Un Tribunal de Apelación Penal ratificó la condena al exportero José Luis Chilavert en el juicio por difamación contra el titular de la Conmebol, Alejandro Domínguez; pero a través de su abogado Pedro Marinoni interpuso un Recurso Extraordinario de Casación, lo que fue declarado de inadmisible por la Sala Penal por carecer de sustento jurídico.
“Mediante el Acuerdo y Sentencia N.° 370 de fecha 24 de agosto de 2023, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ha resuelto declarar inadmisible el Recurso Extraordinario de Casación promovido por José Luis Chilavert contra la sentencia de condena y la resolución del Tribunal de Apelación que confirmó esta. Señala la decisión que el recurrente siquiera ha invocado alguno de los motivos que sustentan la casación, no ha manifestado una motivación en razones de hecho y de derecho que demuestren la existencia de algún vicio respecto a la confirmación de su condena”, resalta la resolución de la Sala Penal.
Con el citado pronunciamiento, la condena dictada de 1 año de pena privativa de libertad, con suspensión en su ejecución, se encuentra firme y adquiere el carácter de cosa juzgada.
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Brasil: de 20 a 48 años de cárcel para tres barrabravas por muerte de un hincha rival
Tres barrabravas del club de fútbol Cruzeiro fueron condenados a penas de 20 a 48 años de prisión por la muerte de un hincha del Atlético Mineiro en 2021, en Belo Horizonte, informó la justicia brasileña. El incidente ocurrió el 28 de noviembre de 2021: una emboscada de una de las barrabravas del Cruzeiro contra un autobús que llevaba a hinchas del Atlético Mineiro dejó un muerto y nueve heridos.
El fallecido, Matheus de Freitas Ferreira, tenía 20 años. La decisión del Tribunal de Justicia del estado de Minas Gerais, sureste de Brasil, fue dictada la noche del miércoles. Riquelme Enderson Eibeiro da Silva recibió condena de 48 años y seis meses de cárcel; Luiz Gustavo da Silva Veloso, de 24 años; y Pedro Henrique Coimbra Braga, de 20 años, informó la corte en una nota.
De acuerdo con el fallo, los condenados atacaron el bus con “bombas (incendiarias), piedras, barras de hierro y pedazos de madera”. Esperaban una sentencia definitiva por el caso, pues condenas previas habían sido anuladas debido a irregularidades procesales.
La violencia es un mal recurrente en Brasil y el fútbol sudamericano, con serios episodios en partidos de torneos internacionales, como la Copa Libertadores y la Copa Sudamericana, y en las ligas locales.
Las autoridades brasileñas investigan vínculos de las barras con el crimen organizado.
En septiembre del año pasado, la policía lanzó un operativo contra “criminales” en barras de clubes de Rio de Janeiro, en el que hizo 70 allanamientos. Reportó un muerto en esas acciones por enfrentamiento con armas de fuego. Los controles biométricos vía huella digital o reconocimiento facial son obligatorios por ley en los estadios de Brasil con capacidad para 20.000 aficionados o mayor, como medida para reforzar la seguridad.
Fuente: AFP.
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Juicio a exjueza: Fiscalía podría presentar alegatos finales y pedir los años de cárcel para la acusada
Este viernes prosigue el juicio oral y público para la exjueza en lo Civil y Comercial de Asunción, Tania Irún, acusada de prevaricato por entregar presuntamente más de 310 mil hectáreas de tierras a empresas que serían “de maletín” en la zona de Alto Paraguay. En la fecha, el Ministerio Público podría presentar los alegatos finales y solicitar los años de cárcel para la exmagistrada. En la jornada de este viernes se podría generar la sentencia de primera instancia.
El Tribunal de Sentencia que tiene a su cargo evaluar los elementos probatorios en el presente juicio oral está integrado por Rossana Maldonado, Lourdes Garcete y Juan Francisco Ortiz. El fiscal del caso es Cristian Benítez, quien sostuvo la acusación del Ministerio Público y aportó los elementos de prueba.
Por su parte, el abogado Francisco de Vargas, querellante en la causa, señaló: “La exjueza Tania Irún cedió tierras protegidas por la ley de seguridad fronteriza a sociedades offshore sin tener a la vista estatutos que definan el tipo de acciones, lo cual es grave”. Durante la audiencia oral se dio lectura a la traducción de los estatutos de dos firmas extranjeras.
Asimismo, De Vargas sostuvo que de la lectura del texto traducido surge con claridad que las sociedades poseen acciones de carácter endosable, circunstancia que se encuentra expresamente restringida por la Ley Nº 2532/05 de Seguridad Fronteriza. Indicó que, con base en el fallo dictado por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) en el año 2021 —resolución mediante la cual Irún fue destituida de su cargo—, queda acreditado que la exjueza no contó con los estatutos de ninguna de las cuatro empresas al momento de resolver el juicio civil.
