Ante estos hechos y en el marco de la investigación en curso, decidió presentar su renuncia para preservar la transparencia, la confianza pública y la credibilidad institucional.
“Evitando que mi permanencia en el cargo pueda dar lugar a cuestionamientos que afecten la credibilidad institucional. Esta decisión responde a mi convicción de que el ejercicio de la función pública exige no solamente actuar con apego a la legalidad, sino también adoptar medidas que contribuyan a preservar los procesos de investigación”, detalló.
Así también, durante la conferencia el ministro de Justicia, Rodrigo Nicora, confirmó la designación de Óscar Pereira como nuevo director general de Establecimientos Penitenciarios y anunció que se implementará una reorganización en el sector.
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Defensa de Rivas apeló condena y afirma que la misma se basó en presunciones y no en pruebas
La abogada Alba Zaracho apeló la condena de 8 años de cárcel dictada contra el exsenador Hernán David Rivas por la posesión de un título dudoso de abogado. La defensa de Rivas sostiene que la sentencia de primera instancia adolece de errores de fondo que obligan a su absolución o, como mínimo, a la realización de un nuevo juicio oral para revisar la pena.
Entre los principales argumentos, la defensa menciona que el presunto hecho de producción de documentos públicos de contenido falso ya se encontraba prescripto al momento del inicio del proceso penal. Asimismo, refiere que el fallo no determina las conductas concretas atribuidas al acusado y que el Tribunal de Sentencia lo condenó por hechos que la Fiscalía ni siquiera incluyó en su acusación. A su vez, crítica que no se distinguieron cuáles conductas correspondían a la producción y cuáles al uso de documento no auténtico, un defecto que, según afirman, arrastra el Ministerio Público desde la acusación original.
La abogada Zaracho sostiene además que la condena se basó en presunciones y no en pruebas fehacientes. Añadió que se invirtió la carga de la prueba al exigirle a Rivas demostrar su inocencia, y que se utilizaron elementos que nunca fueron producidos en el juicio oral y público. Respecto a la tipicidad, la defensa argumentó que los instrumentos cuestionados no constituyen “documentos falsos” en el sentido estrictamente penal: “Una designación del Congreso o un acta de juramento no certifican que alguien sea abogado. El título, el certificado de estudios y su registro en el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) son documentos válidos y legales hasta el momento”.
Finalmente, sostiene que la pena de 8 años de penitenciaría, además de ser excesiva, violó garantías de la Constitución Nacional y el Código Penal. El escrito de apelación señala que el tribunal aplicó erróneamente un agravante (la calificación de “especialmente grave”) y duplicó la valoración de los mismos motivos para justificar dicha gravedad, aplicar el concurso de delitos del artículo 70 y realizar la medición de la pena.
Por último, advierten una evidente discordia en los votos de la mayoría, ya que los dos jueces partieron de bases distintas para el cálculo de la sanción, utilizando incluso elementos propios del tipo penal dentro de la medición de la pena.