- Por Natalio Rubinsztein
- Socio de BDO Auditores Consultores
Si bien en distintos momentos hemos publicado notas sobre el tema, a raíz de numerosas consultas que se nos plantean consideramos importante reiterar comentarios al respecto:
1 En general, el IRP grava los ingresos personales de las personas físicas como también los ingresos que generen las sociedades simples (por ejemplo las de profesionales) que resulten de fuente paraguaya – o sea aquellos generados dentro del territorio nacional-.
En otro orden, quien resultare contribuyente, tendrá la facultad de considerar frente a sus ingresos una serie de descuentos, y/o aportes legales, gastos de la familia en educación, salud, vivienda, etc. así como todos aquellos gastos relacionados y que fueren necesarios para el funcionamiento del grupo familiar.
Finalmente, el contribuyente debe calcular su impuesto por pagar, sobre el neto que resulte de deducir de sus ingresos gravados, sus gastos admitidos como deducibles.
2 Sin embargo, para que los gastos fueren admitidos como deducibles, los mismos deben contar con la documentación de respaldo legal que correspondiere.
- Otro aspecto importante sobre el cual reflexionar es respecto de si el impuesto será en sí mismo un instrumento recaudador a ultranza.
Esto significa que en la medida en que si el contribuyente se preocupa por obtener un comprobante legal cada vez que compra un bien o paga un servicio, está teniendo la posibilidad de considerar el monto de ese comprobante como deducible para su liquidación de impuestos, pero a su vez (y aquí viene uno de los aspectos esenciales del tema) en la medida en que el contribuyente exija su comprobante legal, el vendedor o quien otorga el comprobante también estará tendiendo a "oficializar" o "blanquear" su negocio y actividad.
3 Si pensamos que todos los ciudadanos que serán contribuyentes seguirán esta tendencia y se preocuparán por obtener comprobantes legales, todo irá tendiendo a que las cosas se "sinceren" o "blanqueen".
4 Otro aspecto importante sobre el cual reflexionar es respecto de si el impuesto será en sí mismo un instrumento recaudador a ultranza.
Y entendemos que no, y al efecto los invito a que hagamos un pequeño ejercicio sobre el tema. En el presente año 2016 serán contribuyentes aquellos que perciban en el año más de 72 salarios mínimos, es decir algo más que 131 millones de guaraníes, alrededor de 11 millones de guaraníes mensuales. Naturalmente a los ingresos que tuviere el contribuyente podrá deducirle aquellos gastos admitidos a tal efecto.
5 Pero detengámonos un momento y tratemos de definir el "perfil" del individuo medio que ganaría la cifra señalada: a)probablemente se halle entre los 30 a 35 años de edad; b) es una persona casada, con un promedio de un hijo; c) su hijo se halla en edad escolar; d) probablemente esté pagando una pequeña casa o duplex; d) asimismo, probablemente esté pagando la cuota de un automóvil utilitario; e) puesto que su hijo se halla en edad escolar tiene que pagar la educación del mismo.