“Atrévete a pensar”, acicateaba Kant (1784-1804) a la nueva generación de liberales. La liberación del ser humano estaba al alcance: bastaba el método de una moral racional. Liberación que no residía –enfatizaba el filósofo de Königsberg– en la falta de inteligencia, sino en la decisión y valor para servirse por sí mismo de ella. Sin el paternalismo de nadie más. El ideal del Iluminismo. La razón, la misma en todo tiempo y lugar, autónomamente, posibilitaría la meta buscada: la Paz Perpetua (1795). No más guerras. Buscar primero, moralizaba Kant parafraseando al Evangelio, el ideal de la razón y su justicia que la paz perpetua se dará por añadidura. Era el ideal cosmopolita liberal. Hospitalidad y soberanía. La religión bajo control racional. Basta de interferencia en otros estados. Gobierno del derecho y de los jueces.
Kant retomaba una propuesta antigua, la de los estoicos griegos y los iusnaturalistas racionalistas, sobre la universalidad de la naturaleza humana. Cada uno debe ajustarse a los derechos del otro. Era el republicanismo liberal, con la igualdad, como espolique básico. De ahí la necesidad del comercio, y de la globalización. Quien comercia, no pelea. El progreso ininterrumpido. Pero las guerras, sin embargo –tercamente– continuaron. Guerras coloniales decimonónicas. La primera y la segunda guerra mundial. Las de dominación e invasión. Los genocidios, el holocausto. La paz perpetua, entonces, ¿ha sido solo una quimera? Dos momentos de ese proceso histórico “kantiano” pueden ayudar a acercarnos a una respuesta, que hoy, aparece como razonable.
EL MOMENTO OPTIMISTA LIBERAL
El primero ha sido el optimismo liberal racionalista. La fe en el progreso que se había iniciado en el siglo diecinueve e inundado parte del veinte. Bastaba la implementación de algún principio racional jurídico-político, preconcebido, para que surja la paz. Las ideologías, lo incorporaron. Era la receta para que la convivencia social funcione. Seguid el ideal de la razón y su justicia que la paz perpetua se dará por añadidura. Y el ciudadano noble –ese buen salvaje rousseauniano-liberal que era explotado u oprimido por la sociedad injusta– sería liberado. Florecería, sería feliz.
Vana ilusión. La confianza de Kant en la moralidad del deber fue deconstruida más tarde, paradójicamente, por los mismos marxismos y liberalismos racionales. Sea en la versión de la libertad a rajatablas o la abolición de la propiedad, la propuesta de Kant fue vista con sospecha. Un engaño. Al ciudadano “kantiano”, protagonista de la paz perpetua, se lo deconstruyó como el buen burgués que, en última instancia, no hacía sino reproducir un sistema injusto que debía ser derribado. Así, muchos de estos últimos, “solo escuchan a sus propias envidias y odios. Son sordos a razones, moralidad, derecho”, escribía lúgubremente, a principios del siglo veinte, el historiador Teodoro Mommsen (1817–1903). Los nacionalismos románticos, con su antisemitismo visceral, permearon el subsuelo que perpetuarían las guerras. Y los odios, continuaron.
EL MOMENTO CONSTITUCIONAL DEMOCRÁTICO
El segundo momento ha sido el de la confianza en el Estado Constitucional de Derecho en la pos-Segunda Guerra Mundial. Fue una construcción más allá del fracasado Estado liberal racionalista. Se daba apertura a una esperanza. El humanismo integral de los padres fundadores de la Europa democrática, inspiraba. Adenauer, De Gásperi, De Gaulle, Churchill. La Declaración Universal de los Derechos Humanos. Y llega lo impensable, el totalitarismo racional marxista se derrumba en 1989. La guerra fría pasaba a la historia. La pesadilla había terminado, y aquella paz liberal capitalista –en la hermenéutica del célebre Francis Fukuyama– se había logrado. Solamente quedaban los regímenes democráticos y capitalistas –racionales, libres, y cosmopolitas– para dirigir la historia. El conflicto se había superado en clave hegeliana.
Así, el constitucionalismo liberal democrático de la última década del siglo XX inundaba países, regiones, continentes. La razón argumentativa de las nuevas democracias deliberativas daba las bases sólidas a la paz. Aquella república mundial de la paz soñada por el solitario filósofo de Königsberg parecía lograrse. Cortes internacionales, tratados, globalización: todo apuntaba a un mundo idílico. Con la caída de la Unión Soviética, nuevas repúblicas, emergían. El mundo bipolar había dejado de ser tal. China se ganaba el estatuto de ser la nación comercial más favorecida. Pero de nuevo, las guerras, las invasiones, y los ataques, continuaron: Kosovo (1998), setiembre 11 (2001), Irak (2003-2011), Afganistán (2001-2021). La democracia constitucional europeo-transatlántica se defendía y atacaba y exportaba, en varios casos, su propuesta democrático liberal capitalista por la fuerza.
