- Prof. Mg. Abog. Eduardo Ariel González Báez
El 20 de mayo de 2019, en este mismo diario, se publicó el artículo titulado “El corrupto impoluto”, teniendo en cuenta lo ocurrido en ese entonces con el salvataje obtenido para no darle la pérdida de investidura al senador liberal Enrique Buzarquis, cuando el Ministerio Público lo imputó y acusó por haber presentado un “certificado de salud de contenido falso”. Dentro de esta causa, obtuvo la “suspensión condicional del procedimiento”, admitiendo el hecho como una conditio sine qua non para el efecto, y se le impusieron reglas de conducta. La ventaja de Buzarquis, en comparación con los comunes e incluso con sus pares, fue que en ese entonces era miembro del oficialismo liberal, aliado al PDP de los Filizzola y Masi, y, por ende, parte de un grupo político afín a la disidencia colorada actual, muy cercano al íntimo círculo del entonces presidente de la República Mario Abdo Benítez. Esto le permitió obtener la liberación de sus votos en la Cámara Alta y, por ende, el rechazo de su pérdida de investidura, cuando otros senadores fueron expulsados del Congreso por mucho menos.
Pasados siete años de esa publicación, volvemos a encontrar una nueva versión del corrupto impoluto, esta vez en la figura de Rafael Filizzola, quien se dedica a cuestionar tanto al Ministerio Público como al Poder Judicial, habiendo sido sobreseído en dos causas penales no por haber sido encontrado inocente en ambas investigaciones, sino como consecuencia de chicanas e irregularidades en la aplicación de una nulidad de la acusación que no le correspondía. Como dice un correligionario: “Cuando uno dice lo que no debe, escucha lo que no quiere”. Habiendo revisado ambas causas, mis comentarios son los siguientes:
Caso “Comisarías de Oro”
Este caso se centra en una investigación penal por supuestas irregularidades en la adjudicación y ejecución de contratos para la construcción y equipamiento de comisarías en Paraguay durante la gestión del exministro del Interior Rafael Filizzola. El proyecto involucró recursos públicos valorados en alrededor de 9.000 millones de guaraníes, con la empresa Constructora Arnaldo Céspedes SA como principal adjudicataria. Las denuncias apuntaban a sobreprecios, falta de transparencia y posibles actos de lesión de confianza.
La causa estuvo paralizada en la Corte Suprema durante aproximadamente cinco años (2017-2022), y la estrategia de la defensa para esta paralización se basó en:
1. Recusaciones presentadas por la defensa contra ministros del tribunal.
2. Demora en la resolución de una acción de aclaratoria presentada en la Corte.
Esta paralización generó una mora judicial que favoreció a la defensa. Durante casi cinco años, la defensa alegó la prescripción del caso, lo que generó controversia y cuestionamientos sobre la celeridad y eficiencia de la justicia. La paralización favoreció que la jueza de garantías pudiera dictar en 2022 el sobreseimiento por prescripción. Sin embargo, la Fiscalía apeló y el Tribunal de Apelaciones reactivó parcialmente el proceso.
La Corte Suprema, finalmente, rechazó en 2025 el recurso de casación de la defensa, pero el daño por la mora ya estaba hecho. En marzo de 2025, la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa de Filizzola, dejando firme la decisión de la Cámara de Apelaciones que revocó la prescripción de la causa. Esto dejó “vía libre” para que se realizara la audiencia preliminar. Finalmente, en mayo de 2025, se llevó a cabo otra audiencia preliminar ante el juez de garantías Yoan Paul López. En esa audiencia, el juez dictó un fallo de sobreseimiento definitivo para Filizzola por prescripción, lo que, en ese momento, implicaba la extinción de la acción penal en su contra. Con la decisión de mayo de 2025, Filizzola quedó –según ese fallo– sobreseído definitivamente respecto al “Caso Comisarías de Oro”, reiterando por una cuestión de plazos, y no por haberse analizado su participación criminal en el hecho acusado.
