El Gobierno, a través del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), elimina las trabas burocráticas históricas que impedían el acceso a la propiedad formal a los ancianos, docentes y personal de salud de comunidades rurales. Reivindicando de esta forma, los derechos de campesinos marginados de la titulación de tierras.

El primer centenar de beneficiados en el marco de la “Nueva Ruralidad” prioriza a la tercera edad, informó el presidente del Indert, Francisco Ruiz Díaz. Mencionó que los expedientes se encontraban paralizados, en muchos casos desde el año 2015, debido a interpretaciones administrativas restrictivas.

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Señaló que la medida corrige una situación injusta por la cual se bloqueaba la titulación a pobladores rurales bajo el concepto de “perfil positivo” (por cobrar la pensión de tercera edad, tener cobertura médica familiar o desempeñarse como docentes o enfermeros rurales). “De esta forma, se restituyen los derechos constitucionales de acceso a la tierra a los mencionados beneficiarios”, indicó.

Restricciones injustificadas

Ruiz Díaz mencionó que en el caso de personas de tercera edad, se levantaron las trabas a personas de 70 y 80 años que figuraban en el sistema cobrando la pensión de adultos mayores, pero que siguen viviendo y cultivando en sus comunidades.

Asimismo, se eliminó la restricción a los que prestan servicios esenciales. Explicó que se garantiza la titulación a docentes y enfermeros que residen en las colonias rurales, asegurando que los servicios públicos (escuelas y Unidades de Salud Familiar) permanezcan en el campo.

“​La iniciativa responde a una instrucción expresa de la Presidencia de la República para eliminar los obstáculos administrativos que vulneren la garantía constitucional del acceso a la tierra", remarcó.

El titular del ente agrario señaló que los ​siguientes pasos administrativos consistirán en la reglamentación específica para formalizar que los profesionales rurales (docentes, enfermeros) puedan mantener la titularidad de lotes agrícolas siempre que ejerzan la posesión efectiva y la producción en esos inmuebles.

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