El 6 de noviembre pasado, el Ministerio Público del Brasil (MPB) en Río de Janeiro pidió al juez Marcelo Da Costa Bretas, prisión preventiva para el ex presidente Horacio Cartes basado en un informe preliminar de la Policía Federal del Brasil (PFB), que sólo pedía indagatoria para Cartes. En el informe conclusivo del delegado de la investigación de la PFB, fechado el 18 de noviembre, ya excluyeron a Cartes porque no hallaron indicios en su contra. Sin embargo, olímpicamente el MPB ignoró dicho informe y nunca solicitó una rectificación y tampoco arrimaron elementos nuevos.
Por Jorge Torres Romero
El informe de 41 páginas elaborado por el Ministerio Público del Brasil en Río de Janeiro tiene fecha 6 de noviembre. Este documento fue enviado al juez Marcelo Da Costa Bretas en el que los fiscales solicitan prisión preventiva para 18 personas, 8 paraguayos, entre ellos la del ex presidente Horacio Cartes. Los fiscales se basaron en la investigación preliminar de la Policía Federal del Brasil, en la que solicitaba prisión preventiva para 17 personas, y una indagatoria para el ex presidente Cartes.
Sin embargo, sin arrimar ningún elemento nuevo, más allá de la interpretación que le hicieron al informe preliminar de la PFB, los fiscales solicitaron la prisión preventiva para las 18 personas. Lo llamativo del caso es que en fecha 18 de noviembre, el delegado de la Policía Federal del Brasil en su informe conclusivo directamente excluye a Cartes, porque no encontraron indicios suficientes en su contra. Este informe final conclusivo no fue tenido en cuenta por los fiscales, pero sí el informe preliminar.
El delegado de la Policía Federal brasileña, Alexandre Camoes Bessa, fue el que tuvo a su cargo la investigación de la denominada Operación Patrón, en su despacho de indicios que incluye el relatorio de todo lo actuado, ni siquiera menciona a Horacio Cartes entre los “indiciados”. Sin embargo, el Ministerio Público obvió este documento y se extralimitó en sus funciones al solicitar no sólo la detención o captura internacional del ex presidente de la República, sino su prisión preventiva.
Según el documento al cual tuvimos acceso, “en base a los fundamentos de hecho y de derecho” expuestos por el Delegado de la PF, se requiere la aprehensión y prisión temporal en base a los indicios de las siguientes personas: Darío Messer, Myra De Oliveira Athayde, Alcione María Mello de Oliveira, Arleir Francisco Bellieny, Roland Pascal Gerbauld, Roque Fabiano Silveira, Lucas Lucio Mereles Paredes, Najun Azario Flato Turner, Luiz Carlos De Andrade Fonseca, Valter Pereira Lima, Felipe Cogorno Álvarez, Édgar Ceferino Aranda, José Fermín Valdez González, Jorge Alberto Ojeda Segovia, María Leticia Bóveda Andrada, Antonio Joaquim Da Mota, Cecy Mendes Goncalves y Antonio Joaquim Mendes. La nota que lleva la firma del delegado Alexandre Camoes Bessa, está fechada en Río de Janeiro, el 18 de noviembre del corriente año.
El despacho de indicios es elaborado por la Policía Federal en base a los hechos investigados y las conclusiones a las que llega permiten determinar si la persona cometió un determinado crimen y su autoría. En este despacho, no se menciona a Cartes porque entiende que él mismo no cometió ningún crimen o delito.
De este modo, el Ministerio Público Federal, que tiene la legitimidad para denunciar y la autoridad para requerir la prisión como de hecho ocurrió, claramente se extralimitó y dejó de lado las conclusiones de la Policía Federal para seguir adelante con su intención de detener al ex presidente Cartes.
SIN FUNDAMENTO
En ninguna parte de la acusación presentada por el Ministerio Público Federal se describe un hecho puntual que vincule directamente a Cartes con la supuesta organización criminal que dirige Darío Messer y el único argumento para requerir la prisión es para evitar una posible influencia en el proceso o el orden público, pero sin detallar de qué manera.
En el escrito de la defensa de Horacio Cartes, los abogados señalan que el 7° Tribunal Federal de la Subsección Judicial de Río de Janeiro decretó el arresto preventivo de Cartes por motivos genéricos y poco claros, lo que constituye un hecho vergonzoso ilegal evidente. Alegan que la detención previa fue ordenada supuestamente porque el ex presidente de la República “fomentó y financió una organización criminal encabezada por Darío Messer mientras estaba prófugo en Paraguay” y por “ayudarlo” con dinero para financiar abogados paraguayos que lo defenderían ante el Poder Judicial paraguayo.
Ayer, los abogados brasileños del ex presidente Cartes, Jacinto Coutinho y Edward Rocha, hicieron estas puntualizaciones en el escrito de hábeas corpus presentado ante el Supremo Tribunal de Justicia del Brasil en relación al informe final de la Policía Federal y el informe preliminar que tuvo en cuenta el Ministerio Público para pedir la prisión preventiva.