Suaviza requisitos para habilitar distribuidores y vehículos destinados a la prestación regular de servicios de logística terrestre y transporte de mercancías.

En el marco de la reu­nión del Consejo del Mercado Común del Sur (Mercosur), que se desa­rrolla en Paraguay, los gobier­nos de Paraguay y Brasil fir­maron un nuevo Protocolo Bilateral sobre regulación del transporte de cargas meno­res, con el propósito de flexi­bilizar los requisitos para la habilitación de distribuido­res y vehículos destinados a la prestación regular de ser­vicios de logística terrestre y transporte de mercancías, según informe del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La normativa regirá exclusi­vamente dentro de los lími­tes de las localidades fronte­rizas vinculadas entre ambos países: Foz de Iguazú-Ciudad del Este y Presidente Fran­co-Hernandarias. El proto­colo establece un nuevo marco regulatorio para las operacio­nes de transporte de cargas menores, contemplando los tipos y categorías de vehículos habilitados, los procedimien­tos para la emisión de licencias y permisos, así como aspectos aduaneros y operacionales.

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LOS REQUISITOS PARA OPERAR

Entre las disposiciones acordadas, se establece que los transportistas deberán estar formalmente consti­tuidos, acreditar residencia en la zona fronteriza, dispo­ner de una flota mínima de vehículos habilitados y con­tar con seguros internacio­nales, certificaciones técni­cas y representación legal en el país donde desarrollen sus operaciones.

Según lo señalado por las autoridades, el objetivo del acuerdo es facilitar la logís­tica terrestre y dotar de mayor previsibilidad a las operaciones comerciales en las zonas de frontera entre Paraguay y Brasil.

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