Los magistrados evidenciaron la inconsistente acusación fiscal con argumentos sólidos que dieron la razón a la defensa del extitular de la Seprelad.

Un Tribunal de Sen­tencia absolvió de forma unánime de culpa y pena al extitular de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero (Sepre­lad) Óscar Boidanich, quien fue juzgado por frustración de la persecución y ejecución penal en el caso del empresa­rio Darío Messer.

Los jueces Darío Báez, Gloria Hermosa y Natalia Cacavelos concluyeron que las acciones atribuidas por la Fiscalía no se adecuan a ningún hecho punible. Asimismo, el cole­giado señaló que el Ministerio Público no logró demostrar que la actuación del acusado impidiera la investigación contra Messer o frustrara el comiso de sus bienes. Por el contrario, ambos resultados se concretaron: el empresa­rio fue imputado y sus activos fueron incautados.

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Durante la lectura de la senten­cia, el presidente del Tribunal, Darío Báez, explicó que la Fis­calía no logró demostrar los ele­mentos necesarios para soste­ner la acusación. “No se probó el resultado típico ni el nexo cau­sal”, afirmó el magistrado.

SIN SUSTENTO

Los magistrados explica­ron que, al tratarse de un hecho punible de resultado, la Fiscalía debía probar que la conducta de Boidanich evitó de forma directa el proceso penal o el comiso. Al no suceder esto, la acu­sación quedó sin sustento y sin argumento. Los jueces de sentencia evidenciaron las falencias del Ministerio Público. Estos argumentos de los jueces pusieron en evidencia que la acusación respondió a una estrategia mediática de ciertos medios de comunicación contrarios al gobierno de Horacio Car­tes para perjudicar al Boida­nich, al frente de la Seprelad durante esa gestión.

Durante el juicio oral, fun­cionarios de la Seprelad declararon que Boidanich nunca ordenó retener nin­gún reporte; por el contrario, se le dio la celeridad corres­pondiente. Finalmente, se demostró que el informe de la institución fue entregado al Ministerio Público, que lo utilizó como base para sus­tentar la imputación contra Darío Messer, garantizando además que el documento nunca se filtrara.

El Ministerio Público, a cargo del agente Francisco Cabrera, había solicitado la semana pasada una condena de dos años y seis meses de prisión para Boidanich.

“Siempre se respetó la institucionalidad”

ÓSCAR BOIDANICH - Extitular de Seprelad

Tras conocerse el fallo, el exministro de la Seprelad Óscar Boi­danich aseguró que se pone fin a ocho años de un proceso que no tuvo que ser llevado ante la justicia porque siempre hubo transparencia. “Siempre se respetó la institucionalidad de Ser­prelad, institución que tuve el honor de dirigir durante varios años”, indicó.

Por otra parte, recalcó que aquí hubo un intento de instalar un relato falso. “Lógicamente, en un momento dado empezó lo que yo llamo un tiroteo mediático. Se empezó a mediatizar el caso a través de un sector de la prensa hacia mi persona, tratando de involu­crar también al expresidente de la República (Cartes) e, incluso, al actual presidente. En varias foto­grafías aparecí en medio, se intentó instalar una vinculación y llevando el caso del ámbito judicial al campo político”, destacó. “Actué siempre de manera técnica y transparente. Entonces, hubo una mala intención de un sector de la prensa de tratar de involucrar al expresidente”, dijo.

La acusación “era muy abstracta”

CLAUDIO LOVERA - Abogado defensor

Claudio Lovera, abogado de Óscar Boidanich, se mostró con­forme con la absolución de su cliente y aseguró que la acusa­ción del Ministerio Público era abstracta. “El tribunal, además, señaló que la hipótesis acusatoria era muy abstracta” dijo, para agregar luego que esa abstracción “quedó en evidencia porque no resistió la prueba producida durante el juicio”, añadió.

Luego explicó que también hay que rescatar que, entre todas las actuaciones y documentos anali­zados, quedó demostrado que Óscar Boidanich “no dio ninguna instrucción para realizar un manejo irregular de la labor de inteligencia financiera. Ese también es un aspecto que debe destacarse en el marco de esta absolución”, recalcó el abogado. “Se reconoció que a partir del informe remitido por la Seprelad (a cargo de Boidanich) fue posible concretar el comiso de los bienes, algo que también quedó acreditado durante el juicio”, dijo.

La acusación del Ministerio Público naufragó en juicio

La hipótesis acusatoria no logró demostrar que existiera una maniobra para favorecer a Darío Messer, dejando sin respaldo la construcción fiscal.

La absolución unánime de Óscar Boidanich, extitular de Seprelad del gobierno de Horacio Cartes en el caso Messer, dejó sin sustento la acusación del Ministe­rio Público, cuya tesis de una supuesta demora deli­berada del informe CHASA de la citada institución no se acreditó durante el juicio oral. Tras la producción de las pruebas y la declaración de 11 testigos, el Tribunal concluyó que no existió conducta puni­ble por parte del extitular de la Seprelad.

La sentencia determinó que Boidanich nunca intervino en las tareas de análisis de inteli­gencia financiera ni impartió instrucciones para retrasar el trabajo técnico. Incluso, el analista responsable declaró que jamás recibió órdenes para influir o demorar la ela­boración del informe. La evi­dencia también confirmó que el documento siguió el procedimiento interno pre­visto, incluyendo la revisión jurídica, que recomendó dili­gencias adicionales antes de su remisión al Ministerio Público.

Otro aspecto que derrumbó la acusación sin sustento del Ministerio Público fue que, durante parte del proceso, Boidanich se encontraba con reposo médico por una grave afección de salud y la institución quedó a cargo de un encargado de despacho. Al reincorporarse, el primer día hábil firmó el envío del informe de inteligencia a la Fiscalía.

El juicio también estable­ció que el documento llegó oportunamente al Ministe­rio Público y fue utilizado para impulsar las primeras diligencias del caso Messer y posteriormente el comiso autónomo. Asimismo, se com­probó que las medidas cau­telares fueron dictadas en tiempo y forma y que todos los bienes fueron alcanzados por la acción fiscal.

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