LAS RAZONES DEL YO
Todo este proceso histórico genera una pregunta obvia:¿cómo es que una civilización, como la que dio nacimiento al racionalismo liberal y al constitucionalismo democrático llega a un punto de no solamente ser impotente de lograr una paz permanente, sino, de no tener, muy a menudo, las convicciones de defenderla? Una de las explicaciones más razonables fue ofrecida por dos pensadores de la Escuela de Frankfurt, Theodor Adorno (1903-1969) y Max Horkheimer (1895-1973). En su “Dialéctica del Iluminismo” (1947) examinan no solamente el proceso acaecido desde el racionalismo, liberalismo, y las ideologías del siglo XVIII y XIX sino, y, sobre todo, la suerte de esa racionalidad en el siglo veinte.
Herederos de esa cultura, ambos pensadores, aceptan ese modelo de sociedad que había traído, indudablemente, progreso a la humanidad, pero advierten, el alto costo de su implementación. El de vaciar de sustancia, vía procedimientos legales, a la persona. La erosión del yo, de lo humano. Así, del concepto de ser humano, que gracias a propiedades moralmente relevantes –racionalidad y los fines son personas como sostenía Kant– se concluye que hay seres humanos más racionales y, por lo tanto, más humanos que otros. La democracia constitucional liberal, en su afán de asegurar las formas procedimentales, va definiendo poco a poco quién es persona y quién no, tendiendo casi exclusivamente a su función útil. Se rechaza, consensualmente, todo principio trascendente, y con ello, se relativiza la propia cultura, el sentido de la patria, los valores fundantes. El ser humano ya no cree en el logos eterno: su conducta se reduce a luchas de intereses que están determinados por el poder dominante. Y cuando lo humano queda merced de este, la unidad gira hacia intereses económicos o la tecnocracia.
Esto explica la falta de convicciones en la civilización de Occidente, y que ha envalentonado al nacionalismo antiliberal, chovinismo irracional de un déspota como Putin. Que se ha aprovechado de esta debilidad. Es que nadie lucha y menos muere por defender el cálculo infinitesimal, como diría Camus. Es un eco de lo que se decía las capitales europeas en la década de los setenta del siglo pasado: mejor rojo que muerto. Pero los seres humanos no somos realidades jurídico-políticas abstractas. La política no es solamente racionalidad sin más, si no que nace de un deseo del corazón, de aquello que estamos hechos, urgencia, exigencias, de justicia y verdad. Como Horkheimer y Adorno lo entreveían. Esa realidad cultural anterior del yo integral que la visión puramente procedimental de Kant dejó de lado. Y nos dejó, al final, con la única paz posible, la perpetua de los cementerios.
El pleno de la Corte convocó a la jueza de Paz de Lambaré en el marco de la auditoría realizada sobre las actuaciones judiciales en el feminicidio de Deisy Giménez. Foto: Gentileza
Feminicidio de Deisy: Corte convoca a jueza de Paz por presuntas negligencias
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El pleno de la Corte Suprema de Justicia convocó para la próxima semana a la jueza de Paz de Lambaré, Lidia Mariana Fariña, para que comparezca ante los altos magistrados en el marco de la investigación sobre las actuaciones judiciales previas al feminicidio de la joven Deisy Paola Giménez, ocurrido días atrás en Lambaré. La convocatoria se produce tras detectarse presuntas demoras y falta de diligenciamiento de las medidas de protección que la joven había solicitado antes de ser asesinada.
Igualmente, el ministro de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Jiménez Rolón, presentó los primeros resultados de la auditoría de reacción inmediata sobre el caso de Deisy Paola Giménez Segovia, víctima de feminicidio el 8 de octubre en Lambaré. Según el informe, pasaron ocho días hábiles entre la recepción de la denuncia por incumplimiento de la orden de alejamiento y la audiencia de ratificación. Ante esta situación, la Corte resolvió convocar a la jueza de Paz de Lambaré, Lidia Fariña, para que comparezca y brinde detalles sobre su actuación.
La magistrada comunicó a la Fiscalía el supuesto desacato de Aldo Alexis Duarte Moreira, expareja de la víctima, el 7 de octubre, un día antes del crimen. Sin embargo, Jiménez Rolón advirtió que no existen constancias de que se haya diligenciado el oficio mediante el cual el juzgado debía comunicar formalmente al Ministerio Público el incumplimiento de la medida de protección.
El ministro explicó que Deisy presentó la denuncia el 18 de septiembre y que la jueza de turno, Natalia Molas, dictó ese mismo día la medida de protección y la orden de alejamiento contra Duarte Moreira. Por cuestiones de territorialidad, el expediente pasó al Juzgado de Paz de Lambaré, que recibió la documentación el 21 de septiembre. Posteriormente, durante la audiencia, Deisy ratificó su denuncia e informó que su expareja había incumplido la orden judicial. El 7 de octubre, Fariña notificó el hecho a la Fiscalía para que investigara el presunto desacato, pero no se encontró constancia de que el oficio haya sido efectivamente diligenciado.
La decisión que transformó una frontera disputada en una zona de paz
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Embajador Carlos José Fleitas
Fotos: Gentileza
A lo largo de su historia, Paraguay recurrió en tres momentos decisivos al arbitraje para resolver controversias territoriales. El primero fue el laudo Hayes con la Argentina en 1878, que reconoció la soberanía paraguaya sobre el territorio situado entre los ríos Verde y Pilcomayo; el segundo, el laudo arbitral del Chaco del 10 de octubre de 1938, que fijó la frontera con Bolivia después de la guerra del Chaco; y el tercero, conocido como el arbitraje del cerro Chovoreca, culminó con el fallo del 11 de julio de 1969 y determinó la ubicación correcta de uno de los vértices establecidos en 1938.
