La Contraloría Ciudadana de Ciudad del Este pide esclarecer su vínculo con la comuna y la defensa particular de personas relacionadas con la institución.

Integrantes de la Contra­loría Ciudadana de Ciu­dad del Este (CCDCE) requieren a la Contraloría General de la República (CGR) impulsar una fiscalización en torno al plantel de funciona­rios y empleados públicos de la municipalidad al denun­ciar una presunta incompati­bilidad y conflicto de intereses por parte de la abogada Gilda María Portillo. El pedido de la organización surge teniendo en cuenta que Portillo con­forme a la lista de funcionarios y empleados públicos divulgada por la municipalidad aparece vinculada y remunerada por la institución desde el mes de febrero de 2025 y paralela­mente ejercería la defensa téc­nica particular en las diferentes causas judiciales que enfrenta el destituido intendente por corrupción, Miguel Prieto y su gavilla conformada por el concejal Sebastián Martínez Insfrán, el director de Recursos Humanos Francisco Arrúa y la funcionaria Maggi Elizabeth Fariña Almada.

La abogada Gilda María Portillo y Miguel Prieto en la Fiscalía.FOTO: CAPTURA DE PANTALLA

“La denuncia se sustenta en la posible existencia de incompa­tibilidad, conflicto de intereses y eventual utilización inade­cuada de recursos o informa­ción institucional, atendiendo a que la citada profesional, mientras mantiene un vínculo remunerado con la Municipali­dad de Ciudad del Este, ejerce­ría la defensa técnica particular de autoridades, exautoridades y funcionarios vinculados con dicha institución”, refiere el documento que será remitido al órgano auditor.Señala también que “asimismo, se solicita veri­ficar si la denunciada cumplió con su obligación de presentar ante la Contraloría General de la República su Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Acti­vos y Pasivos, dentro del plazo legal correspondiente”.

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En el escrito mencionan que algunas de las causas judicia­les guardarían relación con hechos denunciados, actua­ciones administrativas, recur­sos públicos o circunstancias vinculadas directa o indirecta­mente con la Municipalidad de Ciudad del Este. “Esta situación podría colocar a la profesional en una posición de intereses contrapuestos debido a que, por una parte, mantiene un vín­culo remunerado con la institu­ción municipal y se encuentra obligada a privilegiar y proteger los intereses públicos; mientras que, por otra, asume la defensa particular de personas investi­gadas o procesadas por hechos presuntamente vinculados con la misma institución”, indican desde la Contraloría Ciuda­dana de acuerdo a las informa­ciones e investigaciones recopi­ladas por sus miembros.

Mensajes de apoyo de la abogada Gilda María Portillo Vera a favor del exintendente Miguel Prieto.FOTO: GENTILEZA

Agregan que la situación requiere verificar si la denun­ciada tiene acceso, por razón de sus funciones, a documen­tos, antecedentes, datos per­sonales, expedientes adminis­trativos, informes jurídicos o cualquier otra información ins­titucional que pudiera resultar relevante para las causas en las que ejerce la defensa técnica. Solicitan también determinar si la defensa de las personas individualizadas es abonada de manera particular por cada defendido o si, directa o indi­rectamente, se utilizan recur­sos, contratos, honorarios, personal, instalaciones, infor­mación o fondos de la Munici­palidad de Ciudad del Este. En el requerimiento, la Contra­loría Ciudadana hace alusión a la Ley n.º 7445/2025 “De la Función Pública y del Servicio Civil” el cual resulta aplicable a los funcionarios y emplea­dos públicos de los gobiernos municipales. A la vez citan el Artículo n.º 51 de la ley que establece, entre las obligacio­nes de los servidores públicos, la de privilegiar los intereses del Estado sobre los intereses pro­pios o particulares, observar el principio de probidad adminis­trativa y actuar con imparcia­lidad. También hacen mención del Artículo n.º 52, inciso m), prohíbe a los servidores públi­cos efectuar o patrocinar para terceros trámites o gestiones administrativas o judiciales bajo su ámbito de actuación, con las excepciones previstas en el ordenamiento jurídico. Igualmente, citan los incisos k), l), n), p) y r) del mismo artí­culo argumentando que en los mismos se detallan prohibicio­nes relacionadas con la obten­ción de beneficios, el conflicto de intereses, la prestación de servicios a determinados par­ticulares y el ejercicio de ocu­paciones que no puedan con­ciliarse con las obligaciones del puesto público.

Documento que será presentado por los miembros de la Contraloría Ciudadana de Ciudad del Este a la Contraloría General de la República

Además, citan en la solicitud el artículo n.º 61, inciso p), con­sidera falta grave efectuar o patrocinar para terceros trámi­tes o gestiones administrativas o judiciales, se encuentren o no directamente bajo el ámbito de actuación del servidor público.

También hacen referencia a la Ley n.º 6919/2022 sobre la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos el cual comprende como sujetos obli­gados a las personas nombra­das, contratadas o electas para prestar servicios en organis­mos o entidades del Estado. La declaración jurada debe pre­sentarse ante la Contraloría General de la República dentro del plazo legal contado desde la toma de posesión o inicio de las funciones.

“Los hechos expuestos ame­ritan una investigación des­tinada a determinar la natu­raleza exacta del vínculo contractual, las funciones asignadas, los pagos efectua­dos, la existencia de posibles conflictos de intereses y el cumplimiento de las obliga­ciones legales de transparen­cia”, sostienen.

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