En el caso de la compra de combustible por un valor aproximado de G. 98 millones para una camioneta. El fiscal Edgar Sánchez solicitó medidas alternativas. Foto: Archivo
Imputan a Efraín Alegre por producción de documentos falsos
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En el caso de la compra de combustibles por un valor aproximado de G. 98 millones para una camioneta, el fiscal Edgar Sánchez imputó a Efraín Alegre, titular del Partido Liberal, Pascual Benítez y Luis Moriz por la producción de documentos no auténticos, producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso. Además, solicitó medidas alternativas para los 3 imputados.
De acuerdo a la investigación, el Ministerio Público corroboró con Silvio Concepción Martínez, propietario de la estación de servicio Catedral que figuraba como proveedora de combustible por un valor de G. 98 millones, que las facturas presentadas a Justicia Electoral para el amparo de subsidios electorales, correspondían a una transacción de compra por valor de G. 100.000 y que estaban a nombre de otra persona.
Aparentemente, se utilizaron las facturas de la gasolinera para figurar como compra para el Partido Liberal, falseándose además los montos descriptos.
“El presidente del PLRA rinde cuentas del dinero gastado del subsidio recibido, y a la vez reclama el pago del subsidio avalando estas facturas”, indicó el fiscal respecto a la responsabilidad civil y penal de Efraín Alegre. Asimismo, agregó que la responsabilidad jurídica del presidente del Partido Liberal entra al momento de suscribir y avalar esa documentación al remitirla a la Justicia Electoral para el amparo de subsidios electorales.
Factura “clonada”, parte de la rendición de cuentas
El agente del Ministerio Público relató que Barrientos y Moriz eran apoderados del PLRA en Alto Paraná y como tales presentaron al directorio una factura a nombre del partido por G. 98.000.000. Luego, el dueño de la estación de servicio, Silvio Concepción Martínez, se entera y verifica sus registros contables, encontrando que la factura en cuestión, teniendo en cuenta el número, había sido emitida a nombre de una persona física por el monto de G. 100.000.
Ante esto, el empresario presenta la denuncia ante la Fiscalía y la Subsecretaría de Estado de Tributación. Tras ello, se cotejó la información proporcionada y se constató que efectivamente la factura estaba “clonada”. La misma no fue emitida por la empresa, pero formaba parte de la rendición de cuentas de los apoderados liberales ante el directorio del PLRA.
Admiten imputación contra Vicente Bataglia y fijan audiencia de medidas para el 20 de agosto
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El juez de Delitos Económicos Rodrigo Estigarribia admitió la imputación y procesó penalmente al extitular del Instituto de Previsión Social (IPS), Vicente Mario Bataglia, quien se puso a disposición de la Justicia mediante su abogado. Esto ocurre en el marco de la causa en la que fue imputado por supuesta lesión de confianza y un presunto perjuicio patrimonial de G. 61.000 millones, relacionado con la provisión de quirófanos modulares para el Hospital Central.
Asimismo, el magistrado fijó para el próximo 20 de agosto a las 09:00 la audiencia de imposición de medidas cautelares, donde se definirá si ordena la prisión de Bataglia o si se le beneficia con medidas alternativas. Bataglia, quien se encontraba fuera del país, compareció primeramente ante el fiscal Julio Ortiz, se abstuvo de declarar y logró que se levantara la orden de detención en su contra.
La defensa sostiene que no existe hecho punible atribuible a Bataglia. Su abogado también consideró relevante que la Fiscalía haya desestimado la denuncia contra el representante de la empresa que habría sido beneficiada con las adendas contractuales cuestionadas.
Según la imputación, Bataglia, como presidente del IPS y firmante de las adendas N.° 3 y 4, habría otorgado junto con otros funcionarios condiciones favorables a Neighpart S.A., permitiendo pagos por aproximadamente G. 61.000 millones y ocasionando un supuesto perjuicio patrimonial a la previsional.
Metrobús: “El daño no solo es patrimonial, se pagó por una obra que no tenemos”, dice fiscal
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“Arnoldo Wiens pagó con plata del Estado para destruir infraestructuras del Estado que estaban siendo construidas en el marco de un proyecto que venía hace más de 20 años”, dijo la fiscal Yeimy Adle al defender la acusación y pedido de juicio oral y público para el exministro de Obras Públicas en el marco de la fallida obradel metrobús.
“Nosotros queremos que se esclarezca el caso, que sea debatido en un juicio oral, que se conozcan las pruebas que tenemos. La defensa también presentará las suyas y tendrá oportunidad en la audiencia preliminar de ofrecer todas las pruebas de descargo que tengan”, indicó la agente de la Unidad Especializada en Delitos Económicos, este miércoles, en el programa “Así son las cosas” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Adle detalló que Wiens, al asumir el cargo de ministro de Obras Públicas en agosto del año 2018, durante el gobierno de Mario Abdo Benítez, tenía la obligación de resguardar el patrimonio estatal y garantizar la continuidad de las obras del metrobús, adjudicadas a la firma portuguesa Mota Engil.
