Este jueves se desarrolló en la Cámara de Diputados una audiencia pública para debatir sobre el proyecto de ley que modifica varios artículos de la ley que declara como Área Silvestre Protegida bajo dominio público al Parque Nacional Médanos del Chaco.
La iniciativa es impulsada por el diputado José Rodríguez, quien defendió su proyecto mientras sectores civiles expusieron su postura contraria. Participaron de este evento técnicos ambientales, representantes de comunidades indígenas y miembros de la sociedad civil.
La propuesta establece la modificación de los artículos 4 y 6 de la ley vigente mencionada, con el objetivo de habilitar, bajo condiciones excepcionales y estrictos controles ambientales, actividades de prospección, exploración y eventual aprovechamiento de recursos naturales dentro del área protegida.
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El diputado proyectista argumentó que “en ningún caso se pretende desnaturalizar el carácter de protección del Parque Nacional”, sino incorporar “mecanismos modernos de gestión que permitan una administración más flexible, basada en criterios técnicos y bajo la rectoría del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades)”.
Mientras tanto, representantes de los sectores civiles y ambientales expusieron su postura en contra a esta iniciativa, argumentando que la modificación “abre una puerta peligrosa, que pondría en riesgo la biodiversidad de la zona”. Así también, remarcaron que una reserva natural “no se toca”, recordando que el área forma parte, desde el año 2005, de las reservas de biosfera reconocidas por la Unesco, aspecto que según manifestaron, debe ser considerado de manera prioritaria.
Por su parte, representantes de comunidades indígenas plantearon una visión distinta respecto al debate, reclamando mayor participación directa en las decisiones que afectan al territorio. “No somos un museo. Queremos que el progreso llegue a nuestras comunidades”, expresaron durante la audiencia.
Las modificaciones
En lo que respecta a la modificación del artículo 4, se contempla que el Plan de Manejo del Parque pueda autorizar actividades de prospección y exploración bajo estrictas condiciones de mitigación ambiental, planificación territorial y delimitación de zonas específicas, incluyendo áreas de amortiguamiento.
Mientras tanto, en el artículo 6, la iniciativa reafirma el principio de dominio público del área protegida y dispone que cualquier ocupación o intervención dentro del Parque Nacional requerirá autorización previa y expresa del Mades, careciendo de validez jurídica toda ocupación realizada sin dicho permiso.
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