Algunos funcionarios que ocu­pan cargos importantes en cier­tos ministerios del Poder Ejecutivo se han sorprendido al inicio de la semana al recibir una circular emanada de la más alta autoridad de la repartición, que los obliga a poner a disposición sus cargos respec­tivos en el plazo de 48 horas. El hecho parece­ría normal y corriente, pero lo que les extraña y alarma a estos empleados públicos es que teniendo las autoridades ministeriales potes­tad y autoridad para hacer los cambios que deseen en los cargos de confianza, a través de resoluciones o decretos, los estén obligando a renunciar a través de una circular.

La pregunta que se ha hecho más de uno es si no se trata esto de una especie de caza de bru­jas que emprenden algunas dependencias del nuevo gobierno para perseguir a funcionarios por haber sido nombrados en esas responsabi­lidades por el anterior.

La Circular N° 1, del 20 de agosto, del Ministe­rio de Obras Públicas y Comunicaciones, fir­mada por el ministro Arnoldo Wiens Durksen, dice: “Los señores viceministros, directores y gerentes de proyectos del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones deberán poner a disposición del gabinete del ministro sus res­pectivos cargos, en el término de 48 horas, a partir de la recepción de la presente circular”.

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Teniendo en cuenta situaciones que se han dado en otras entidades, como en el caso de la Policía Nacional, algunos afectados han expresado su justificado temor, pues no le encuentran razón para que se actúe de una manera descabellada en un asunto tan sim­ple y rutinario para la función pública como remover personas de cargos de confianza.

Una circular es un instrumento para comu­nicar un determinado mensaje a un círculo de personas, sea de una institución o de una sociedad bien definida. No tiene ningún valor jurídico ni peso legal para obligar con ello a que ciertos funcionarios, que tienen su dig­nidad de personas y sus derechos, renuncien, que es el término que corresponde a la expre­sión “poner el cargo a disposición”.

Teniendo en cuenta que lo que se quiere hacer con una circular es solo divulgar una infor­mación a un grupo de personas y no obligar­les a dimitir, se puede pensar que detrás hay otro propósito no declarado. Y es que con estas comunicaciones se pretende intimidar inapro­piadamente a los funcionarios del Estado.

Porque si son viceministros, jefes de depar­tamentos y gerentes de proyectos a los que se quiere remover, el ministro, de Obras Públicas en este caso, debe emitir una simple resolu­ción ministerial o un decreto del Poder Eje­cutivo para hacer los cambios que correspon­den. No hace falta enviar a los funcionarios un pedido de dimisión generalizado.

La Ley 1.626/2000 “De la Función Pública” es muy clara sobre la remoción en los car­gos de confianza, cuando en su Art. 8 dispone que quienes ocupen tales funciones podrán ser removidos por los que estén facultados para ello, como el ministro, en este caso. Que los funcionarios que hayan sido promovidos a ocupar estos cargos conservan los dere­chos adquiridos con anterioridad al nom­bramiento. Y cuando se remueve de un cargo de confianza a un funcionario con estabili­dad, el afectado puede volver a las funciones anteriores o ser indemnizado por despido sin causa.

En vista de lo mencionado, no se puede enten­der el propósito de esta comunicación del MOPC u otras notas conocidas, a menos que se quieran hacer purgas como las que acostum­bran los gobiernos autocráticos, que no cree­mos esté en la mente de las nuevas autorida­des. Por ello, es aconsejable que los ministros que procedieron de ese modo se rectifiquen y actúen como corresponde a una sociedad en la que no se persigue a nadie por su manera de pensar ni por su bandera política.

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