Pese a su importancia para la definición territorial del país, el laudo de 1938 ha recibido menor atención que los otros dos casos. Detrás de su pronunciamiento existió, además, un episodio poco conocido y todavía controvertido: el acta reservada del 9 de julio de 1938, mediante la cual las partes y los países mediadores anticiparon el trazado fundamental de la futura frontera antes de la firma del Tratado de Paz y del fallo formal de los árbitros.
DE LA TREGUA AL ARBITRAJE
El Protocolo de Paz firmado en Buenos Aires el 12 de junio de 1935 puso fin a las hostilidades de la guerra del Chaco y abrió las negociaciones para resolver la cuestión territorial. La Conferencia de Paz del Chaco, integrada por representantes de Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Perú y Uruguay, asumió la tarea de acercar las posiciones de los antiguos contendientes.
Las negociaciones se extendieron durante más de tres años, prueba de que el cese del fuego no había resuelto automáticamente el problema de límites. Finalmente, el 21 de julio de 1938, Paraguay y Bolivia firmaron en Buenos Aires el Tratado de Paz, Amistad y Límites, bajo los auspicios y la garantía moral de los seis Estados mediadores.
Por Paraguay participaron, entre otros, Cecilio Báez, José Félix Estigarribia, Luis A. Riart y Efraím Cardozo; por Bolivia, Eduardo Diez de Medina y Enrique Finot. Los instrumentos de ratificación fueron intercambiados el 29 de agosto de 1938 (González de Bosio, 2022).
ACUERDO RESERVADO
Antes de la firma pública del Tratado de Paz, Amistad y Límites, en la madrugada del 9 de julio de 1938 las delegaciones de Paraguay y Bolivia rubricaron, junto con los mediadores, el proyecto de tratado, aunque debían someterlo a la aprobación de sus respectivos gobiernos. En esa misma fecha se suscribió un documento reservado titulado “Paraguay-Bolivia.
Acta rubricada en la ciudad de Buenos Aires, 9 de julio de 1938”, en el cual los representantes de las partes y de los países mediadores anticiparon el recorrido general que debía respetar el futuro laudo arbitral.
El acta afirmaba que la Conferencia de Paz había identificado, con el asesoramiento de sus técnicos militares y después de escuchar separadamente a las partes, una delimitación transaccional basada en los puntos de coincidencia existentes. En él se anticipó una línea que comenzaba en Esmeralda, sobre el río Pilcomayo; se dirigía hacia 27 de Noviembre, dejando Yrendague al este; continuaba por Capitán Ustares, Palmar de las Islas, Fortín Paredes y cerro Chovoreca; y llegaba al río Negro u Otuquis y a su desembocadura en el río Paraguay.
El documento declaraba que el futuro laudo respetaría esa solución “fiel y escrupulosamente”, considerándola razonable y definitiva por los negociadores (Rout, 1970).
Los compromisos del 9 de julio fueron confirmados y complementados, ya que el 19 de julio Bolivia solicitó nuevas garantías de que el Colegio Arbitral respetaría lo acordado, mientras Paraguay recibió seguridades escritas sobre el sector occidental de la frontera y la permanencia de los fortines Patria y Galpón bajo su jurisdicción.
El acta no fue un documento aislado, sino la pieza central de una negociación reservada más amplia que preparó el camino para la firma pública del Tratado de Paz, el 21 de julio, y para el laudo arbitral del 10 de octubre. Aunque el fallo mantuvo la orientación general del acta, incorporó referencias geográficas como Villazón, el punto situado diez kilómetros al oeste de Estrella; Cerrito Jara y determinadas intersecciones de paralelos y meridianos. Es decir, el trazado definitivo mantuvo la orientación fundamental del acuerdo previo, pero no lo reprodujo literalmente. El documento, por tanto, no sustituye al laudo arbitral, aunque permite comprenderlo como la culminación jurídica de una solución política negociada previamente y mantenida bajo reserva.
Para el Paraguay la solución final significó el reconocimiento de la mayor parte del Chaco Boreal y la preservación de su soberanía sobre el litoral del río Paraguay; para Bolivia consolidó el dominio sobre el sector noroccidental
CONTROVERSIA
El acta ha generado controversias históricas, su carácter reservado y su divulgación pública muchos años después motivaron cuestionamientos sobre la transparencia de las negociaciones. Además, al afirmar que el futuro laudo respetaría “fiel y escrupulosamente” la línea acordada, abrió la discusión sobre el margen de decisión que conservaron los árbitros. También provocó reparos jurídicos porque fue rubricada antes de que las delegaciones obtuvieran la aprobación definitiva de sus gobiernos y antes de la firma y ratificación del Tratado de Paz. A ello se sumaron las diferencias internas de la representación paraguaya ante las concesiones territoriales discutidas.
