Petróleos Paraguayos (Petropar) habilitará diez puntos más para la recarga de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en los próximos 20 días, de esta manera se llegará a un total de 20 gasolineras que tendrán el mencionado servicio, según el presidente de la entidad estatal, Eddie Jara.

El alto funcionario explicó que la mayoría de estas bocas de expendios serán instaladas en el interior del país, en las estaciones de servicios con emblema Petropar.

Jara señaló que esta política obedece a la intención de llegar a más personas con un producto de buena calidad a precio conveniente,

"Desde el primer momento en que iniciamos la venta del GLP, la gente respondió. El producto se vendió como pan caliente", manifestó el presidente de la petrolera paraguaya.

Agregó que la estatal está preparando una nueva licitación de GLP entre 1.500 a 3.000 toneladas cuyo proceso estiman iniciar en la semana venidera.

Con respecto al primer lote de 1.000 toneladas de GLP licitado y adjudicado a la empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), ya llegó en un 90% a la planta de Petropar ubicada en la ciudad de Villa Elisa cuya capacidad de almacenaje es de 3.200 toneladas.

RECARGA ES LÍCITA

El estudio Jurídico Salomoni y Asociados emitió un dictamen relacionado a la recarga de GLP que realiza Petropar en las estaciones de servicios de su emblema. El mismo expresa que: "Para que se configure la infracción es indispensable que el relleno o reutilización del envase sea realizado con fines comerciales posteriores.

Es decir, que el infractor debe rellenar el envase con la intención de revender el producto a un tercero, a un precio superior al del costo de relleno, para así obtener una ganancia o utilidad comercial o para hacer un uso comercial y no destinado al uso doméstico".

Además explica que si el individuo, que es el dueño de la garrafa, realiza el relleno con el objetivo de revenderla a terceros, se estaría configurando la infracción establecida en el Art. 84 inc. d) de la Ley 1294, pues los terceros adquirentes podrían ser inducidos a error o confusión al creer que están adquiriendo un producto de la marca que aparece en la garrafa y el titular del registro marcario tendría derecho a impedir la infracción".

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