Por Joel Barrios - Twitter: @Joelbarrioss

Como todos los años, se pudieron ver hoy largas filas de ciudadanos frente a los municipios para pagar, a última hora, su registro o habilitación del vehículo. Sin embargo no hay necesidad de perforar la licencia ni las autoridades podrán multar por eso según la apreciación de Eduardo Petta, senador y recordado por su labor en la Policía Caminera.

Las largas filas se dieron pese a que la ley que vigente no contempla la obligatoriedad de la perforación anual de la licencia, en gran manera por la falta de información de la ciudadanía.

Según Petta la vigencia del registro de conducir dura 5 años. La falta de perforación de licencia no es motivo para el cobro de multas ya que no está escrita dentro de la normativa vigente, la 5016/14, Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, según el ex titular de la Policía Caminera.

El hoy senador dijo, inclusive, que en el caso que las municipalidades quieran cobrar multas por la falta de perforación a los conductores, estos pueden pedir la nulidad del proceso en el juzgado de faltas de cada municipalidad.

"No hay motivo legal para pagar por la perforación en las municipalidades", expresó.

La citada ley dice textualmente que "hay un vencimiento único de las licencias de conducir, que es de cinco años, en su artículo 24 mientras que en otro hace mención a que las normas municipales deberán ajustarse a esta normativa.

"Se puede accionar contra el municipio"

Según la apreciación del abogado Alex Chávez, hay un vencimiento único de las licencias de conducir, que es de cinco años. "La ley habilita a circular por 5 años con el mismo carnet

Según Chávez, la Ley Nacional de Tránsito, controla solo el vencimiento quinquenal (cada cinco años), "la propia constitución tiene falencias, una ley establece el orden y otra le da autonomía a los municipios, pero la 5016 tiene mayor jerarquía incluso que las disposiciones municipales. Que se respete esto es otro asunto y en este caso, sí es posible plantear una acción contra el municipio", admitió.

Por esta razón se puede pedir la nulidad de la multa ya que va en contravención a lo que dicta la ley, precisó el profesional.

Carlos Aquino, director General de la Policía Municipal de Asunción, en conversación con la 970 AM, indicó que la perforación es más que nada para un control anual que detecta si hay multas que no fueron cumplidas.

Esta declaración salió al paso tras lo dicho por los especialistas, por lo que Aquino tuvo que admitir que no hay ley que diga que se cobra por la revalidación del registro, por lo que el costo de la perforación se trata de una ordenanza tributaria del municipio. Explicó que el control de multas e impagos por infracción se detecta mediante el sistema de la OPACI que impide así, se pueda renovar de la licencia.

El director de la Patrulla Caminera Luis Jacobs, sostuvo que por medio de la Ley Nacional de Tránsito están autorizados a controlar solo el vencimiento cada cinco años de la licencia, no así el vencimiento anual. Señaló que es "realizado por los municipios para tener mayor control de los conductores y no busca tener una ganancia monetaria".

Agregó que los municipios pueden extender las fechas de vencimiento de la perforación con una nueva ordenanza, "en virtud a su autonomía y de acuerdo a su ley orgánica".

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