En la actualidad existe una gran discusión en torno al proyecto de ley de “Creación de la Superin­tendencia de Jubilaciones y Pen­siones”. Porque a pesar de la necesidad de regular adecuadamente el uso de los fon­dos jubilatorios con normas apropiadas, hay gente que pretende lo contrario, de que siga sin que tenga la protección necesaria y puedan ser despilfarrados.

Es un documento muy necesario para que finalmente en nuestro país se pueda tener garantizado el buen uso del dinero apor­tado por los trabajadores para obtener una pensión digna en su ancianidad. Porque hasta la actualidad no existía una norma­tiva que impida los abusos en la utilización de los recursos financieros, lo que ha dado lugar a varios casos lamentables de mal uso del dinero de los aportantes. Uno de ellos, y el más famoso, es el de la Caja de Jubilados de Empleados Bancarios, que ha causado un gran perjuicio a sus beneficiarios.

El principal interesado en la ley para prote­ger a los jubilados es el Gobierno nacional, que está poniendo todo su empeño para que finalmente se cuiden a los más necesi­tados. Con ello no está haciendo otra cosa que lo que le manda la Constitución Nacio­nal, que en el segundo párrafo del artículo 95 señala: “Los servicios del sistema de seguridad social podrán ser públicos, pri­vados o mixtos, y en todos los casos esta­rán supervisados por el Estado”. Y para que el Estado pueda supervisarlos requiere de una ley como la que ocupa nuestra aten­ción.

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La Carta Magna establece en el párrafo siguiente del mismo artículo: “Los recur­sos financieros de los seguros sociales no serán desviados de sus fines específicos; estarán disponibles para este objetivo, sin perjuicio de las inversiones lucrativas que puedan acrecentar su patrimonio”. No solo no deben ser desviados de sus propó­sitos, sino que se los debe utilizar adecua­damente si se invierte. El problema que se plantea ante las inversiones es que muchas no resulten lucrativas, sino perjudiciales, lo que hace muy necesaria una disposición legal para intervenir y garantizar que sean rentables.

Esa es una de las razones fundamentales por las que Gobierno está interesado en la aplicación de normas adecuadas mediante una ley como la que se propuso, a pesar de la oposición de algunos sectores que aún no entienden el problema de fondo o están movidos por otros intereses.

Los opositores a la ley dicen que el Gobierno quiere utilizar los fondos del IPS, y que para ese propósito es que está a favor de la nueva norma. Lo cual no es cierto.

Para evitar esa y cualquier otra interpreta­ción inadecuada el proyecto de ley aprobado incluye normas bien específicas. Así, en el artículo 43 se establece de manera cate­górica que “los fondos del IPS no podrán ser prestados al Estado, a las gobernacio­nes y a los municipios”. Esa disposición se introdujo a propuesta del senador Arnaldo Samaniego. Algo muy claro y contundente para despejar cualquier tipo de duda.

El proyecto consigna que la administra­ción de los fondos de jubilación seguirá dependiendo, como ahora, de las cajas res­pectivas, no de organismos estatales. La función que se asigna a la superintenden­cia es la de fiscalizar, controlar y hacer el monitoreo correspondiente.

Uno de los principales temores, el que el Estado meta la mano en la caja, está des­cartado expresamente. Otro detalle es que los fondos no podrán ser confiscados por el Gobierno. El propio presidente Santiago Peña ha aclarado la importancia de la ley y que no se tocarán los recursos financie­ros. “Tenemos que resolver esto porque es una bomba de tiempo. El Estado no va a administrar los fondos previsionales. El Gobierno no quiere tocar los fondos del Instituto de Previsión Social (IPS), no quiere y no necesita; lo que se necesita es que alguien controle a los administradores porque hoy no hay ningún tipo de control”, manifestó.

Un detalle importante es que la ley tiene el respaldo de organizaciones de obreros de extensa historia de luchas sindicales, como la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Central Nacional de Trabajado­res (CNT), entre otras, además de gremios empresariales, que son también aportan­tes al IPS.

Cuidar adecuadamente los fondos jubila­torios, anteriormente desprotegidos legal­mente, es una necesidad urgente y una obligación ineludible.

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