Tras viralizarse el cruel maltrato y muerte de un ejemplar de puma en un establecimiento ganadero en el Chaco, el Ministerio del Ambiente (MADES) realizó la denuncia ante la Fiscalía y ante la Policía. Autor o autores se exponen a fuerte multa, que supera los 1.600 millones de guaraníes.
Los vejámenes a los que fue expuesto un puma, que habría huido de los incendios forestales en la Región Occidental, y que terminaron causándole la muerte, termina en un despacho fiscal.
La cartera estatal solicitó a la Fiscalía y al Departamento de Bosques y Asuntos Ambientales de la Policía Nacional investigar lo ocurrido con el fin de llegar a los involucrados en dicho acto, que atenta contra la Vida Silvestre y los mismos puedan ser castigados en virtud de la Ley 96/92 “De Vida Silvestre”.
El caso generó una gran controversia y repudio generalizado en redes sociales debido a la crueldad con el que actuaron los empleados del establecimiento ganadero que acabaron a palos con el animal, que huía de los incendios forestales y que en su escape llegó hasta el lugar.
Fuerte multa
Para este tipo de casos la ley contempla fuertes multas y en especial con una especie que está amenazada de extinción. Según el art. 37 de la Ley 96/92, se prohíben la caza, transporte, comercialización, exportación, importación y reexportación de todas las especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados que no cuenten con la expresa autorización de la autoridad de aplicación.
El art. 4, inciso h) del Decreto 2598/14 “Por el cual se reglamenta el art. 5 de la Ley 5146/14 “Que otorga facultades administrativas a la Secretaría del Ambiente (SEAM), en materia de percepción de cánones, tasas y multas”, establece que: la persona que cace, transporte, comercialice, exporte, importe o reexporte individuos de las especies de la fauna silvestre, así como sus piezas y/o productos derivados sin contar con la expresa autorización, será sancionado con multa de hasta 20.000 jornales. Es decir, unos 1.680 millones de guaraníes.
Leer también: