Por unanimidad de sus miembros, el Tribunal Disciplinario de la Asociación Paraguaya de Fútbol (APF) no hizo lugar el pedido de revocación de la sanción de dos partidos que recibió el defensor del Olimpia, Hernán Pellerano.

Según argumentó Raúl Prono, en conferencia de prensa, la suspensión se mantuvo porque la declaración de Fabio Escobar, vía escribanía, presentada como prueba por la dirigencia franjeada no presenta nuevas pruebas.

"El jugador (Pellerano) presentó una suerte de declaración testifical prestada por el jugador Fabio Escobar ante un notario público, cuya autenticidad no discutimos, pero esto no es un hecho nuevo. Las declaraciones fueron analizadas en audios y videos", explicó Prono.

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Reconoció sí que "hay un ingrediente nuevo que es que no solo el árbitro (Arnaldo Samaniego) no le dijo esa palabra sino tampoco a él", pero aclaró que "eso no sirve para desvirtuar el informe del árbitro, que para nosotros es una escritura pública".

"Es imposible para nosotros verificar la veracidad de este hecho. El informe del árbitro es suficiente", insistió Prono, para luego afirmar que, aún sabiendo que no se podría modificar la sanción, el Tribunal se reunió "porque tenemos un pedido del jugador de revisión de la sanción".

"Esto básicamente es inapelable, una sanción de dos partidos, pero puede caber una revisión que es lo que hizo el jugador. Nos cupo a nosotros la competencia de tratar y resolvimos por unanimidad, como ya lo hicimos la primera vez. Nunca tuvimos duda sobre esto", sentenció Raúl Prono.

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