La Cooperativa Universitaria es administrada por las mismas personas que integran su estructura hace más de 13 años, según se observa en las memorias y balances disponibles en la página web de la entidad. Los miembros electos para ocupar altos cargos directivos gozan de una "atractiva dieta" percibida cada vez que sesionan, pudiendo hacerlo tres o cuatro veces por semana, aunque no tienen un límite establecido.
El año pasado, el monto destinado en concepto de dieta fue de G. 11.200 millones. Cada miembro del Consejo Administrativo, de la Junta de Vigilancia y del Tribunal Electoral percibieron en promedio la suma de G. 500.000 por cada sesión realizada, al igual que los miembros de los diversos comités de la entidad, quienes recibieron G. 360.000, a diferencia de que éstos solamente pueden tener tres sesiones ordinarias y una extraordinaria de manera mensual.
FAMILIA CRUZ ROA
La entidad solidaria ha sido manejada por la familia Cruz Roa y aliados desde hace más de 20 años. César Guillermo Cruz Roa, hermano de Jorge Cruz Roa y Carlos Cruz Roa, ocupó el cargos en el Consejo de Administración desde el año 2009 hasta la actualidad. Fue presidente, vicepresidente, vocal titular y tesorero. También presidente y miembro del Comité de Planificación, Economía y Financiera desde el 2004 al 2009, según consta en los documentos.
De acuerdo a fuentes, Carlos Cruz Roa fue quien lideró y manejó los rumbos de la Cooperativa Universitaria desde 1991 aproximadamente. A raíz de diversos conflictos, los hermanos Cruz Roa y aliados se separaron y formaron distintos movimientos. Jorge Cruz Roa es el actual presidente de CABAL Paraguay y la Federación de Cooperativas Multiactivas (Fecomulp).
SISTEMA ELECTORAL
Jhonny Rojas Lugo, actual presidente de la Cooperativa Universitaria, manifestó que los cargos directivos de la entidad solidaria pueden ser ocupados por un plazo máximo de dos periodos, equivalentes a cuatro años por mandato actualmente, según modificaciones realizadas el año pasado al Estatuto cooperativo, aclarando que anteriormente eran tres.
El sistema electoral que antes estaba vigente permitía que un determinado sector administre las cooperativas de manera indefinida mediante una rotación de sus miembros en los cargos. Esto posibilitaba que los mismos no puedan ser cuestionados durante sus gestiones, tanto en el Consejo de Administración como en la Junta de Vigilancia.
Al respecto, el titular de la CU señaló que "la rotación en los cargos se realiza para asegurar que las funciones asignadas sean cumplidas adecuadamente".
Según el artículo 118 de la Constitución, el sufragio se debe fundar, entre otras cosas, en el sistema de representación proporcional, y el artículo 119, refiere que para las elecciones de las organizaciones intermedias, como lo son las cooperativas, rijan los mismos principios y normas del sufragio. Sin embargo, resulta imposible la aplicación de esta representación proporcional cuando se vota separadamente por cada uno de los cargos en disputa, ya que la misma permitía monopolizar el poder.
Dicho esto, las movilizaciones organizadas por las cooperativas de ahorro y crédito apuntarían a defender ciertos privilegios, con el argumento de que la nueva Ley Nº 5501 perjudicará a unos 1.600.000 asociados.