Un Tribunal de Sentencia condenó a 2 años, con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, a un padre de familia que se negó a asistir económicamente a su hija menor, pese a una sentencia definitiva del Juzgado de la Niñez y Adolescencia.

Se trata de Héctor Ricardo Barrientos Melgarejo. El fallo se dio este miércoles en un juicio oral realizado en la sede del Poder Judicial de la capital del Alto Paraná.

La fiscala Liliana Denice Duarte – en representación del Ministerio Público – presentó pruebas documentales y testificales contra el acusado.

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En base a esos elementos de convicción, el Tribunal – conformado por Lourdes Morínigo (presidente), Evangelina Villalba y Alba Meza (miembros) – dictó el fallo condenatorio.

Desde el 2006 hasta febrero de este año -según datos recopilados por una investigación de La Nación– el Poder Judicial tiene registrado un total de 120.302 cuentas abiertas en el sector bancario para la asistencia alimentaria de menores de edad. Es decir, a 120 mil padres la Justicia le retiene un monto, ya sea acordado con la madre del niño o bien establecido por el juzgado, a través de un sistema bancario, que se maneja a través del sistema del Banco Nacional de Fomento (BNF).

Desobediencia

En agosto de 2008 Barrientos Melgarejo fue condenado al pago mensual de 335 mil guaraníes a favor de su hija menor, según la sentencia definitiva número 402 del Juzgado de la Niñez y Adolescencia. Dicho monto debía depositar en una cuenta judicial del Banco Nacional de Fomento (BNF).

Sin embargo, el encausado realizó apenas pagos parciales entre 2008 y 2011, en el 2012 hizo un solo depósito; mientras que entre el 2013, 2014 y 2015 simplemente dejó de depositar, demostrando claramente su desobediencia al deber de prestar alimentos a su hija que fuera establecido por una resolución judicial.

En consecuencia, por incumplir la prestación alimentaria ahora fue condenado durante la audiencia pública.

Ver también: Prestación alimentaria; derecho del niño y calvario para las madres

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