Mucho antes de que los minis­terios y los otros organis­mos públicos comiencen a elaborar sus presupuestos del dinero que usarán el año que viene, el Poder Ejecutivo dio a conocer un nuevo reglamento de gastos, con normas bas­tante estrictas. Lo hizo a través del Decreto N.° 3813 promulgado el viernes 25 de abril. La disposición rige para el presupuesto de 2026, a fin de que se ponga freno a las eroga­ciones exageradas y a que se ordene mejor el gasto del dinero estatal.

Lo más llamativo es que en los proyectos de presupuestos de los organismos públicos ya no se podrán incluir aumentos salariales ni la creación de nuevos cargos y se prohí­ben expresamente los gastos superfluos. En otras palabras, se suprimirán las erogacio­nes que no tengan fundamento, además de eliminar todo lo que sea prescindible. Por­que aparte de la austeridad en la utiliza­ción de la plata pública, se buscará mayor eficiencia, en el sentido de usarla mejor y generar un mayor impacto sin aumentar el presupuesto.

Las disposiciones del decreto pretenden que se prioricen las intervenciones orientadas al fortalecimiento de la salud, la educación, seguridad, protección social y las inversio­nes en infraestructura. Esto con el propósito de que estén en línea con los ejes de desarro­llo más relevantes para la ciudadanía.

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Se pretende además promover una visión integral del gasto público, utilizando la pla­nificación, la programación presupuesta­ria y las contrataciones públicas, de acuerdo con lo dispuesto en el documento oficial.

Según las explicaciones dadas por los fun­cionarios, “se destaca la necesidad de que el gasto público esté alineado con la capaci­dad real de financiamiento, respetando las metas de déficit fiscal y promoviendo medi­das de racionalización, para lo cual las ins­tituciones deberán optimizar sus recursos y evitar duplicidades”.

Un detalle de suma importancia son algu­nas medidas para racionalizar el gasto estatal. Como la disposición que prohíbe la inclusión de aumentos salariales, salvo los relacionados al salario mínimo legal. Ade­más, se aplicarán criterios estrictos para la creación o modificación de cargos, en espe­cial en los casos de los docentes y del perso­nal de seguridad pública.

Otro dato de relevancia que merece una atención especial y no se puede dejar pasar es que se prohíbe de manera expresa en el presupuesto la inclusión de gastos super­fluos para financiar “souvenirs, arreglos florales, catering institucional, agasa­jos, celebraciones y similares, priorizando exclusivamente aquellos que sean esencia­les para el cumplimiento de los fines misio­nales”, según la explicación oficial.

Con relación a los gastos que se destinen a las obras públicas y afines, el decreto tiene disposiciones para la programación de las inversiones públicas, que tienen que incluir proyectos con el código del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) vigente, además de la vinculación de los recursos del crédito público con cronogramas de ejecución rea­listas y sostenibles, de acuerdo con los deta­lles informativos provistos por el Gobierno.

La idea señalada por el Ministerio de Econo­mía y Finanzas (MEF) es que con las dispo­siciones del decreto el Gobierno “reafirma su compromiso con una gestión pública moderna, transparente y orientada a resultados, que garantice el uso responsable de los recursos públicos en beneficio de toda la ciudadanía”.

El proyecto de ley del Presupuesto Gene­ral de la Nación lo elabora dicha secretaría de Estado, a partir de julio, por lo que antes de ese mes los organismos públicos deben hacerle llegar sus anteproyectos con los gastos que prevén para el año venidero. Por consiguiente, las entidades estatales tienen ahora dos meses, mayo y junio, para hacer los cálculos y prever la cantidad de dinero que requerirán y en qué realizarán los gas­tos en el 2026. Por ello, antes del 30 de junio deben presentar sus anteproyectos con todos sus requerimientos financieros.

El documento final con las previsiones financieras de ingresos y egresos lo elabora el MEF y en los últimos días de agosto debe presentarlo al Congreso. A partir de setiem­bre las cámaras legislativas estudian el proyecto de ley de presupuesto, que deben aprobarlo para pasarlo al Poder Ejecutivo a más tardar el 20 de diciembre para que lo promulgue como ley de la nación.

Las disposiciones adoptadas en el decreto aludido son de suma importancia para fre­nar los excesos financieros, ya que impedi­rán incluir en la ley de presupuesto de 2026 asuntos anodinos y permitirán usar mejor el dinero público.

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