A pedido de la senadora Lilian Samaniego fue aprobada este miércoles la postergación por 8 días el tratamiento del proyecto de ley conocido como “divorcio exprés” en la sesión ordinaria de la Cámara de Senadores. La propuesta “que modifica el artículo 5 de la Ley n.° 45/91 ‘que establece el divorcio vincular del matrimonio” obtuvo ayer un dictamen de aprobación con modificaciones de una comisión asesora. En la sesión anterior ya se había postergado por una semana para consensuar modificaciones.
Una sesión conjunta de la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo, presidida por el senador Derlis Maidana, con las comisiones de Equidad y Género; y de Familia, Niñez, Adolescencia y Juventud, emitieron el dictamen que establece que los cónyuges podrán solicitar conjuntamente al juez el divorcio vincular sin patrocinio de abogado, siempre que exista mutuo consentimiento entre las partes.
Asimismo, las comisiones introdujeron modificaciones relacionadas con las audiencias judiciales, proponiendo que ambas se realicen el mismo día. La primera tendrá como finalidad procurar la reconciliación de los cónyuges y, de no lograrse, se llevará a cabo inmediatamente una segunda audiencia para que las partes ratifiquen su decisión de divorciarse.
“En lo relativo a las audiencias, se establece que haya dos: la primera, en la que el juez convoca a los cónyuges de manera conjunta para procurar la reconciliación matrimonial; y, si esta no se produce, inmediatamente se realiza una segunda audiencia en la que ambos ratifican su decisión de disolver el vínculo matrimonial. Estas audiencias se proponen fijarlas en un solo día”, puntualizó el senador Maidana, y explicó que la exoneración del patrocinio de un abogado se aplicará únicamente en los casos de divorcio por mutuo consentimiento y que, para ello, también se impulsará una modificación al Código de Organización Judicial.
La legisladora Lilian Samaniego explicó anteriormente que “la intención de este proyecto es que las personas que ya no mantienen una vida matrimonial puedan disolver el vínculo de común acuerdo, siempre que no tengan bienes ni otras cuestiones pendientes. Está pensado especialmente para la gente humilde, que muchas veces no cuentan con recursos financieros para afrontar un proceso judicial”.
La proyectista explicó que el procedimiento previsto contempla que ambos cónyuges comparezcan ante un juez para manifestar su voluntad de divorciarse de común acuerdo, quien verificará que no existan hijos menores ni bienes gananciales sujetos a división. Precisó que, en aquellos casos donde sí existan hijos, bienes o desacuerdos entre las partes, continuará siendo necesaria la intervención de abogados y el procedimiento judicial correspondiente.

