La Cámara de Diputados aprobó ayer lunes en general el proyecto de ley que busca fortalecer el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam), estableciendo un plazo máximo de 48 horas para la inclusión del moroso, así como restricciones para tramitar licencias y permisos de conducir, expedición o renovación de pasaportes y salida del país mientras subsista la deuda, así como el acceso a determinados cargos públicos.
El tratamiento en particular de la propuesta legislativa fue postergado por el término de ocho días, a solicitud del diputado Benjamín Cantero, secundado por el mismo proyectista, Luis Franco Alfaro, y por Héctor Figueredo, debido a que están pendientes dictámenes de algunas comisiones asesoras, de acuerdo a lo señalado por este último. El proyecto “modifica y amplía la Ley n.º 6506/2020 “Que modifica los artículos 2°, 3°, 4°, 6°, 7°, 8°, 9° y 10 de la Ley n.º 5415/2015 ‘Que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam)’”.
Entre los principales cambios planteados se establece la integración telemática del Redam al proceso principal de alimentos, con el objetivo de evitar trámites innecesarios que puedan generar revictimización y violencia institucional. La propuesta dispone que, una vez que un juez declare la mora del deudor alimentario, deberá ordenar al Redam su inclusión en un plazo máximo de 48 horas. En los juzgados de la Niñez y la Adolescencia que se encuentren sistematizados, el procedimiento podrá realizarse de manera automática.
Posibilidad de condena
Asimismo, la inclusión, consulta y actualización de los datos deberán efectuarse directamente dentro del expediente principal del juicio de alimentos, permitiendo a la persona beneficiaria o a su representante legal solicitar la incorporación mediante presentación electrónica o presencial, sin necesidad de promover un incidente separado.
El proyecto también plantea ampliar el alcance del certificado de antecedentes de deudores alimentarios morosos. El documento deberá ser requerido, entre otros casos, para la obtención o renovación de licencias y permisos de conducir, determinados trámites notariales, expedición o renovación de pasaportes y salida del país mientras subsista la deuda, salvo autorización judicial fundada.
También se contempla su exigencia para el acceso a determinados cargos, nombramientos, contrataciones, concursos o designaciones dentro de la administración pública, así como para candidaturas electivas y contrataciones estatales mientras permanezca vigente la inscripción. Además, se establece la posibilidad de condena en costas procesales y reparación de daños materiales y morales ocasionados por el incumplimiento deliberado de la obligación alimentaria, cuando así lo determine la autoridad judicial competente.