CASO HELICÓPTEROS
El caso conocido como “Helicópteros” está relacionado con la adjudicación irregular de la compra de aeronaves durante el gobierno en el que Rafael Filizzola se desempeñaba como ministro del Interior. Se analizan los hechos, las personas imputadas, la intervención de la justicia y los aspectos procesales hasta la fecha, con énfasis en la actuación de la Corte Suprema de Justicia y las implicancias judiciales y patrimoniales del caso.
La adjudicación se realizó en el contexto del gobierno de Fernando Lugo, donde Rafael Filizzola fue ministro del Interior hasta 2010. La compra irregular involucró a la empresa española Eurocopter España SA (actual Airbus Helicopters España). El monto estimado del perjuicio al Estado paraguayo asciende a aproximadamente USD 3.440.000. En el caso se investigaron irregularidades en la adjudicación y compra de helicópteros para la Policía Nacional, incluyendo presuntas sobre valoraciones y falta de transparencia en la licitación.
La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió una acción de inconstitucionalidad presentada por los empresarios españoles imputados, argumentando falta de declaración indagatoria válida. La Sala Constitucional anuló la acusación fiscal contra los empresarios españoles Jorge Luis Pérez Cerdá, Luis Antonio García Martínez y Antonio José Ruiz Fernández por falta de indagatoria válida. De acuerdo con el sistema procesal penal paraguayo, la responsabilidad penal es estrictamente individual y no puede extenderse automáticamente a otro coimputado. Por tanto, aunque esta nulidad benefició a los empresarios, que no prestaron indagatoria, legalmente no debía beneficiar a Rafael Filizzola, quien sí prestó declaración indagatoria.
Esta nulidad se basó en la Sentencia Constitucional n.º 711/18 del 3 de mayo de 2018 y en el Acuerdo y Sentencia n.º 1144 del 30 de diciembre de 2019, que anularon el Auto Interlocutorio n.º 711 (2014) y el AI n.° 218/2014 (1 de octubre de 2014). El efecto de la sentencia declarada inconstitucional anuló el Auto Interlocutorio que fijaba la elevación a juicio oral y la Resolución AI 218/2014 del Tribunal de Apelaciones, dejando sin base la imputación inicial.
Se agrava la situación cuando, por Acuerdo y Sentencia n.º 1144, del 30 de diciembre de 2019, la Sala Constitucional ratificó la nulidad de la acusación fiscal formulada por el Ministerio Público, al confirmar que no se había practicado declaración indagatoria válida a los empresarios españoles. Esta aclaratoria extendió la nulidad a todo el procedimiento de acusación, incluyendo los actos del fiscal y del Tribunal de Apelaciones. En conjunto, estas resoluciones anularon tanto los autos que habían dado curso al juicio contra los empresarios como la acusación fiscal misma, generando la base jurídica para el sobreseimiento de este prócer aliado del Abdismo.
Rafael Filizzola y los empresarios españoles fueron sobreseídos tras la decisión de la Sala Constitucional. Varios funcionarios del Ministerio del Interior de ese entonces, como Fernando Sakoda, fueron condenados con pena suspendida por vía del procedimiento abreviado. Otros coimputados obtuvieron salidas alternativas, quienes reconocieron los hechos para verse beneficiados con salidas alternativas al proceso, y me pregunto hoy, ¿qué estarán pensando hoy estos funcionarios de menor jerarquía quienes si se sometieron a la justicia sin chicanas, y sin presiones políticas a la esfera judicial?
Ante todo, lo expuesto, ¿puede Rafael Filizzola cuestionar la lentitud del Ministerio Público o del Poder Judicial si, durante 16 años, fue beneficiado por una justicia que no actúa de la misma forma con gente de la oposición o de la disidencia colorada actual? Parece que la Diosa Astrea se sacó las vendas en el caso Rafael Filizzola, quien se pasea por los pasillos del Senado como si fuera el juez moral de todos, y hasta hace poco se movía por los pasillos del tribunal, escondido por las fechorías contra el erario público por las cuales fue investigado, imputado y acusado. Pero, justamente, por ser un político de la oposición, obtuvo los beneficios de una justicia complaciente. Por eso lo catalogo como el actual “corrupto impoluto”, y cuando uno dice lo que no debe, escucha lo que no quiere.

