Los padres morosos continúan sumándose al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM), una herramienta que, aunque no persigue el cobro directo de la cuota alimentaria, impone fuertes restricciones a quienes incumplen con sus obligaciones judiciales.

El registro no busca cobrar directamente, pero quien figura allí no puede renovar su licencia de conducir, transferir bienes ni realizar determinados trámites sin antes ponerse al día”, explicó Guillermo Trovato, presidente del Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia, durante una entrevista concedida al noticiero Info+ de GEN/NaciónMedia.

El magistrado recordó además que la legislación vigente prevé mayores exigencias para quienes integran el REDAM. “La ley requiere que sea exigido el certificado REDAM incluso para pedidos de créditos”, señaló.

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Fallo precedente

Trovato también reveló un reciente fallo del Tribunal de Apelación de la Capital que podría marcar un precedente en materia de asistencia alimentaria. El caso involucra a un padre demandado por una elevada deuda alimentaria, sometido además a un proceso penal y próximo a juicio oral, mientras la madre seguía sin percibir recursos para la manutención cotidiana de su hijo.

Ante esa situación, la mujer promovió una demanda contra la abuela paterna para reclamar la prestación alimentaria. En primera instancia, la acción fue rechazada, pero el Tribunal revocó la resolución y declaró procedente la demanda.

“Muchas madres nos dicen que no les sirve litigar dos o tres años para cobrar todo junto porque sus hijos comen todos los días. Necesitan el mes a mes”, expresó el camarista.

Según indicó, la resolución quedó firme porque no fue apelada ante la Corte Suprema y abre una nueva vía de reclamo cuando el progenitor incumple sistemáticamente con la obligación alimentaria.

Si bien el fallo no constituye jurisprudencia obligatoria, dentro del ámbito judicial ya es considerado un antecedente relevante que podría servir de respaldo para futuras acciones similares.

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