Por Mag. Econ. Mario Aníbal Romero Lévera

evolucionprofesional@gmail.com

Socio ADEC

Una de las políticas anticompetitivas muy utilizada es la fijación de precios predatorios. Según el art. 8 de la Ley 4956/2013 Defensa de la Competencia, "se entiende por precios predatorios, a la modalidad de abuso de posición dominante tipificada en el Artículo 10 de la Ley, consistente en la venta no ocasional de bienes o servicios cuando el precio aplicado por el oferente sea injustificadamente inferior al costo efectivo de producción, al precio efectivo de adquisición o al precio de reposición, según sea el caso, o sin margen de utilidad.

Sólo estarán prohibidas y sancionadas las conductas realizadas con el objetivo de excluir a competidores del mercado relevante previamente determinado y que cuentan con la posibilidad cierta de recuperar las pérdidas incurridas, aumentando los precios luego de la exclusión de los competidores del mercado".

Es decir, que la estrategia de precios predatorios consiste en asumir periodos de precios muy bajos, usualmente por debajo del costo de producción y con utilidades negativas para las compañías y periodos de precios muy altos, con utilidades extraordinarias para la compañía que sobreviva en el mercado.

Las estrategias de precios predatorios son, en general, perjudicial para los consumidores debido que los periodos de precios altos serán más extensos que los periodos de precios por debajo de los costos (de otra forma, las compañías no tendrían interés para seguir estas estrategias). Debido a esto las autoridades de la Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) perseguirán y castigarán a las compañías que establecen precios predatorios.

La razón por la cual se persigue este comportamiento es que, si la estrategia de precios predatorios tiene éxito, la compañía que la utilice logrará poder de mercado mediante la expulsión de sus competidores. El mayor poder de mercado daría espacio a un aumento de precios que impactará negativamente en el consumidor final del producto y a la comunidad toda, de la misma manera que se da con los monopolios. En la práctica, sin embargo, es difícil identificar la estrategia de precios dominantes de la legítima competencia entre compañías. El comportamiento de las empresas, en ambos casos, es similar pues lo primero que se observa es una bajada de precios.

¿Cómo entonces distinguir este comportamiento de una estrategia de precios predatorios? La clave está en que, en competencia perfecta, lo óptimo para una compañía es bajar los precios lo máximo posible, es decir, hasta que coincidan con su costo marginal (costo que marca el precio a partir del cual obtenemos beneficios). Por el contrario, cuando una empresa sigue una estrategia de precios predatorios fija los precios en un nivel por debajo del óptimo.

El problema está en que, en condiciones normales, es imposible para las autoridades de la Conacom determinar con exactitud si una compañía está cobrando el precio óptimo puesto que el costo marginal es difícilmente observable. Por esta razón, en la práctica, el criterio que debería utilizarse para definir si una bajada de precios refleja una estrategia de precios predatorios es el siguiente:

1. Si una compañía cobra precios por encima de su costo medio de producción, esta conducta debe considerarse legítima.

2. Si una compañía cobra precios por debajo de su costo medio de producción pero por encima de su costo variable medio de producción, debe presumirse que esta conducta es legítima

3. Si una compañía cobra precios por debajo de su coste variable de producción, debe presumirse que la compañía está fijando precios predatorios.

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