BASE JURÍDICA
El tratado no sometió nuevamente a discusión la totalidad del Chaco Boreal. Reconoció directamente determinados espacios y estableció una zona dentro de la cual los árbitros debían fijar la línea definitiva. La decisión tendría el carácter de un arbitraje de equidad: los árbitros debían pronunciarse según su leal saber y entender, considerando la experiencia de la Conferencia de Paz y los dictámenes de sus asesores militares.
A diferencia de un arbitraje estrictamente jurídico, centrado principalmente en la aplicación de tratados anteriores, títulos coloniales y otras normas de derecho, los árbitros de equidad podían buscar una solución considerada justa, razonable y viable para ambas partes. Debían pronunciarse según su “leal saber y entender”, tomando en consideración los antecedentes reunidos por la Conferencia de Paz, los dictámenes de los asesores militares y las condiciones geográficas, económicas y de seguridad de los dos países. La finalidad era alcanzar una fórmula que pudiera cerrar el conflicto y evitar una nueva guerra.
El Tratado fijó los márgenes que la decisión no podía sobrepasar. En el sector occidental, la línea debía situarse dentro de una franja determinada entre el río Pilcomayo y el meridiano del fortín 27 de Noviembre. En el norte y el este, debía mantenerse entre la propuesta presentada por la Conferencia de Paz el 27 de mayo de 1938 y la contrapropuesta paraguaya del 24 de junio. Además, el litoral del río Paraguay situado al sur de la desembocadura del río Negro u Otuquis quedó expresamente excluido del arbitraje.
Los árbitros eran los presidentes de Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Perú y Uruguay, quienes delegaron sus funciones en representantes plenipotenciarios. Argentina designó a José María Cantilo, Isidoro Ruiz Moreno y Pablo Santos Muñoz; Brasil, a José de Paula Rodrigues Alves; Chile, a Luis Barros Borgoño y Manuel Bianchi; Estados Unidos, a Spruille Braden; Perú, a Felipe Barreda Laos y Luis Fernán Cisneros; y Uruguay, a Eugenio Martínez Thédy. Sus poderes los facultaban para deliberar y suscribir el fallo en nombre de los respectivos jefes de Estado (Comisión Mixta Demarcadora de Límites Boliviano-Paraguaya, 2007).
EL FALLO
Cumplidas las ratificaciones, los delegados de los seis presidentes mediadores se reunieron en Buenos Aires como Colegio Arbitral y el 10 de octubre pronunciaron el fallo que determinó la línea divisoria.
Paraguay y Bolivia fueron oídos en una audiencia especial y presentaron alegatos acompañados de documentación y una Comisión Militar Asesora realizó un relevamiento aerofotográfico y reconoció las zonas definidas. El Colegio Arbitral no examinó solamente los antecedentes jurídicos e históricos, sino también las condiciones geográficas, económicas y de seguridad de ambas partes. Sobre esa base, concluyó que la línea adoptada representaba una solución equitativa y aprobó el fallo por unanimidad.
La frontera quedó organizada en dos grandes zonas que convergían en 27 de Noviembre o Gabino Mendoza. En la zona occidental, la línea partía de ese punto, descendía hacia Villazón, pasaba diez kilómetros al oeste de Estrella y terminaba en el thalweg o canal navegable del río Pilcomayo. En la zona norte, avanzaba hacia el cerro Capitán Ustares, la Cañada del Palmar de las Islas y la intersección del meridiano de Fortín Paredes con el paralelo de Fortín Ravelo. Luego alcanzaba el punto más alto del cerro Chovoreca y Cerrito Jara, llegaba al río Negro u Otuquis y seguía su thalweg hasta la desembocadura en el río Paraguay.
El uso de fortines, elevaciones, palmares, cursos de agua, paralelos y meridianos muestra que la frontera combinó referencias militares, accidentes naturales y líneas geométricas. El documento fue dado en Buenos Aires en tres ejemplares redactados en español, inglés y portugués, y dispuso que el texto en español prevalecería en caso de duda.
DELIMITAR VS. DEMARCAR
El laudo delimitó la frontera: determinó jurídicamente por dónde debía pasar. Todavía era necesario demarcarla, es decir, identificar sus puntos en el terreno, calcular coordenadas, abrir picadas y construir los hitos que harían visible la separación entre los dos Estados.
El acta del 25 de noviembre de 1938 constituyó la Comisión Mixta Demarcadora de Límites. Bolivia estuvo representada por el coronel Abelardo Prieto y el mayor Walter Salinas; Paraguay, por el teniente coronel Abdón Palacios y el teniente primero de Marina Néstor Rodríguez. Como quinto miembro y presidente fue designado el coronel argentino Ernesto Florit, en representación de los países mediadores.
La Comisión debía dictar su reglamento, acordar el plan de acción y definir los métodos de trabajo. El presidente dirigía los debates, verificaba la ejecución de las decisiones y resolvía definitivamente las cuestiones técnicas y prácticas en las que las partes no alcanzaran un acuerdo.
LEGADO
El Tratado de Paz estableció la fórmula política y jurídica; el laudo determinó la línea dentro de la zona acordada; y la Comisión Mixta se encargó de reconocerla y demarcarla materialmente.
