Para los jueces, fiscales y defensores públicos tramitar un proceso penal, cuyo valor es insignificante, implica tiempo y costo. En la mayoría de los casos, seguir adelante con la investigación depende de los denunciantes.
Sin lugar a duda, la imputación que formuló la fiscala Fátima Britos contra un parrillero que hurtó tres kilos de asado generó todo tipo de debates en las redes sociales, así como en el ámbito jurídico, donde varios profesionales del derecho señalaron que no corresponde abrir un proceso por un delito bagatelario.
La Nación presenta la opinión de cuatro profesionales de las leyes, el juez penal de Garantías, José Delmás Aguiar; el defensor público en lo penal, Martín Muñoz; la abogada Cecilia Pérez; el fiscal adjunto del departamento Central, Patricio Gaona, sobre los hechos punibles de reproche reducido.
Ellos coinciden que éstos generan una sobrecarga de trabajo en todos los juzgados penales de garantías, en vista a que se podría llegar a una salida procesal rápida y así evitar que la causa ingrese al sistema. Para el fiscal adjunto, seguir adelante con estos procesos en muchos casos depende de los denunciantes o de las víctimas.
Poder Judicial
El juez penal de Garantías, José Delmás, explicó que si se sigue con un proceso penal donde el perjuicio es mínimo, el Poder Judicial termina pagando mucho más con el uso de papeles, tinta, traslados de las personas imputadas y el costo se triplica si la persona está privada de su libertad.
Asimismo, señaló que no puede dictar una resolución desigual por un caso que es más mediático que otro, sino que todo tiene que ser por igual. Sin embargo, añadió que "es importante descongestionar los juzgados, porque todos los jueces tienen muchas audiencias", añadió.
Delmás manifestó que el artículo 301 del Código Procesal Penal (CPP) dice que la Fiscalía puede dar salida al proceso ya al inicio de la investigación o luego de las primeras intervenciones de la Policía.
"Las salidas alternativas podrían ser el sobreseimiento si existe conciliación, terminando así el caso sin llegar a una imputación, por lo que se descomprimiría el accionar del Ministerio Público, que también tiene un gasto humano", precisó.
Seguidamente, recalcó que dentro de nuestra normativa está establecida una salida y un corte final a este tipo de procesos, reduciendo el gasto humano y económico.
Abogada
"Los hechos punibles de reproche reducido son los que recargan, en exceso, el trabajo de la Justicia", indicó Cecilia Pérez, añadiendo que "el Código Penal clasifica cuáles son los hechos bagatelarios y el Código Procesal Penal le da al Ministerio Público la posibilidad de plantear salidas alternativas a este tipo de casos".
Para la abogada, los delitos en los que se discuten montos insignificantes y la víctima del hecho preste su acuerdo, previo resarcimiento, deben tener una salida alternativa y evitar así que el expediente ingrese al sistema judicial. "Ahora hay una ley de mediación y arbitraje y se puede aplicar en el ámbito penal", subrayó.
Antes de imputar a una persona, a criterio de Pérez, el Ministerio Público debe agotar todas las instancias y mediar para que las partes lleguen a un acuerdo. "En mi experiencia en el Área Metropolitana ya resolvimos casos sin llegar a una imputación y la persona denunciada obtuvo una salida de un criterio de oportunidad, o en otros casos la suspensión condicional del procedimiento. Así se descomprime el Poder Judicial con causas cuyos delitos son menores", aseguró.
De acuerdo a la profesional, ocuparse de los delitos bagatelarios retrasan los demás procesos, sobre todo aquellos más complejos como homicidio doloso, robo agravado, daños patrimoniales, entre otros.
Defensa Pública
El defensor público en lo penal, Martín Muñoz, señaló que el ordenamiento jurídico regula los casos bagatelarios y que la Fiscalía no persigue estos delitos si no tienen interés relevante en lo social o público, ya que esta es una atribución que tienen los representantes del Ministerio Público.
"Para los defensores públicos no constituyen casos aislados, porque nuestros representados son aquellas personas de escasos recursos, por esa razón, ya tuvimos varios expedientes sobre delitos bagatelarios", sentenció.
Muñoz explicó que el Código Penal y Procesal Penal establece una gama de salidas alternativas con respecto a estos delitos, agregando que "la irracionalidad de imputar estos casos hace que el sistema judicial se sature".
Está establecido que, si se repara el daño, ya podría darse una salida procesal rápida, siempre y cuando la víctima se sienta resarcida por el daño que sufrió, manifestó el defensor y reiteró que "hacen falta más políticas de reinserción, porque muchos internos al abandonar las penitenciarías se convierten en expertos del robo, hurto y otros delitos".
Fiscalía
El fiscal adjunto en lo penal del departamento Central, Patricio Gaona, señaló que los hechos de acción penal privada, como amenaza, lesión y otros, son los que saturan las sedes fiscales, no así los casos bagatelarios, aunque estos también representan un número importante para el Ministerio Público.
"La persecución penal depende de la instancia de la víctima, nosotros no consideramos solo la denuncia, sino que llamamos al afectado para que se ratifique y si no lo quiere hacer, automáticamente archivamos el caso", reseñó Gaona.
Para que la Fiscalía pueda seguir con el proceso penal, tiene que haber un interés público, precisó el profesional. "La ley dice que si se tiene una denuncia por un valor menor de 10 jornales, la persecución dependerá de la víctima. Se puede llegar a un acuerdo conciliatorio hasta antes del juicio oral y así se evita todo el proceso", concluyó.