Mediante un escrito de contestación, los fiscales Yeimy Adle, Nathalia Silva y Giovanni Gri­setti ratificaron la imputación por lesión de confianza y daño a obras construidas contra Arnoldo Wiens, el exministro de Obras Públicas y Comuni­caciones (MOPC) del gobierno de Mario Abdo Benítez.

Los agentes del Ministe­rio Público consideran que corresponde el proceso penal por ambos hechos punibles, alegando que Wiens habría destruido deliberadamente las obras del proyecto metro­bús. El acta de imputación refiere que Wiens, al asumir el cargo en agosto de 2018, tenía la obligación de res­guardar el patrimonio esta­tal y garantizar la continuidad de las obras, las cuales estaban adjudicadas a la firma portu­guesa Mota-Engil.

La contestación de los fiscales describe que el juez Legal confundió las etapas procesales

En el documento se señala que, antes de la administra­ción de Wiens, el proyecto registraba un avance físico del 40 %. En ese contexto, se habían construido seis esta­ciones por las cuales el Estado paraguayo pagó la suma de G. 6.924.624.006. Por otro lado, el Estado desembolsó G. 8.030.693.029 para la rehabi­litación del tránsito en la zona afectada, mediante obras que no estaban contempladas ori­ginalmente en el contrato.

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CUESTIONAMIENTOS A OSMAR LEGAL

El Ministerio Público cues­tionó duramente la deci­sión del juez interino Osmar Legal. La Fiscalía señaló que el mecanismo de trámite de oposición previsto en la Acor­dada n.° 1631 no es una oposi­ción propiamente dicha, sino una vía para devolver el acta y corregir errores formales. Sostienen que esta devolu­ción debe hacerse mediante una resolución fundada para que el Ministerio Público tome conocimiento acabado del motivo de la devolución, situación que –afirman– no ocurrió.

Igualmente, los fiscales cali­ficaron de arbitraria la providencia judicial: “El juez cali­ficó de deficiente el acta de imputación sin fundamen­tación legal alguna, sin sus­tento en lo establecido en el art. 302 del Código Procesal Penal (CPP), ni en la Acor­dada n.° 1631. La providencia no define qué presupuestos fueron vulnerados o deben ser rectificados”.

Sobre la supuesta inobser­vancia del rol jurisdiccio­nal, los fiscales indicaron que el magistrado no cum­plió con su deber de subsumir la conducta del imputado a los hechos descritos. “El juez no puede usar una providen­cia con adjetivos calificativos para eludir su rol de inter­pretar y aplicar la ley”, sen­tenciaron.

CONFUNDE IMPUTACIÓN CON ACUSACIÓN

Uno de los puntos de fric­ción fue la objeción del juez ante los medios de prensa, donde criticó que el Ministe­rio Público utilizara afirma­ciones directas en lugar del término potencial “habría”. Al respecto, la Fiscalía sos­tuvo que el magistrado con­funde los requisitos del Acta de Imputación (art. 302 CPP - etapa inicial de recolección de indicios) con los de la Acu­sación (art. 347 CPP - etapa de fundamento serio para jui­cio oral). Los fiscales aclara­ron que, en la etapa de impu­tación, la calificación jurídica es meramente preliminar; por ende, el magistrado no puede rechazar el acta basándose en su desacuerdo con una califi­cación provisoria.

Finalmente, el equipo de fis­cales ratificó en todos sus términos el acta de imputa­ción contra Arnoldo Wiens Dürksen y solicitó al juzgado tener por contestado el tras­lado, disponiendo la admisión formal de la imputación para dar curso a la investigación, para la cual han solicitado un plazo de seis meses.

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