Los documentos producidos durante la demarcación –actas, mapas, croquis, fotografías, informes y libretas de campo– muestran una dimensión de la historia fronteriza que suele quedar oculta detrás de los grandes acontecimientos diplomáticos. La frontera no fue únicamente una línea decidida por presidentes y cancilleres: también fue recorrida por técnicos, topógrafos, militares, ingenieros y delegados que debieron confrontar las palabras del fallo con la geografía del Chaco.
El carácter equitativo del arbitraje permite comprender por qué la solución de 1938 no coincidió plenamente con las aspiraciones territoriales máximas de ninguna de las partes. Aunque la consigna del Dr. Manuel Domínguez –“Ni más allá ni más acá del Parapití”– había expresado durante años la reivindicación paraguaya de reconocer aquel río como límite histórico del Chaco, la frontera definitiva surgió de una realidad más compleja.
Las consecuencias de la guerra, las posiciones de Paraguay y Bolivia, la intervención de los mediadores y la necesidad de evitar un nuevo enfrentamiento exigieron concesiones y una intensa negociación diplomática. Para el Paraguay significó el reconocimiento de la mayor parte del Chaco Boreal y la preservación de su soberanía sobre el litoral del río Paraguay; para Bolivia, consolidó el dominio sobre el sector noroccidental.
El laudo no satisfizo todas las aspiraciones territoriales de ambos países, pero alcanzó algo que décadas de conversaciones, protocolos y mediaciones no habían conseguido: transformar el final de la guerra de dos naciones hermanas en una frontera jurídicamente definida y así abrir una nueva etapa de paz entre Paraguay y Bolivia.
Texto del laudo arbitral del 10 de octubre de 1938, que fijó la frontera entre Paraguay y Bolivia
Juzgado de Paz de Luque es el primero en tener el Expediente Judicial Electrónico
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El Juzgado de Paz de Luque se convirtió en el primero del departamento Central en implementar el Expediente Judicial Electrónico, en el marco del proceso de transformación digital impulsado por la Corte Suprema de Justicia para agilizar la tramitación de las causas y fortalecer la transparencia del servicio judicial.
El acto fue encabezado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Martínez Simón; el vicepresidente primero, Luis María Benítez Riera; y el ministro Eugenio Jiménez Rolón, superintendentes de la Circunscripción Judicial de Central.
Con esta implementación, el Juzgado de Paz de Luque inicia la gestión electrónica de sus actuaciones en un despacho que actualmente administra alrededor de 12.400 expedientes activos, uno de los mayores volúmenes de causas del país, con una importante carga de procesos relacionados con violencia doméstica.
Como parte de la puesta en funcionamiento del sistema, la jueza de Paz de Luque, Karin Leite Zaracho, realizó la firma digital de dos expedientes, oficializando el inicio de las actuaciones electrónicas. Asimismo, informó que continúa el proceso de vinculación de profesionales abogados y usuarios para la utilización de la plataforma.
Durante el acto, el presidente de la Corte Suprema de Justicia señaló que esta implementación responde a una política institucional sostenida de modernización del servicio judicial. “Es la prueba más eficiente de que queremos que los procesos judiciales sean tramitados de manera transparente y facilitar el trabajo de los abogados, para que puedan litigar desde cualquier parte del mundo, cualquier día y a cualquier hora”, enfatizó. Asimismo, reafirmó la continuidad del proceso de digitalización.
Asimismo, el ministro Eugenio Jiménez Rolón expresó que la incorporación del Expediente Judicial Electrónico constituye “un paso trascendente para responder a las necesidades de todos, fundamentalmente del destinatario final de nuestros esfuerzos: la ciudadanía”.
Seguidamente, la presidenta del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Central, doctora María Teresa González de Daniel, reiteró que el Juzgado de Paz de Luque es el primero del departamento en incorporar esta herramienta y recordó que se trata del despacho con el mayor ingreso de causas del país, especialmente en materia de violencia doméstica.
En los próximos días se cumplirán 88 años de aquel 21 de julio de 1938, fecha en la cual se suscribió el Tratado de Paz, Amistad y Límites entre el Paraguay y Bolivia. Este hecho marca un acontecimiento fundamental de nuestra historia, pues puso fin a tres años de conflicto armado y a igual tiempo de discusiones limítrofes entre dos países hermanos. Sin embargo, aquel tratado representó mucho más que un acuerdo de delimitación territorial o cese de hostilidades. Constituyó el inicio de una nueva etapa caracterizada por la diplomacia y el trabajo técnico permanente para defensa y consolidación del territorio nacional.
Este 21 de julio de 2026 es la ocasión propicia para reflexionar y hacer un análisis sobre el proceso histórico que atravesó el Paraguay en la definición de sus fronteras en el Chaco, un recorrido que abarcó casi cuatro siglos de antecedentes coloniales, controversias diplomáticas, negociaciones internacionales, conflictos armados, pérdida de vidas y complejas tareas de demarcación que duraron 87 años.
La cuestión de límites entre Paraguay y Bolivia no fue un hecho aislado, sino una consecuencia de la configuración territorial heredada de las antiguas colonias españolas en América. La ausencia de delimitaciones claras durante la época colonial, que dio origen a discusiones diplomáticas que evolucionaron hasta convertirse en una conflagración bélica que buscó dirimir el conflicto de dos Estados vecinos y hermanos, sobre la titularidad del Chaco Boreal.
