La fiscalía brasileña que, indebidamente, pidió la prisión preventiva para el ex presidente Horacio Cartes hizo caso omiso a la conclusión final de las investigaciones de la policía. Sin elementos, lo involucró hasta pedir que se lo aprese. Puesto que de los hechos investigados por la policía no se desprendía la responsabilidad del ex presidente para pedir su apresamiento, la institución policial solamente había solicitado su indagatoria.
El informe final del delegado de la investigación de la Policía Federal de Brasil (PFB), del 18 de noviembre último, excluyó a Cartes del pedido de prisión porque no hallaron indicios en su contra, lo que fue ignorado por la fiscalía, que no aportó ningún elemento nuevo que pudiera fundamentar su solicitud de prisión.
Aparte de los gruesos errores e inconsistencias varias expuestos por la justicia brasileña en su pedido, hay un detalle fundamental que debe ser tenido en primerísimo lugar: la territorialidad de la ley. Ningún juez del Brasil ni de ningún país del mundo puede pretender con lógica jurídica tener jurisdicción en el territorio de otro país. Porque las leyes del Brasil, hay que repetirlo, no se pueden aplicar en Paraguay ni en ningún otro país soberano, porque al no tener valor no existen y por lo tanto no pueden aplicarse.
Pero aparte de que la ley brasileña no tiene vigencia en territorio paraguayo, los argumentos por los que se quiere involucrar al ex presidente paraguayo no tienen lógica ni fundamento en la realidad. Y uno de esos gruesos errores es que la fiscalía agregó a Cartes a la lista de personas que tendrían que ser detenidas sin mérito para ello, porque los propios investigadores de la policía no lo pidieron por no considerarlo necesario. Y no lo creyeron necesario porque no encontraron indicios contra él.
De acuerdo con los datos de la exploración periodística, el delegado de la Policía Federal de Brasil, Alexandre Camoes Bessa, fue el encargado de la investigación de la Operación Patrón, como se la denomina. Y en el despacho de indicios que incluye el relato de lo actuado no se señala a Horacio Cartes entre los indiciados. A pesar de ello, contra toda lógica, la fiscalía dejó de lado ese documento y solicitó no solo la detención internacional del ex presidente sino también su prisión preventiva. Lo que se considera un llamativo despropósito y una extralimitación en sus funciones.
El documento de la Policía Federal pidió la aprehensión y prisión temporal de 18 personas cuyos nombres y apellidos constan en la lista, con base a los fundamentos de hecho y de derecho. La nota que está fechada el 18 de noviembre último no incluye el nombre de Horacio Cartes, por lo que extraña sobremanera que la fiscalía lo haya metido entre ellos, sin dar fundamentos de esa decisión.
Es bueno señalar que el documento en que se encuentran los indicios de las transgresiones legales lo elabora la Policía Federal con base a los hechos que investiga. Las conclusiones a las que llega le permiten discernir si las personas investigadas cometieron algún crimen. En el despacho elaborado por la autoridad policial no se menciona a Cartes, por la simple razón de que no cometió ningún delito.
Pero eso no es todo, los que analizaron la acusación presentada por el ministerio público brasileño afirman que el documento no describe un solo hecho puntual que vincule directamente a Cartes en la supuesta organización criminal que se atribuye a Darío Messer. El único argumento para pedir la prisión es para evitar una posible influencia en el proceso o el orden público. Pero tampoco dice cómo podría darse esa influencia que se quiere evitar.
Esta es una de las razones por las que la presentación de los abogados de Cartes dice que el tribunal brasileño de Río de Janeiro decretó el arresto preventivo del ex presidente por motivos genéricos y poco claros, lo que califican como un hecho vergonzoso ilegal evidente.
Como puede observarse, además de no haber indicios de que el señor Cartes haya cometido delito alguno, por lo que no correspondería incluirlo en el pedido de prisión, la justicia del vecino país no tiene jurisdicción en el Paraguay para pedir una sanción por un hecho que se habría producido aquí. Por lo que la conclusión más simple es de que se trata de una monstruosa aberración jurídica.