El pleno de la Corte Suprema de Justi­cia (CSJ) rechazó in limine la acción de inconsti­tucionalidad promovida por el entonces presidente del Senado, Roberto Acevedo, contra la Resolución N° 1.516 del 28 de marzo del 2017 de la Honorable Cámara de Sena­dores "Por la cual se modifi­can artículos del reglamento interno".

En dicha ocasión, 25 senado­res aprobaron la modificación de tres artículos del regla­mento interno del Senado, lo que posibilitó el tratamiento del proyecto de enmienda constitucional para habili­tar la reelección presidencial.

Los ministros que votaron por rechazar in limine la acción fueron Antonio Fretes, Raúl Torres Kirmser, Alicia Pucheta, Miryam Peña, Luis María Benítez Riera, Miguel Óscar Bajac y el camarista Neri Villalba. Mientras que votaron por darle trámite a la acción los ministros César Garay y Sindulfo Blanco.

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Los altos magistrados argu­mentaron señalando "en el caso concreto los impug­nantes no indicaron cuál es el agravio personal, con­creto e irreparable que les genera, en su aplicación, el acto normativo atacado; con­trariamente a ello, los impug­nantes se limitaron a decir genérica y vagamente que el dictado del acto normativo cuestionado". Añaden: "En las condiciones procedimen­tales relatadas supra, supone objetivamente una vulnera­ción constitucional, pero sin señalar específicamente de qué manera la alegada con­culcación objetiva del dere­cho constitucional les afecta personalmente".

Igualmente, señalan que "cabe reiterar, una vez más, que según surge del primer párrafo del escrito inicial de demanda esta acción fue pro­movida por los impugnan­tes por sus propios derechos; luego, la exigencia de indicar con precisión cuál es la lesión individual que provoca el acto normativo impugnado es inex­cusable".

Agregan que "en ausencia de tal indicación, esta excelentísima Corte Suprema de Justicia tiene vedado admi­tir la acción, por imperio del artículo 12 de la Ley 6009/95 y del artículo 552 del Código Procesal Penal".

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