Entre los antecedentes más remotos se puede citar el diferendo suscitado entre el conquistador español Ñuflo de Chávez y Andrés Manso en 1560, con la creación de Mojos o Chiquitos, independiente de las gobernaciones del Paraguay y del Perú, aunque sin delimitación precisa. No obstante, durante el periodo colonial distintos gobernadores ilustraron con claridad los límites entre las Provincias del Alto Perú y del Paraguay.
Con la emancipación política del Paraguay en mayo de 1811 y la de las provincias del Alto Perú en 1825 (que dio origen a la República de Bolivia), ambas personas jurídicas de derecho internacional heredaron los territorios que tenían durante la colonia, conforme al principio jurídico del uti possidetis. De esta manera, los límites eran los que la Provincia del Paraguay poseía con la de Santa Cruz de la Sierra y Chiquitos, separados por el semidesértico territorio del Chaco, es decir, la Cordillera de los Chiriguanos y el río Parapití. Por otra parte, Bolivia reivindicaba la jurisdicción de la Audiencia de Charcas. También merece destacarse que Bolivia fue el primer país limítrofe en reconocer nuestra independencia, el 17 de junio de 1843.
Luego de la firma del Tratado Guido-Vázquez en 1852 entre la República del Paraguay y la Confederación Argentina, dado que dicho tratado reconocía al Paraguay la soberanía “de costa a costa” sobre el río homónimo hasta su confluencia con el Paraná, circunstancia que motivó la protesta formal del encargado de Negocios de Bolivia dando inicio al reclamo de ese país sobre el Chaco. Esta reclamación fue posteriormente sostenida ante los países signatarios del Tratado de la Triple Alianza.
Tras la derrota sufrida en la Guerra del Pacífico y la pérdida de su litoral marítimo, Bolivia orientó sus esfuerzos hacia la obtención de una salida a través del río Paraguay. Ante el fracaso de diversas gestiones indirectas, decidió entablar negociaciones con el Paraguay sobre la cuestión del Chaco. A ese efecto, en 1879, fue comisionado a Asunción en carácter de ministro plenipotenciario el Dr. Antonio Quijarro, quien, sin hacer ninguna exposición de títulos que sustenten las pretensiones bolivianas adujo conveniencias económicas para el Paraguay la celebración de un tratado de límites. Como resultado de dichas negociaciones se suscribió el Tratado Decoud-Quijarro (1879), primer acuerdo fronterizo celebrado entre ambos países tras la Guerra de la Triple Alianza. No obstante, el instrumento nunca llegó a ser ratificado.
Lejos de abandonar sus aspiraciones, Bolivia designó al Dr. Isaac Tamayo para negociar un nuevo tratado. El Paraguay accedió a reiniciar las conversaciones diplomáticas y el 16 de febrero de 1887 se firmó el Tratado Aceval-Tamayo, nuevamente, sin tener en cuenta que ello le significaba la pérdida de un territorio. Sin embargo, al igual que su predecesor, este tratado tampoco fue ratificado.
En 1891, el Gobierno boliviano acreditó al señor Mariano Baptista y su propuesta consistía en retomar alguno de los tratados previamente suscritos –el Decoud-Quijarro de 1879 o el Aceval-Tamayo de 1887– o, en su defecto, someter la controversia a una decisión arbitral. No obstante, las conversaciones fueron postergadas.
Tres años después, en 1894, fue acreditado como nuevo ministro plenipotenciario de Bolivia en Asunción el doctor Telmo Ichazo. Quien, tras un prolongado intercambio diplomático y convencido de la imposibilidad de obtener la ratificación de los tratados de 1879 y 1887, suscribió un protocolo mediante el cual ambas partes declaraban la caducidad de los mismos.
Sin embargo, las negociaciones no concluyeron allí. Gracias a la activa mediación del encargado de negocios de la República Oriental del Uruguay, Adolfo Basáñez, quien actuó como mediador neutral a solicitud de Bolivia, las partes retomaron el diálogo en un clima de conciliación. Como resultado, el 23 de noviembre de 1894 se firmó el Tratado Benítez-Ichazo, que invocando el sentimiento de confraternidad proponía dividir el Chaco con una línea diagonal que comenzaba tres leguas al norte de Fuerte Olimpo, sobre la ribera del río Paraguay, y descendía hasta interceptar el río Pilcomayo.
Mapa general de lo cedido, ocupado y recuperado en territorio chaqueño
FASE MILITAR
o a los 61° 28’ de longitud oeste. Otorgando Bolivia más de dos tercios del territorio disputado.
A comienzos del siglo XX, la controversia por el Chaco dejó de caracterizarse exclusivamente por la discusión diplomática, documental y jurídica para incorporar un componente militar cada vez más evidente. A partir de 1905, Bolivia inició una política sistemática de ocupación del territorio mediante el establecimiento de fortines militares, primero de manera discreta y posteriormente en forma abierta. Esta estrategia se evidenció con la fundación de fortines a lo largo del Pilcomayo, como, por ejemplo: Ballivián y Guachalla hasta llegar a Muñoz en la zona del Estero Patiño.
