Esta semana se presentó en el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) el 'Operativo Aguinaldo'. La legislación vigente en esta materia, (Código Laboral) obliga al empleador al pago del décimo tercer salario (aguinaldo) antes de terminar el mes. Recuerda el MTESS que este concepto es inembargable.

Fiscalizadores del MTESS recorrerán las zonas donde se concentran industrias, bancos y comercios de todo el país y se extenderán en las calles buscando concienciar en el cumplimiento de este beneficio del trabajador.

Guillermo Sosa, ministro del Trabajo, dispuso la salida de fiscalizadores "que tomarán contacto con las empresas para concienciar en el cumplimiento del pago del aguinaldo; es obligación del empleador y derecho del trabajador y es nuestro deber velar porque se cumpla"; explicó Sosa.

Fueron contratados 30 nuevos fiscalizadores, todos profesionales universitarios que tendrán a su cargo la tarea.

Dice el artículo 243 del Código Laboral que el aguinaldo es de carácter obligatorio y "queda establecida una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias, comisiones u otros)".

Destaca la ley que el concepto deberá ser abonado antes del 31 de diciembre, o en el momento que termine la relación laboral si eso ocurre antes de esa época de año.

El aguinaldo no es sujeto de embargos; descuentos ni deducciones.

De ocurrir alguna irregularidad el trabajador, el MTESS dispone de números de teléfono; 0800117300 (gratuita) y 021 448183. Las oficinas del MTESS: Luis Alberto de Herrera y Paraguarí.

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