“Al asumir la administración del Ministerio de Obras Públicas, el proyecto ya estaba en un avance físico de aproximadamente 40 % y, poco más de dos meses de asumir como ministro, firma el 23 de octubre del mismo año (2018) con la empresa Mota Engil un documento al que le llamaron acta de entendimiento, donde acordaron la suspensión de las obras, y el Ministerio de Obras Públicas solicitó la sustitución de los trabajos del contrato con otros trabajos que estaban destinados solamente para rehabilitar el tránsito en la zona del tramo 3 de metrobús”, manifestó.
Parte de las obras del corredor central del Metrobús, que Arnoldo Wiens ordenó destruir en su gestión al frente del MOPC. Foto: Agencia IP
Agregó que para destruir las obras existentes, la administración de Wiens destinó la suma de 8.030.693.029 de guaraníes (más de 8.000 millones), con el solo fin de habilitar el tránsito vehicular. “Se contaba con financiamiento vigente, frentes disponibles y el respaldo de la Municipalidad de Asunción, pero prefirieron soterrar lo construido. En abril del 2020 dispuso la demolición de las seis estaciones del corredor central, que están indentificadas como las estaciones 19 al 24, por las cuales el Estado había pagado G. 6.924.624.006”, lamentó la fiscal.
Añadió que, antes de demoler las obras, Wiens había requerido al entonces contralor Sergio Coscia, quien hoy ejerce su defensa, un parecer jurídico. “Se le señaló que para proceder a esa demolición tenía que tener un dictamen técnico previo. Le preguntamos al MOPC si fue realizado ese dictamen técnico, a la Procuraduría y Contraloría, si recibieron el documento y todas las respuestas fueron negativas y él igualmente procedió a la demolición de las estaciones y dispuso el destino de los materiales que debían ser utilizados en el sistema troncal para otros fines y esos materiales tenían una protección especial de acuerdo a la Ley 5133″, comentó.
Señaló que los materiales para la obra debían ser destinados para otros fines, una vez que haya finalizado el metrobús y con la autorización del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que financió la obra. “El proyecto no terminó, no se tuvo la autorización, pero Wiens dispuso que los mismos materiales sean llevados a los hospitales para el relleno de estacionamientos y otros fines que no correspondían”, precisó.
Detalló que fueron destinados para la construcción de la obra más de 180.000 millones de guaraníes. Agregó que el daño patrimonial ocasionado por Wiens, quien se encuentra acusado por lesión de confianza y daño a obras construidas, es de aproximadamente 14.995 millones de guaraníes.
“Ese es el monto, pero tenemos que tener en cuenta que lo que quedó inutilizado es mucho más porque no tenemos el metrobús, se pagó más de 180.000 millones de guaraníes por la obra que finalmente no tenemos. La acusación también sostiene que, después de esto, Arnoldo Wiens tenía alternativas para continuar con el proyecto, reconducirlo, tenía el informe de intervención que el mismo había dispuesto que se realice, el cual le aconsejaba que tenía que continuar con el proyecto, pero no se continuó”, refirió.
Añadió que, de acuerdo al marco penal, el dirigente abdista se expone a una condena de hasta siete años y medio de cárcel. “La admisión de la imputación contra Wiens fue por lesión de confianza, pero, como todos sabemos, los tipos penales son provisorios en esta etapa y, recién al finalizar el juicio oral y público, un tribunal de sentencia fija precisamente cuáles son los tipos penales que fueron demostrados. Para el Ministerio Público también existe el daño a obras construidas porque las obras fueron soterradas y las seis estaciones formaban parte de una estructura técnica de un sistema de transporte público y esto perdió funcionalidad”, indicó.
Refuta argumento de la prescripción
Con relación al argumento de la prescripción que plantea de forma insistente la defensa de Wiens, Adle recordó que la citación a indagatoria realizada el 4 de octubre de 2023 interrumpió formalmente el cómputo del tiempo, postura que ya fue ratificada tanto en primera como en segunda instancia judicial.
Con la acusación presentada dentro del plazo reglamentario, el caso queda pendiente de la fijación de la audiencia preliminar, donde el Juzgado Penal de Garantías deberá resolver la admisión de las pruebas para elevar la causa a juicio oral.
“Claramente nuestra ley penal dice que un acto interruptivo de la prescripción es la citación a la indagatoria del inculpado, al señor Wiens se le citó por primera vez en esta causa el 4 de octubre del 2023 y los hechos por el que se encuentra hoy en día acusado se iniciaron el 23 de octubre del 2018, se le citó días antes de la prescripción. Esto cortó el plazo de prescripción y se cuenta de nuevo 5 años después de eso, entonces la causa no prescribió”, argumentó.