La situación adquirió mayor gravedad luego de la firma del Protocolo Soler-Pinilla, de 1907, que establecía una línea de statu quo y comprometía expresamente a ambos Estados a mantener las posiciones territoriales existentes. Pese a dicho compromiso, Bolivia continuó ampliando su presencia militar mediante la creación de nuevos fortines, entre ellos Linares, Magariño, Esteros, Saavedra, Sorpresa, Tinfunque y Arce, entre otros.
Ante esta amenaza, el Paraguay empezó a esbozar un plan militar para resguardar sus derechos. Impulsó un proceso de reorganización de su ejército y emprendió la adquisición de armamentos en Europa. Se presagiaba en el horizonte el inminente estallido de la guerra.
En 1927, un nuevo incidente agravó la situación. La muerte del Tte. Rojas Silva motivó la firma del Protocolo Díaz León- Gutiérrez por el que Paraguay y Bolivia aceptaron los buenos oficios del Gobierno argentino para procurar una salida pacífica, sin modificar los acuerdos anteriores. En ese contexto, se desarrolló la Conferencia de Buenos Aires de 1927- 1928 y, posteriormente tras el suceso del Fortín Vanguardia, la Conferencia de Washington. Ambas iniciativas diplomáticas lograron evitar momentáneamente el conflicto armado eminente.
LA GUERRA
Lamentablemente, estos esfuerzos resultaron insuficientes. Finalmente, el 15 de junio de 1932 estalló la Guerra del Chaco con el ataque boliviano al Fortín Paraguayo Carlos Antonio López.
Tras tres años de sangriento conflicto bélico, el 12 de junio de 1935 se suscribió en la ciudad de Buenos Aires el Protocolo de Paz, conocido como protocolo Riart-Eliot, en él se acordó el cese definitivo de las hostilidades entre Paraguay y Bolivia. En lo referente a límites el artículo 1, punto 3.º, estableció la obligación de resolver los diferendos por acuerdo directo o, en caso de fracasar, someterlos al arbitraje de derecho, designando como árbitro a la Corte Permanente de Justicia Internacional de la Haya.
Las delegaciones de ambos países iniciaron un complejo proceso de negociaciones diplomáticas que se extendió durante los años 1936 y 1937. A pesar de los numerosos encuentros y de las diversas propuestas formuladas por las partes, no fue posible alcanzar una solución. Ante el estancamiento de las conversaciones, las negociaciones fueron retomadas en 1938.
Durante las sesiones, tanto Paraguay como Bolivia presentaron proyectos de delimitación que fueron sucesivamente rechazados por la contraparte, manteniéndose las posiciones iniciales sin posibilidades de consenso. La Comisión de Neutrales presentó, en junio de 1938, una nueva propuesta destinada a destrabar las negociaciones. La fórmula consistía en establecer una línea intermedia y someter la porción restante del territorio en disputa a un arbitraje de equidad. Esta iniciativa fue aceptada por ambas delegaciones, como base para alcanzar un acuerdo.
La aceptación de esta fórmula implicó una decisión de gran trascendencia política y jurídica para el Paraguay. Hasta ese momento, la posición oficial había sostenido que la cuestión se circunscribía a una simple delimitación de una frontera preexistente, basada en títulos históricos claros e indiscutibles. Sin embargo, al admitir una solución negociada complementada con un arbitraje de equidad, el Paraguay aceptó la posibilidad de una distribución del territorio en litigio, privilegiando una salida pacífica al largo conflicto existente.
En definitiva, el 21 de julio de 1938 se firmó el Tratado de Paz, Amistad y Límites, entre Paraguay y Bolivia, poniendo término a una controversia diplomática iniciada décadas atrás y cerrando uno de los capítulos más complejos de la historia territorial de ambos países. El tratado estableció, en su artículo 2.°, que la delimitación definitiva de una parte del territorio sería determinada mediante un laudo arbitral de equidad, disponiendo expresamente que los árbitros actuarían ex aequo et bono, es decir, resolviendo conforme a criterios de justicia y equidad antes que por la estricta aplicación del derecho positivo.
Al firmar el tratado Paraguay ocupaba 264.150 km² aproximadamente de la región en disputa. No obstante, el acuerdo reconoció definitivamente al Paraguay una superficie cercana a 232.650 km², mientras que una franja aproximada de 41.500 km² quedó sometida a la decisión del tribunal arbitral. El 10 de octubre de 1938, el Colegio Arbitral dictó su laudo definitivo, estableciendo que la línea fronteriza debía extenderse desde el lugar denominado Esmeralda, sobre el río Pilcomayo, hasta la desembocadura del río Negro u Otuquis, fijando así el trazado de una parte sustancial de la frontera entre ambos Estados.
Con el objetivo de ejecutar las disposiciones del tratado y materializar la delimitación acordada, el 25 de noviembre de 1938 se constituyó la Comisión Mixta Demarcadora de Límites, organismo técnico binacional encargado de trasladar las disposiciones jurídicas a la realidad geográfica mediante la colocación de hitos y la determinación precisa de la línea internacional. Inició su labor en 1939, la colocación del primer hito denominado “Esmeralda” se realizó el 10 de octubre de 1940 siendo el delegado demarcador paraguayo el capitán José Bozzano y por Bolivia el general Abelardo Prieto.
