• Por Matías Ordeix,
  • socio del Club de Ejecutivos

Paraguay es un país con excelentes condiciones para el desembarco de inversiones extranjeras. Tenemos oportunidades de mejoras, sobre todo en temas institucionales que preocupan a los grandes jugadores globales. Pero, además, en lo que respecta a flexibilidad laboral, está la “ley de los 10 años”.

Como la propia ministra de Trabajo, la Sra. Carla Bacigalupo, mencionó la aplicación del artículo 94 del Código del Trabajo (“ley de los 10 años”) cuenta con “fallas sistémicas”. Ha habido varias propuestas para la revisión de la misma, pero sin avance. Y esto constituye una piedra en el zapato, tanto para el empleador que en la mayoría de los casos opta por despedir a los empleados antes de cumplir los 10 años, como para el empleado (sobre todo si ya tiene algunos años de más) el ser despedido simplemente por evitar la trampa de los 10 años, es injusto y antiético.

Estamos los empresarios que hemos optado por no despedir a esos grandes colaboradores que han dado todo por nosotros tantos años, pero el riesgo que corremos es alto. Sobre todo por la torcedura a la ley, que muchos abogados inescrupulosos con esto procuran obtener un beneficio para sí y para su representado sin causa real justificada. Es, por eso, que la gran mayoría de las empresas optan por despedir previamente a los colaboradores, sin importar que tanto o cuan grande sea su aporte a sus empresas.

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A propósito, la citada ministra indicó que la mayor cantidad de denuncias de despidos presentadas se refiere a despidos injustificados a los 8 o 9 años de trabajo, que además se constituyen en la mayor causa del corte de aportes al IPS. Y estos trabajadores pasan al empleo informal, y quedan sin protección y cobertura de IPS. Un dato más, solo el 10 % de los empleados formales logran jubilarse, y gran parte de esta pérdida es ocasionada por estos despidos.

Debemos aprovechar el cambio de gobierno, ministros y parlamentarios para revisar este tipo de leyes que no solo perjudican a los empresarios, sino que dejan un daño muy grande a los mismos trabajadores que llegando a los 9 años comienzan a temblar, puesto que en su mayoría son indemnizados y deberán comenzar de cero nuevamente.

Debemos mantener la balanza, entre empleados y empleadores. Protejamos sin duda a los empleados del abuso de empleadores sin ética, pero también el empleador debe tener garantía y certeza en sus flujos, previendo si es necesario despidos, pero cuando realmente los mismos sean imprescindibles.

La Justicia debe hacer su parte, ser realmente justa, y saber discernir cuando es un abuso del empleador o cuando es una artimaña del abogado del empleado que está a la caza de honorarios sin la debida justificación real.

Los empresarios tenemos, como primera misión, cuidar a nuestra gente, promover su crecimiento personal y profesional y que esto reditúe en mejor competitividad para nuestras empresas. No queremos vernos forzados a tener que prescindir de nuestro equipo porque la ley tiene “un problema sistémico y de aplicabilidad”. Para evitar esta contingencia precisamos que los legisladores analicen, juntamente con el Ministerio de Trabajo y representación obrera, la mejor solución legal propuesta para evitar este daño a ambas partes.

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