Refirió también que “es una posición de la defensa que ya fue resuelta en primera y segunda instancia porque eso ya habían planteado cuando presentaron el recurso de reposición”.
“La oposición debe pensar seriamente en el balotaje”, sostiene Dionisio Amarilla
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El senador Dionisio Amarilla indicó que los partidos y movimientos de la oposición, con representación en el Congreso Nacional, deben impulsar la inclusión de la herramienta del balotaje o segunda vuelta con miras alas elecciones presidenciales del 2028. Agregó que el proceso debe ser encaminado principalmente por el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA).
“El PLRA no puede dejar de discutir el balotaje. Posturas antagónicas en su momento, que más bien buscaban llegar al Senado antes que capturar el poder de la República, es lo que nos llevó a no discutir esta posibilidad que está vigente en casi toda Latinoamérica”, indicó el parlamentario, este martes, a los medios de comunicación.
Amarilla acotó que si se quiere un 2028 promisorio para el Paraguay, en su opinión están los políticos que se encuentran en condiciones de discutir una reforma profunda la Constitución Nacional. “La oposición debe pensar seriamente en el balotaje, ya lo escuché al colega Enrique Salyn Buzarquis hablar sobre esto y coincido”, aseguró.
Agregó que se cuenta con el tiempo necesario para impulsar su discusión y puesta en vigencia. “Cuando hay voluntad política, los tiempos se acortan, cuando los políticos discutimos maduramente, los tiempos no son los limitantes, vayamos al balotaje y probemos el cuerpito. Es una buena alternativa para que el Partido Liberal y los candidatos que vayan surgiendo midan sus fuerzas”, refirió Amarilla, a la par de mencionar que también es momento de discutir sobre la figura de la reelección presidencial. “Por supuesto, pongamos todas las cartas en el asador”, comentó.
El planteamiento de Amarilla surge en el marco de la propuesta de su colega el titular del Congreso Nacional, Basilio “Bachi” Núñez, de reglamentar la figura de la senaduría vitalicia.
La mujer habría manifestado que recurrió a esa medida porque ya no podía controlar al niño y que este no obedecía sus indicaciones. Foto: Captura de video
Niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela: ¿qué dice la ley sobre los límites de la disciplina?
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Un niño de 10 años habría sido encadenado por su abuela materna en una vivienda, según una denuncia presentada ante la Policía y difundida inicialmente por C9N. El caso ya se encuentra en conocimiento del Ministerio Público y de la Defensoría de la Niñez, que deberán determinar las circunstancias del hecho y las eventuales responsabilidades.
Según el reporte policial, una familiar del menor se presentó en la comisaría acompañada del niño y relató que lo encontró en la vía pública luego de que este saliera de la vivienda. Al observar que tenía una cadena colocada en una de sus manos, la mujer habría procedido a retirársela y posteriormente comunicó lo ocurrido a las autoridades.
La Fiscalía y la Defensoría de la Niñez fueron informadas del caso para activar las medidas correspondientes. El niño quedó provisoriamente bajo el cuidado de su tía, mientras que la abuela quedó a disposición de las autoridades.
De acuerdo con el relato de los intervinientes, la mujer habría manifestado que recurrió a esa medida porque ya no podía controlar al niño y que este no obedecía sus indicaciones.
El caso vuelve a poner sobre la mesa una cuestión que trasciende la investigación puntual: ¿hasta dónde puede llegar un adulto cuando intenta corregir la conducta de un niño?
En Paraguay, los niños y adolescentes son sujetos de derechos y cuentan con protección especial frente a cualquier forma de violencia o vulneración. Las medidas de disciplina o corrección no pueden utilizarse como justificación para someterlos a situaciones que afecten su integridad física o psicológica.
La normativa paraguaya establece además el principio del interés superior del niño, que debe orientar las decisiones de las autoridades y de quienes tienen a su cargo su cuidado. Esto significa que una persona adulta no puede disponer de cualquier mecanismo bajo el argumento de estar disciplinando a un menor.
Cuando una medida implica violencia, sometimiento o una afectación de sus derechos, corresponde la intervención de las instituciones encargadas de su protección. El caso podría configurar una situación de maltrato.
No obstante, será la investigación la que deberá establecer qué ocurrió exactamente, durante cuánto tiempo estuvo el niño en esa situación, cuáles fueron las circunstancias y qué responsabilidad corresponde a los adultos involucrados.
La prioridad de las instituciones intervinientes será garantizar la protección del menor y determinar las medidas necesarias para resguardar sus derechos.
La denuncia también vuelve a poner de relieve la importancia de que situaciones de posible violencia o vulneración contra niños sean comunicadas a las autoridades, en lugar de recurrir a medidas que puedan poner en riesgo su integridad.