El nuevo reglamento incide principalmente en los servicios de pago ofrecidos a comercios.

Días atrás, el Banco Central del Paraguay (BCP) dio a conocer una serie de nuevos topes para operaciones a través del Sistema de Pagos del Para­guay (Sipap), lo que despertó ciertas incógnitas, sobre todo por los alcances de la determi­nación. Uno de ellos relacio­nado a si las transferencias de dinero seguirán siendo gra­tuitas. El regulador respondió a las consultas de La Nación/Nación Media sobre el tema y dejó en claro de que los inter­cambios de dinero entre cuen­tas seguirán siendo gratuitos. “En concordancia con la Ley n.° 7503, la gratuidad alcanza a las transferencias simples entre cuentas, incluyendo las operaciones persona a per­sona. Los topes introduci­dos por la regulación aplican a determinados servicios de pago prestados a comercios”, indicaron.

En términos prácticos, el reglamento incide princi­palmente en los servicios de pago ofrecidos a comercios. El nuevo marco regulatorio incumbe a los participan­tes y proveedores que pres­tan servicios de aceptación y procesamiento de pagos para comercios, incluyendo aque­llos cursados a través del Sis­tema de Pagos del Paraguay (Sipap), los esquemas de tar­jetas y los sistemas propieta­rios.

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LAS TARIFAS

En lo que respecta a los servi­cios asociados al Sipap, podrán aplicarse tarifas, conforme a los límites y condiciones esta­blecidos en el reglamento, úni­camente a los siguientes servi­cios. Los servicios de débitos directos (Domiciliación): con­sistente en débitos automáti­cos autorizados previamente por el cliente para el pago de determinadas obligaciones desde su cuenta. Asimismo, los servicios de iniciación de pagos que permiten que un proveedor de inicio de pago habilitado (por ejemplo, una Fintech) inicie una orden de pago a solicitud del cliente.

Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP. Asimismo, los servicios de solicitud de pago que permite a los bancos ofre­cer a sus clientes comerciales la opción de cobrar por sus ventas solicitando el pago a través del Sipap. Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP. También incluye a servicios de participante patrocinador que permiten que determina­das entidades, como las coope­rativas, accedan a los servicios del Sipap a través de una enti­dad bancaria.

El cobro de comisiones por estos servicios está sujeto a topes máximos. Los servi­cios de débitos directos, ini­ciación y solicitud de pagos tiene un tope de 1,5 % del monto de la operación (IVA incluido), mientras que el ser­vicio de patrocinador tiene un tope del 1 % con un máximo de G. 5.500.

Los proveedores pueden cobrar menos que los topes establecidos o incluso no cobrar comisión. La regu­lación también dispone que los pagos iniciados mediante QR, NFC u otro y que utili­cen como mecanismo subya­cente transferencias sobre infraestructuras privadas, estarán sujetos a una comi­sión máxima del 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido. Esto garantiza con­diciones igualitarias para ser­vicios comparables y favo­rece un entorno competitivo en beneficio de comercios y usuarios finales.

Estos topes afectan a todos los participantes del Sistema Nacional de Pagos regulados por la banca matriz para el cobro de comisiones, gastos y penalidades asociadas a los servicios que prestan. Esto incluye a las 6 Operadoras de Medios de Pagos (OMP) y a las cerca de 12 empresas subad­quirentes con las que operan. El regulador aclaró que con la disposición no se busca esta­blecer precios de servicios.

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