Un grupo de legisladores de la Cámara de Diputados presentó un proyecto de ley que busca modificar el artículo 28 de la Ley Orgánica Municipal, con el objetivo de combatir una práctica que, según los impulsores de la iniciativa, se repite en distintos municipios del país: el uso del pago de dietas a concejales como herramienta de presión política.
De acuerdo con la exposición de motivos del proyecto, en varios gobiernos locales se ha detectado que algunos intendentes pagan puntualmente a los concejales afines a su gestión, mientras retrasan o, directamente, suspenden el pago a ediles de la oposición o críticos del Ejecutivo municipal.
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Los legisladores calificaron esta discriminación como una práctica “sistemática y perniciosa” que atenta contra la democracia participativa y vulnera el principio constitucional de igualdad ante la ley.
El texto presentado sostiene que la dieta de un concejal no constituye una dádiva, sino la contraprestación legítima por el ejercicio de un cargo de representación popular, y que privar a un edil de esos ingresos de forma arbitraria limita su capacidad de fiscalizar la gestión municipal y compromete su sustento personal.
Crea procedimiento sumarial
La principal novedad del proyecto presentado por los diputados liberales Carlos María López y Jorge Ávalos Mariño, además de su colega de Patria Querida Rocío Vallejo; es la creación de un procedimiento sumario para sancionar a los municipios que incurran en esta discriminación. Según la reforma planteada, si un concejal no recibe su dieta de manera puntual e igualitaria, podrá denunciar la situación ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Señala que verificada la irregularidad, esa cartera de Estado procederá a retener las transferencias en concepto de Royalties provenientes de las entidades binacionales que le corresponden al municipio, hasta que la situación se regularice.
Además, el proyecto establece que los concejales afectados deberán informar sobre el trámite realizado a la Comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Diputados, que quedará a cargo del seguimiento correspondiente.
Los proponentes remarcaron que, si bien el artículo 28 ya contemplaba parcialmente esta problemática, la reforma apunta a precisar el circuito institucional —a qué organismo debe reportarse la irregularidad y quién realiza el seguimiento— para dotar de mayor eficacia a la norma.