Los primeros delegados demarcadores que representaron a nuestro país que lo representaron en las reuniones de la Comisión Demarcadora fueron el teniente coronel Abdón Palacios y el teniente 1.° de Marina Néstor Rodríguez Bordas. Por parte Bolivia fueron el coronel Abelardo Prieto y el mayor Walter Salinas.
Ubicación de los fortines paraguayos en el Chaco
EL TRATADO
La entrega material de los territorios adjudicados a cada Estado se llevó a cabo mediante una ceremonia oficial el 28 de diciembre de 1938, en la ciudad de Villa Montes, Bolivia, acto que simbolizó el cumplimiento efectivo de las disposiciones adoptadas en el Tratado de Paz.
En el Paraguay, si bien se había realizado un plebiscito donde la ciudadanía expresó su respaldo, este carecía de efectos jurídicos vinculantes. Por tal motivo, el 16 de febrero de 1939, el Congreso Nacional aprobó formalmente el tratado, que fue promulgado mediante la Ley n.º 61, otorgándole plena validez dentro del ordenamiento jurídico y cerrando cualquier cuestionamiento respecto de su legitimidad.
La firma del Tratado de Paz, Amistad y Límites de 1938 no significó el fin de los desafíos vinculados con la delimitación fronteriza. Por el contrario, dio inicio a una extensa etapa de trabajo técnico sobre el terreno, destinada a materializar las disposiciones del tratado y del laudo arbitral mediante la ubicación precisa de hitos, la apertura de picadas y la verificación permanente de la línea internacional. Esto exigió décadas de arduo trabajo técnico de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites. El desafío apenas comenzaba y que duraría 87 años, culminando de manera efectiva en diciembre de 2025, durante la gestión del actual gobierno encabezado por el presidente Santiago Peña.
Fue precisamente el desarrollo de estas labores de demarcación que permitió identificar una discrepancia que, años más tarde, daría origen a una nueva controversia: el arbitraje sobre el cerro Chovoreca. El 23 de mayo de 1967, durante una reunión plenaria de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites celebrada en Buenos Aires, surgió un desacuerdo respecto de la ubicación del Vértice VIII, conocido como cerro Chovoreca. La delegación boliviana sostenía que dicho accidente geográfico no existía y defendía la validez del hito ya emplazado conforme a las coordenadas consignadas en el plano del laudo arbitral de 1938. Por su parte, la delegación paraguaya afirmaba la existencia física del cerro y sostenía que el hito colocado carecía de validez debido a vicios tanto de forma como de fondo en el acta de erección.
Ante la imposibilidad de alcanzar un consenso, las partes acordaron someter la cuestión a la decisión del presidente de la Comisión Mixta Demarcadora de Límites, el general de brigada ingeniero Gonzalo Gómez, quien asumió la responsabilidad de resolver la controversia mediante un análisis estrictamente técnico. Tras la realización de los estudios topográficos, cartográficos y geodésicos correspondientes, el 11 de julio de 1969 se dictó un fallo definitivo e inapelable que estableció que el Vértice VIII debía ubicarse en el punto más elevado del cerro Chovoreca, identificado en la cota de 254,72 metros sobre el nivel del mar, con esta decisión el Paraguay ganaba aproximadamente 800 kilómetros de superficie en disputa.
Décadas más tarde, ambos países reafirmaron su compromiso con el cumplimiento integral del tratado, con la suscripción de nuevos instrumentos jurídicos orientados al manteniendo de la frontera. El 24 de abril de 2009 se firmó el Acta Final sobre la ejecución y el cumplimiento del Tratado de Paz, Amistad y Límites del 21 de julio de 1938. Posteriormente, el 12 de junio del mismo año, a 74 años del cese de hostilidades, se firmó el Protocolo Adicional al Tratado de Paz, Amistad y Límites, aprobado por Ley n.° 4176/2010, que estableció una nueva Comisión Mixta Demarcadora de Límites con las funciones de construcción, control y mantenimiento de hitos, así como la apertura y conservación de picadas.
La cooperación bilateral se profundizó aún más con la firma de las Notas Reversales del 30 de mayo de 2011, mediante las cuales ambos gobiernos acordaron establecer, a lo largo de toda la frontera terrestre, una franja de 50 metros de ancho destinada exclusivamente al libre tránsito para las tareas de vigilancia, mantenimiento y conservación de los hitos limítrofes. Estas áreas, conocidas como fajas de seguridad territorial o fajas non aedificandi, constituyen espacios donde no pueden realizarse construcciones permanentes, garantizando la adecuada visibilidad y preservación de la línea fronteriza.
Finalmente, en diciembre del año 2025 con la realización de los trabajos de batimetría del río Negro, quedaron concluidas las labores técnicas necesarias para la demarcación integral de la frontera entre la República del Paraguay y el Estado Plurinacional de Bolivia, culminando un proceso iniciado formalmente con la firma del Tratado de Paz de 1938.