Siguiendo con el cronograma electoral para las elecciones municipales del 2026, este jueves 16 de julio arrancó el periodo de propaganda electoral para dichos comicios. El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), recuerda que los candidatos podrán hacer proselitismo hasta las 23:59 del jueves 1 de octubre de 2026, conforme al artículo 290 de la Ley Nº 7135/23 “Que establece el Código Electoral Paraguayo”.
En cuanto a las sanciones, se informa que la propaganda electoral realizada antes del plazo establecido constituye una falta electoral y puede ser sancionada con una multa de cien jornales mínimos por cada medio utilizado para difundirla.
Además, vencido el plazo legal queda prohibida toda clase de propaganda electoral. “El incumplimiento de los plazos establecidos para la propaganda electoral constituye una falta electoral y puede ser sancionado”, advierte la Justicia Electoral. Se detalla que la propaganda puede hacerse a través de pasacalles, afiches, pintadas, así como en espacios radiales, televisivos y en prensa escrita.
Por otro lado, el cronograma electoral indica que este viernes 17 de julio, es la fecha límite para que los Tribunales Electorales de las organizaciones políticas remitan por nota al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), el informe final generado por el SINAFIP, referente al cumplimiento de la presentación de rendición de cuentas de candidatos y movimientos internos, derivados de las elecciones internas simultáneas.

