El Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (Senacsa) aprobó los nuevos requisitos de bioseguridad que deberán cumplir las granjas porcinas de explotaciones industriales, de mediana escala y de producción familiar en todo el país.

La medida fue oficializada mediante la Resolución n.º 1940 y establece la implementación obligatoria de un plan integral de bioseguridad, con lineamientos específicos en materia de ubicación de los establecimientos, infraestructura, control de ingreso de personas y vehículos, limpieza y desinfección, así como capacitación del personal.

Según el documento, cada establecimiento deberá contar con un líder de bioseguridad responsable de la aplicación y seguimiento de los protocolos, además de un plan documentado que contemple medidas preventivas y correctivas ante eventuales riesgos sanitarios.

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CONDICIONES DE INSTALACIÓN

Entre los principales puntos regulados figuran las condiciones de instalación, como cercos perimetrales, galpones, vestuarios y zonas de carga y descarga, el registro y control de visitas, los procedimientos de ingreso y salida del personal, y la desinfección obligatoria de vehículos y equipos.

También se detallan exigencias relacionadas con la ubicación de las granjas, considerando la proximidad con otras explotaciones, frigoríficos, rutas y características del terreno.

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