Igualmente, se destacaron los votos de los ministros de la Corte y exmiembros del JEM, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia, quienes concluyeron que Irún cometió mal desempeño en sus funciones al violar la ley de seguridad fronteriza, motivo por el cual fue destituida.
Por su parte la defensa sostiene que no se probó el delito de prevaricato por lo que no puede haber sentencia.
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Cámara de Apelación ratificó suspensión de fusión entre bancos Atlas y Familiar
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala de Asunción, integrada por Linneo Ynsfrán, Esteban Kriskovich y Antonia López, ratificó la medida cautelar que mantiene suspendida la fusión entre los bancos Atlas S.A. y Familiar S.A.E.C.A.
La resolución también ratifica la orden dirigida al Banco Central del Paraguay (BCP) para que se abstenga de aprobar la puesta en producción de la fusión hasta que se descarte la existencia de probables violaciones a los derechos de propiedad intelectual de ITTI sobre el software ITGF, utilizado por Banco Atlas.
El colegiado sostuvo que la medida cautelar tiene un alcance material, funcional y temporal definido, ya que busca proteger exclusivamente la eventual utilización no autorizada del software.
Agregó que permanecerá vigente mientras subsista el riesgo que motivó su dictado y cesará una vez que se compruebe técnicamente que dicho riesgo ya no existe.
“La verosimilitud del derecho no se sustenta solamente en la titularidad del software, sino también en los límites de la licencia, la intervención de un tercero no licenciatario, la fusión y la migración tecnológica reconocida; el peligro en la demora deriva de la posibilidad de consolidación de una utilización no autorizada antes de la comprobación técnica; y la contracautela aceptada resulta, en el estado actual de las actuaciones, suficiente dentro del margen prudencial conferido al juzgador”, señala el voto de los camaristas.
Fallo de primera instancia
En el mes de octubre de 2025, el juez en lo civil y comercial de Asunción, Juan Francisco Blanco, hizo lugar a una medida cautelar presentada por la firma ITTI SAECA e ITTI USA, LLC y ordenó la paralización de la fusión entre los bancos Atlas y Familiar hasta que se determine, mediante pericias, que no se afectan los derechos de propiedad intelectual de ITTI en su calidad de licenciante del software ITGF.
Al hacer lugar la Justicia a la medida cautelar, se ordenó al Banco Central del Paraguay (BCP) que “se abstenga de pronunciarse respecto del proceso de fusión por consolidación entre Banco Atlas S.A. y Banco Familiar, que involucra la puesta en producción del nuevo core bancario de las entidades fusionadas, hasta tanto se determine, a través de pericias técnicas, que este no afecta los derechos de propiedad intelectual de ITTI en su calidad de autor y licenciante”.
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Condenan a 25 años de cárcel a un hombre por abuso sexual de sus dos hijas menores
- Ciudad del Este. Agencia regional
El Tribunal de Sentencia, presidido por el juez Édgar Lezcano e integrado por sus pares Zunilda Martínez Noguera y Herminio Montiel, dictó condena de 25 años de prisión para un hombre de 57 años, por agresión sexual a sus hijas menores de edad. El fiscal que defendió la acusación es Vivian Andrea Coronel.
El juicio oral concluyó este miércoles 22 de julio en el Poder Judicial de Ciudad del Este.
De acuerdo a los hechos juzgados en juicio, los abusos sexuales se registraron de forma sistemática desde el año 2023 hasta diciembre de 2024, en un inmueble ubicado en el km 30 Acaray del distrito de Minga Guazú.
El hombre comenzó abusando de su hija de 12 años, a través de manoseos hasta llegar a actos más agresivos contra una niña. Luego hizo lo mismo con su otra hija, de 6 años.
El hoy condenado hacía que la mamá de sus hijas saliera a la calle a vender yuyos con la finalidad de quedar a solas con sus víctimas. Asimismo, mantenía a los integrantes de su familia bajo un régimen de sometimiento.
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En ese contexto, el hermano de las víctimas era agredido físicamente por enfrentar a su padre al enterarse de los hechos, mientras que la madre también era víctima de violencia cuando cuestionaba a su pareja.
La denuncia llegó al Ministerio Público el 29 de diciembre del 2024, a través del 147 de Fono Ayuda, dependiente del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia. A partir de allí, la Unidad Especializada de la Niñez inició la investigación que derivó en el procesamiento y luego la condena en juicio culminado hoy.
Durante el juicio oral, el soporte digital (DVD) de la Cámara Gesell como anticipo jurisdiccional de pruebas, fue una de las pruebas determinantes.
En el ámbito pericial, los diagnósticos médicos e inspecciones ginecológicas de los profesionales forenses Hugo Céspedes y Martín Alfaro, además de informes psicológicos del Centro de Atención a Víctimas sumaron evidencias para la condena.
La fiscal presentó las declaraciones testimoniales de vecinos del sector donde ocurría el hecho, del hermano de las víctimas y del personal policial interviniente.