Un total de 194 contribuyentes de la Subsecretaría de Estado de Tributación ha obtenido el timbrado virtual para la emisión de comprobantes de retención, en el marco de la implementación del Sistema Tesakã.

Este procedimiento permite a los contribuyentes expedir en línea los comprobantes de las retenciones que efectúan. Además, se registran un total de 198 timbrados para la emisión de facturas virtuales concedidas por el Sistema Marangatu.

En este contexto, la administración tributaria emitió esta semana una Resolución General N° 63 en la cual aclara aspectos relativos a la emisión virtual de comprobantes de retención y de facturas y se establecen además otras disposiciones sobre el Sistema Tesakã.

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La referida resolución dispuso que para los Agentes de Retención con terminación de RUC 8 y 9, la obligación de la emisión virtual de comprobantes entrará a regir recién a partir del primero de noviembre de 2015, sin perjuicio de poder utilizarlo antes.

La normativa dispone también que los Agentes de Retención deberán emitir un comprobante de retención por cada pago relacionado a una factura, sea esta contado o crédito.

La retención debe efectuarse cuando los montos pagados en el mes superen los 10 jornales diarios establecidas para actividades diversas no especificadas para la capital.

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