La Cámara de Diputados otorgó media sanción al proyecto de ley que modifica y amplía el artículo 294 del Código Penal Paraguayo para endurecer las sanciones por la liberación de personas privadas de libertad. Impulsada por el diputado Yamil Esgaib, la iniciativa completó su estudio en particular durante la sesión ordinaria de este martes y fue remitida a la Cámara de Senadores para su revisión constitucional.

El texto aprobado sanciona con hasta cinco años de prisión o multa a quien libere a un interno, lo induzca a la fuga o le preste apoyo logístico para consumarla, extendiendo la punibilidad a la etapa de tentativa. Con este reajuste, el Poder Legislativo busca cerrar los vacíos legales de la normativa vigente e inhibir el auxilio externo que suelen recibir los reclusos de alta peligrosidad.

El proyecto incorpora un agravante severo cuando el responsable del hecho sea un funcionario público o personal que preste servicios en centros penitenciarios con la obligación explícita de evitar la evasión. Para estos casos, en los que exista violación del deber de custodia, la pena privativa de libertad se eleva de 5 a 15 años de cárcel, eliminando la opción de multas sustitutivas.

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La exposición de motivos señala que las evasiones registradas en el país responden mayoritariamente a esquemas de corrupción promovidos por organizaciones criminales. Según el documento, los grupos delictivos aprovechan la baja expectativa de pena prevista en la legislación actual para cooptar mediante sobornos o amenazas al personal de seguridad y agentes del orden.

Asimismo, la propuesta introduce el concepto de “fuga masiva” como circunstancia agravante, definida como la liberación planificada o simultánea de más de un interno. Tras conseguir el respaldo del pleno en la Cámara Baja, el proyecto pasa a consideración del Senado, donde se evaluará la ratificación del nuevo marco punitivo contra la complicidad penitenciaria.

Etiquetas: #fugas de presos

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