El juez de Garantías Gustavo Amarilla declaró la rebeldía y ordenó la captura de Eduardo Rodrigo Mendieta Acosta y Milciades Agüero Coronel, procesados por la quema del Congreso Nacional, hecho registrado el 31 de marzo pasado. Asimismo, el magistrado dispuso la interrupción del plazo de la duración del proceso penal hasta tanto ambos se presenten ante la Justicia.

La determinación de Amarilla con respecto a Mendieta, imputado por el delito de perturbación de la paz pública, se debe a que el procesado no asistió a su audiencia de imposición de medida, que estaba fijada para el pasado 5 de mayo y tampoco justificó su incomparecencia, por lo que declaró su rebeldía y captura. La misma decisión afecta a Agüero, quien tampoco justificó debidamente su ausencia en la audiencia de imposición, agendada para el pasado 19 de mayo.

El Ministerio Público había formulado imputación contra más de 24 personas por los graves hechos ocurridos en la tarde y noche del 31 de marzo, donde una turba procedió a ingresar y quemar la sede del Poder Legislativo. En el proceso penal también se encuentra el dirigente liberal efrainista Stiben Patrón, quien actualmente está recluido en el penal Juan de la Vega de Emboscada.

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PIDEN CAPTURA DE CHOFER DE ALEGRE

Los senadores Nelson Aguinagalde, Gustavo Alfonso, Víctor Bogado, Mirta Gusinky, Juan Darío Monges, Carlos Núñez y Derlis Osorio, considerados víctimas de la quema del Parlamento Nacional, a través de sus abogados, Jorge Kronawetter y Juan Sosa Bareiro, pedirán la orden de captura internacional contra Luis Osvaldo Sánchez –chofer del presidente del PLRA, Efraín Alegre–, imputado en las causas judiciales que indagan sobre la quema del Congreso Nacional y la fabricación de bombas molotov.

Señalan que Sánchez estaba en conocimiento de la causa penal instaurada en su contra y que promovió una serie de chicanas judiciales para evitar la imposición de medidas de detención, hasta que finalmente huyó del país. También refieren que salió de manera ilegal del territorio nacional y en las mismas circunstancias ingresó a territorio argentino, hasta llegar a Uruguay para solicitar asilo.

Por otro lado, sostienen que los parlamentarios y otros ciudadanos que ayudaron a los imputados a evadir el proceso judicial se convirtieron en cómplices, pudiendo ser investigados por el delito de frustración de la persuasión y ejecución penal, que tipifica una pena de tres años de prisión.

Los letrados rechazaron la calificación de perseguidos políticos para los cinco procesados que huyeron a Uruguay, recalcaron que en Paraguay existe un estado de derecho y que los imputados están sujetos a un proceso judicial.

Explicaron que son utilizados con claro interés político-electoral por Alegre, tal como ya lo fueron el pasado 31 de marzo. Asimismo, enfatizaron que contrastan con la decena de imputados del mismo partido que permanecen en Paraguay y enfrentan sus causas ante la Justicia. Dicho esto, se preguntan si huyeron del país por ser operadores personales de Efraín Alegre o por ser los más serios responsables de las causas en las que están procesados.

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