La Cámara de Senadores sancionó ayer el proyecto de ley "Que modifica los Art. 5 y 9 de la Ley Nº 1682/01 'Que reglamenta información de carácter privado', conocida como 'Ley de Informconf'".

Tras no contar con los votos suficientes para ratificar el proyecto del Senado, quedó aprobada la normativa en donde no se especifica el monto mínimo de la deuda para figurar en la lista de morosos, tal como fue aprobada en la Cámara de Diputados.

Otras de las disposiciones es que los datos de las personas deberán excluirse de la lista de morosos de Informconf inmediatamente, una vez saldadas sus deudas (24 horas). Dicho trámite correrá a cuenta de la empresa, de manera a evitar que el cliente sea quien solicite a Informconf eliminar sus antecedentes por mora del sistema. Recordemos que en la Cámara Baja se había resuelto que la nueva ley debía contener datos positivos de los clientes y no solo los negativos.

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El proyecto del Senado establecía que a partir de G. 5.470.000 de deuda para incluir a los deudores al registro, pero, sin embargo, no tuvieron votos para ratificarse en esa postura. Según la votación nominal del proyecto se registró 19 votos a favor de la postura del Senado, 5 a favor de Diputados, 1 abstención y 20 ausencias.

El senador Carlos Filizzola manifestó que esta ley solo se beneficia al sector bancario. "Me parece una barbaridad que siempre se actúe a favor del sistema financiero o bancario y no a favor de la gente", expresó.

En las modificaciones incluidas por los Diputados figura, en el artículo 5º de la ley actual, que "Cuando la información verse sobre el cumplimiento de obligaciones financieras y comerciales…", es decir, se deberá mencionar en el perfil del cliente su historial positivo. Mientras que en el artículo 9º señala que los datos de deudas impagas deben ser eliminadas desde el momento en que es cancelada la deuda. El proyecto pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación o veto.

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