• Por Aníbal Saucedo Rodas
  • Periodista, docente y político

En palabras de Epifanio Méndez Fleitas, el Manifiesto del 11 de setiembre de 1887 es el antiguo testamento del Partido Nacional Republicano; en tanto que su evangelio –las buenas nuevas– está representado por la Declaración de Principios aprobada el 23 de febrero de 1947, durante una convención desarrollada en el Teatro Municipal. Este último documento, que ratifica la línea ideológica del coloradismo, parte “incuestionablemente de las ideas vertebrales sustentadas en las doctrinas y en el Programa del Partido” (Roberto L. Petit)). Por ello, no solo confirma que es una “nucleación de hombres libres”, sino que ratifica también que “busca promover el bienestar del pueblo paraguayo sobre la base de la igualdad, la justicia y la soberanía popular, manifestada en la forma republicana, democrática y representativa de gobierno”.

La expresión “nucleación de hombres libres” encierra una concepción filosófica de la vida, y no debe interpretarse de manera superficial, como ha ocurrido en los últimos tiempos de la interminable transición democrática, para justificar indisciplinas ante las resoluciones partidarias y, aun peor, para promover traiciones a raíz de disputas particulares, que degeneraron en rencores y venganzas, teniendo al partido como su primera víctima.

Para la Declaración de Principios, la realización integral y concreta del hombre no es una simple fundamentación teórica, ni se agota en la libertad política; por tanto, el Partido Colorado plantea la libertad cultural, social y económica del ser humano, lejos del espejismo de libertad que ofrece el liberalismo, donde el hombre es aparentemente libre, pero no es realmente libre, como argumenta Manuel Frutos Pane en su “Ensayos republicanos: Historia y doctrina colorada” (Editorial Clásicos Colorados, Asunción, 1988).

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El varias veces citado en artículos anteriores, Ezequiel González Alsina, también rebate –en su análisis del Manifiesto– “los criterios liberales individualistas, con su concepto de libertad igualitaria del zorro y las gallinas sueltas en el corral cerrado”, superados por “el nuevo concepto del hombre en la comunidad y la comunidad para el hombre”.

Esta reflexión bien podría aplicarse a la Declaración de Principios de 1947, evidenciándose que ambos documentos históricos del coloradismo se complementan y se ensamblan en un solo cuerpo doctrinario. La Declaración recoge las ideas progresistas de Blas Garay, Ignacio A. Pane, Ricardito Brugada, Telémaco Silvera y Juan León Mallorquín, cuando reclama que el Estado debe velar por el derecho de todo individuo a tener trabajo, asistencia social y bienestar económico.

La adopción de Partido Nacional Republicano como denominación de esta nucleación política no fue por casualidad, a razón de que lo “Nacional” reivindica los valores genuinos de la paraguayidad, ese mismo pensamiento que “animó la formación de la Patria Grande, forjada por los Próceres de Mayo, Rodríguez de Francia y los López” (González Alsina).

Roberto L. Petit, cuya tempranera muerte privó a la patria de sus grandes aportes intelectuales y morales, al analizar los orígenes y la esencia ideológica del partido, expresa: “Y cuando sostiene que ‘la soberanía popular es el gran fundamento de la república’, incorpora los principios de la democracia republicana a su doctrina”. “Se reacciona –añade– contra el individualismo de la época y se inicia la acción intervencionista decidida del Gobierno, en la medida en que las circunstancias aconsejaban”.

Si bien la tradición señala a José Segundo Decoud como autor único del Programa o Manifiesto, la comisión encargada de redactarlo tenía igualmente pensadores de la talla de Juan Crisóstomo Centurión. La oposición entre ambos no se limitaba al campo político e ideológico, sino que se extendía al terreno histórico, ya que Centurión, igual que Caballero, lucharon al lado de Solano López; a diferencia de Decoud, que fue miembro destacado de la Legión.

El partido asume el concepto de “República” en su significado de “la cosa pública, la cosa del pueblo, el bien común, la comunidad”, lo que lleva a sostener al pensador colorado ya fallecido, Federico Narváez Arza (2017), que “el republicanismo no es sinónimo de liberalismo, como se ha dado en decir por algunos supuestos ideólogos” (trabajo inédito).

Y si por “res pública” debe entenderse “la cosa del pueblo”, Cicerón –citado por Nicola Matteucci– define al pueblo no como un simple conglomerado humano, sino como sociedad que se sirve de un derecho común. Y destaca el mismo autor como elementos distintivos de la república el interés común o la comunidad de intereses (que no es la sumatoria de los intereses individuales, advertimos nosotros) y, sobre todo, el consenso de una ley común.

El partido adopta como forma de gobierno la democracia republicana, que no es igual a la democracia liberal, contradicción que nace en los albores de la sociedad industrial y que “recorre todo el siglo XIX”, al decir del político, abogado y escritor español José Antonio González Casanova, puesto que el liberalismo tiene como protagonista a la burguesía enfrentada a las viejas monarquías europeas; en tanto que la democracia republicana es reivindicada por las masas populares como la fórmula más idónea para su emancipación social.

Es dentro de este contexto histórico que la expresión “leyes sabias y protectoras para la campaña” encuentra su más plena justificación en el programa y el Partido Nacional Republicano, el origen de su identidad ideológica. Seguiremos. Buen provecho.

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