El Poder Ejecutivo promulgó la Ley conocida como "Contra la Impunidad"que modifica los artículos del Código Procesal Penal por la que suspende la entrada en vigencia de la normativa que acorta los plazos procesales en tres años. Dicha prórroga es por dos años y entra en vigencia a partir de la fecha.
El asesor jurídico de la presidencia de la República, Sergio Godoy, indicó que "Ley contra la impunidad" consiste en prorrogar por dos años más la entrada en vigencia del documento a fin de evitar que procesos iniciados se extingan considerando que la normativa aplazada establece que llegados a los tres años puedan extinguirse.
Si la citada normativa entra en vigencia, los plazos procesales bajarán de cuatro años a tres, lo que provocaría que muchos casos importantes queden sin ser concluidos. Con esta nueva Ley los afectados no podrán pedir el sobreseimiento de sus causas. Según el informe de la Asesoría Jurídica de la Presidencia, la Ley Nº 4669/2012, redujo a tres años el plazo de duración máxima del proceso, modificando el Código Procesal Penal que establecía cuatro años, en este sentido al promulgar la mencionada normativa, no se previó disposición transitoria alguna que establezca el mecanismo de conclusión de todos aquellos procesos que han iniciado bajo el anterior régimen.
Al respecto, la Comisión Nacional de Reforma del Sistema Penal, ha analizado y reformulado los Artículos 136 y 137 de nuestra legislación de forma, destaca el caos jurídico que generaría la entrada en vigencia de la Ley que fue aplazada, ya que muchas causas importantes sobre narcotráfico, corrupción y otros crímenes graves quedarían extintos si ello ocurriera y peor aún quedarían impunes los responsables de cientos de hechos punibles sin llegar a la tan anhelada restauración de la paz social.Por último, se destaca que el control de duración del Procedimiento tendrá una duración máxima de (4) cuatro años, contados desde el primer acto del procedimiento.