El juez Édgar Rivas no tenía facultad para levantar embargos trabados en el juicio por lo que sería irregular su actuación.

Suman más inconsis­tencias e irregulari­dades en el título de transferencia de una valiosa propiedad elaborado por la escribana Justina Esteche y firmado, de forma llama­tiva, por el criticado juez en lo civil y comercial de Asun­ción Édgar Rivas, en el jui­cio civil caratulado “Ypyta Inmobiliaria, Agroganadera y Comercial sobre convoca­toria de acreedores”.

Son unas decenas las presun­tas irregularidades avaladas por la escribana Esteche y firmadas por el magistrado Rivas al momento de proto­colizar la titulación de una costosa propiedad ubicada en Pedro Juan Caballero, perteneciente a la firma Ypyta, la cual fue rehabili­tada legalmente. De acuerdo con lo detectado, en el expe­diente judicial mencionado no consta resolución alguna que faculte al juez Rivas a ordenar el levantamiento de los embargos trabados en este caso, ya que esta dispo­sición no se dio a través de una subasta.

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Las inconsistencias tan notorias ni siquiera fueron advertidas por los funciona­rios del Registro Unificado Nacional (RUN) al momento de la inscripción. Esto hace presumir que el personal del RUN podría ser cómplice del hecho al permitir el registro de un título que cuenta con varios datos inexistentes en el expediente judicial.

Otro punto que llamó la atención es que la nota­ria Esteche hizo consignar una providencia con fecha del 15 de diciembre de 2014, documento que no figura en el expediente civil en cues­tión. Asimismo, se mencionó al exjuez Hugo Becker y a la actuaria Gina Gallupi, quie­nes, de acuerdo con los datos, no participaron en este jui­cio.

El juez Édgar Rivas no tenía facultad para levantar embargos trabados en el juicio, por lo que sería irregular su actuación.FOTO: GENTILEZA

OMISIÓN

Del mismo modo, la escri­bana omitió el A.I. N.º 1321 de fecha 22 de diciembre de 2023, firme a la fecha, mediante el cual el juz­gado interviniente resol­vió rehabilitar a la firma fallida “Ypyta S.A. Inmobi­liaria, Ganadera y Comer­cial”. Dicho documento dejó sin efecto las restricciones decretadas en su momento –cuando se declaró la quie­bra–, lo que significa que la empresa está habilitada.

Igualmente, un grave hecho que habría cometido la escri­bana Justina Esteche, vía Escritura Pública N.º 2 de fecha 31 de marzo de 2026, fue consignar que compare­ció ante ella el juez de Pri­mera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Cuarto Turno de la capital, cuando debió ser del Sép­timo Turno. La notaria no expone los motivos por los cuales consigna dicho turno y no el que le corresponde legalmente al magistrado. Este hecho es de tal grave­dad que inclusive podría anular la titulación.

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