La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Antonio Fretes, Miryan Peña y Raúl Torres Kirmser, declaró inamovible al ministro Luis María Benítez Riera en su cargo en la máxima instancia judicial del país. A su vez, la Sala Constitucional prohíbe al Consejo de la Magistratura a convocar a concurso para llenar el cargo en la máxima instancia judicial. De esta forma, Benítez Riera, quien el próximo 15 de diciembre cumple cinco años en su cargo de ministro, seguirá en la Corte hasta los 75 años, tal como establece la Constitución.

Con la inamovilidad, Benítez Riera se une en igualdad de condiciones a sus colegas Antonio Fretes, Raúl Torres Kirmser, Sindulfo Blanco, Miguel Óscar Bajac, la ministra Alicia Pucheta de Correa y el ministro César Garay Zuccolillo.

El argumento de los altos magistrados señala que "la acción meramente declarativa encuentra reconocimiento expreso y consagración legislativa puntual en nuestra normativa procesal, por lo que representa una vía válidamente utilizable en los campos más variados del proceso".

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Indica que "la norma general sobre el ejercicio de la acción rige respecto de los procedimientos sobre la constitucionalidad de las conductas y relaciones jurídicas, dado que también se encuentran regulados en el Código Procesal Civil; por ende, el interés puramente declarativo puede subsistir, igualmente, respecto de la jurisdicción constitucional".

Al mismo tiempo la resolución manifiesta que "la duda o incertidumbre objetiva que origina la promoción de la presente acción declarativa se refiere al posicionamiento del acto ante el Estado y la sociedad, e involucra una interpretación de ciertos hechos, a saber: el ejercicio de diversos cargos en la función jurisdiccional, a los efectos de delimitar su cómputo para la inamovilidad, aun mediando ascensos en la carrera judicial".

Por último, señala que "la aproximación meramente gramatical al artículo en cuestión –Art. 252 de la Constitución– indica que la inamovilidad se refiere al magistrado; es decir, al ejercicio de la función jurisdiccional; por lo que trasladado o ascenso que contenga su consentimiento previo y expreso que no puede afectar la inamovilidad adquirida".

Destaca que con "el alcance de certeza constitucional que un ministro de la Corte Suprema de Justicia ha alcanzado la inamovilidad en el ejercicio de la función jurisdiccional que actualmente desempeña, puesto que al momento de ser designado ministro de la Corte Suprema de Justicia, ya contaba con el atributo de la inamovilidad". Igualmente, el fiscal general del Estado, Javier Díaz Verón, dictaminó a favor de que Benítez Riera sea declarado inamovible.

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