Finalmente el Tribunal Superior de Justicia Electoral,

no puede correr de cara a las elecciones presidenciales 2018. En las condiciones actuales de la Constitución Nacional, el senador no está habilitado para ser candidato, salvo que sea modificada vía enmienda o vía reforma.

Ante la demanda presentada por apoderados de la Asociación Nacional Republicana, (ANR) en noviembre pasado, el TSJE decidió no hacer lugar a la excepción de incompetencia opuesta plateada por representantes de Fernando Lugo (Frente Guasú). Además decidieron hacer lugar a la demanda por propaganda prohibida en los términos y con el alcance establecido en el considerando del Acuerdo y Sentencia N° 33 /16.

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En contacto con Eduardo González, apoderado de la ANR, explicó a La Nación que representantes del senador, planteaban que el TSJE no era el órgano competente para estudiar esta acción de demanda que instauró la ANR a través de los apoderados.

"Considerando a lo que se hizo lugar, él (Fernando Lugo) no está habilitado para ser candidato en base a lo que establece el Art. 229, aunque dicen también que ellos no son el órgano competente que eso tendría que analizar la Corte Suprema de Justicia (CSJ), pero igualmente ellos hacen lugar a la demanda".

“Candidatura de Lugo está en curso”

Es lo que sostenía el representante legal del senador, Abog. Marcos Fariña.

El abogado manifestó anteriormente que en la forma en que está redactada la Constitución, Fernando Lugo sí se encontraba habilitado a la candidatura y que la inhabilidad para candidatarse solo se daba para el presidente en ejercicio.

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