El nuevo reglamento incide principalmente en los servicios de pago ofrecidos a comercios.
Días atrás, el Banco Central del Paraguay (BCP) dio a conocer una serie de nuevos topes para operaciones a través del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap), lo que despertó ciertas incógnitas, sobre todo por los alcances de la determinación. Uno de ellos relacionado a si las transferencias de dinero seguirán siendo gratuitas. El regulador respondió a las consultas de La Nación/Nación Media sobre el tema y dejó en claro de que los intercambios de dinero entre cuentas seguirán siendo gratuitos. “En concordancia con la Ley n.° 7503, la gratuidad alcanza a las transferencias simples entre cuentas, incluyendo las operaciones persona a persona. Los topes introducidos por la regulación aplican a determinados servicios de pago prestados a comercios”, indicaron.
En términos prácticos, el reglamento incide principalmente en los servicios de pago ofrecidos a comercios. El nuevo marco regulatorio incumbe a los participantes y proveedores que prestan servicios de aceptación y procesamiento de pagos para comercios, incluyendo aquellos cursados a través del Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap), los esquemas de tarjetas y los sistemas propietarios.
LAS TARIFAS
En lo que respecta a los servicios asociados al Sipap, podrán aplicarse tarifas, conforme a los límites y condiciones establecidos en el reglamento, únicamente a los siguientes servicios. Los servicios de débitos directos (Domiciliación): consistente en débitos automáticos autorizados previamente por el cliente para el pago de determinadas obligaciones desde su cuenta. Asimismo, los servicios de iniciación de pagos que permiten que un proveedor de inicio de pago habilitado (por ejemplo, una Fintech) inicie una orden de pago a solicitud del cliente.
Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP. Asimismo, los servicios de solicitud de pago que permite a los bancos ofrecer a sus clientes comerciales la opción de cobrar por sus ventas solicitando el pago a través del Sipap. Este servicio incluye el pago en comercios mediante el QR SIP del BCP. También incluye a servicios de participante patrocinador que permiten que determinadas entidades, como las cooperativas, accedan a los servicios del Sipap a través de una entidad bancaria.
El cobro de comisiones por estos servicios está sujeto a topes máximos. Los servicios de débitos directos, iniciación y solicitud de pagos tiene un tope de 1,5 % del monto de la operación (IVA incluido), mientras que el servicio de patrocinador tiene un tope del 1 % con un máximo de G. 5.500.
Los proveedores pueden cobrar menos que los topes establecidos o incluso no cobrar comisión. La regulación también dispone que los pagos iniciados mediante QR, NFC u otro y que utilicen como mecanismo subyacente transferencias sobre infraestructuras privadas, estarán sujetos a una comisión máxima del 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido. Esto garantiza condiciones igualitarias para servicios comparables y favorece un entorno competitivo en beneficio de comercios y usuarios finales.
Estos topes afectan a todos los participantes del Sistema Nacional de Pagos regulados por la banca matriz para el cobro de comisiones, gastos y penalidades asociadas a los servicios que prestan. Esto incluye a las 6 Operadoras de Medios de Pagos (OMP) y a las cerca de 12 empresas subadquirentes con las que operan. El regulador aclaró que con la disposición no se busca establecer precios de servicios.

